Presenta:

Lomos de burro invisibles, baches eternos y pernos sueltos (incluye guía de reclamo)

La muerte de un motociclista en Maipú expone otra vez los peligros de la falta de señalización y mantenimiento vial en Mendoza, donde lomos de burro, baches y obstáculos mal marcados se convierten en trampas mortales.

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ALF PONCE MERCADO / MDZ

Un ejemplo que duele

El sábado 16 de agosto de 2025, a las 19.30, Mario Alejandro Crespín, de 44 años, murió en Maipú. Circulaba en su moto Bajaj Rouser por calle Palma y, al llegar a la intersección con Maza, perdió el control por un lomo de burro mal señalizado. No había pintura retrorreflectiva ni carteles preventivos que advirtieran el obstáculo. El parte policial habló de un accidente, pero lo que en verdad puede haber ocurrido fuese otra cosa: una muerte posiblemente causada por la omisión estatal en su deber de señalización.

Una trampa que se repite

Este no es un caso aislado. Mendoza está llena de trampas mortales: badenes y lomos de burro invisibles de noche, baches que permanecen abiertos durante meses sin advertencias, zanjas sin barandas, carteles e iluminación adecuada, y sobre todo tachas con materiales de plástico resbaladizo y pernos metálicos que, cuando se rompen o se aflojan, se transforman en cuchillas capaces de reventar neumáticos, destrozar suspensiones o provocar caídas violentas.

Lo que debería ser un dispositivo de orden y seguridad vial se convierte en una amenaza directa contra la vida, la salud y el patrimonio de los ciudadanos. El resultado es siempre el mismo: muertes evitables, lesiones graves y vehículos destruidos.

Normas claras que se ignoran

La normativa argentina no deja lugar a dudas:

  • Ley 24.449 (arts. 5, 22 y 77): obliga a garantizar seguridad vial con señalización vertical y horizontal en condiciones de perfecta visibilidad de día y de noche.
  • Decreto 779/95, Anexo L: todo obstáculo debe anticiparse con señal preventiva y demarcación retrorreflectiva.
  • Resoluciones de la DNV: exigen pintura con microesferas de vidrio para asegurar visibilidad nocturna, con repintado obligatorio cuando se degrada.
  • Normas IRAM 10033, 3952 y 1221: fijan estándares para pinturas, tachas y pernos, que no deben romperse ni sobresalir.
  • Manual de Señalamiento Vertical DNV (2017): obliga a que los carteles preventivos sean retrorreflectivos y visibles incluso bajo lluvia.

Cuando no se cumple con estas normas, el Estado incurre en falta de señalización adecuada, y por lo tanto, en falta de servicio. Eso lo convierte en responsable de las muertes, las lesiones y los daños materiales que sufran los ciudadanos.

Países civilizados, soluciones civilizadas

Nos acostumbraron a creer que la única forma de “bajar la velocidad” es reventando amortiguadores con badenes, lomos de burro o sembrando la calzada de tachas metálicas que muchas veces terminan rotas y sobresalientes como cuchillas. Esa es la prueba más clara de un Estado ausente: en vez de gestionar, improvisa obstáculos.

En los países que valoran la vida, la seguridad vial se construye con otra lógica. Allí no existen los badenes en serie ni las tachas asesinas. En su lugar se aplican herramientas modernas y efectivas:

  • Señales de tránsito claras y visibles, con estándares de retrorreflexión obligatorios.
  • Semáforos.
  • Cruces peatonales elevados normados, con rampas suaves y accesibles, no con muros de cemento disfrazados de badenes.
  • Control policial efectivo y sostenido: el disco “Pare” no es un adorno, sino una orden que se hace cumplir.
  • Educación vial permanente, desde la escuela hasta campañas públicas, para generar conciencia en lugar de castigar con trampas.

La diferencia es abismal: en una esquina de Europa o Norteamérica la prioridad de paso se respeta porque hay autoridad y educación. En Mendoza, el Estado deja al ciudadano librado a su suerte y coloca obstáculos ilegales que matan. La verdadera seguridad vial no se logra multiplicando lomos de burro, badenes invisibles, tachas sino con señales, semáforos, control y educación.

La responsabilidad es del Estado

El artículo 1757 del Código Civil y Comercial establece la responsabilidad objetiva por el riesgo o vicio de las cosas. Cuando el Estado coloca o permite obstáculos sin la debida señalización adecuada, incumple su deber de prevención y debe responder:

  • Por las muertes ocasionadas.
  • Por los daños a la salud de los lesionados.
  • Por los daños materiales sufridos en vehículos u otros bienes.

La causa no es la fatalidad ni la imprudencia individual: es la omisión estatal en cumplir con la normativa de tránsito y señalización. Y lo más injusto es que estas reparaciones no las pagan los funcionarios que fallan, sino todos los ciudadanos con nuestros impuestos.

Guía de reclamo para el ciudadano

Cada muerte, cada lesión y cada auto destruido por un bache, un badén sin pintura o una tacha rota es consecuencia de la falta de señalización adecuada. Y esa omisión se puede reclamar.

¿Dónde reclamar?

  • Municipalidad: calles urbanas.
  • Vialidad Provincial: rutas provinciales.
  • Vialidad Nacional: rutas nacionales.
  • Concesionario: autopistas concesionadas.

Cómo presentar el reclamo

  • Nota firmada con constancia de recepción o carta documento.
  • Incluir: nombre, DNI, domicilio, correo electrónico.
  • Fecha, hora y lugar exacto del accidente.
  • Descripción clara del hecho.
  • Detalle de daños sufridos: muertes, lesiones, daños materiales.

Qué pruebas adjuntar

  • Certificados médicos, estudios o partida de defunción.
  • Fotografías del lugar y del daño.
  • Denuncia policial o municipal.
  • Presupuestos o facturas de reparación.

Base legal

  • Art. 1757 CCyC: responsabilidad objetiva por riesgo o vicio de las cosas.
  • Ley 24.449 y Decreto 779/95: obligación de señalización adecuada.
  • Normas IRAM y manuales de la DNV: estándares de visibilidad y retrorreflexión.

Formulario de reclamo al municipio por daños causados en la vía pública

AL SEÑOR INTENDENTE

MUNICIPALIDAD DE ___________________ (nombre del municipio)

S——–/——–D:

Yo, JUAN PÉREZ, DNI Nº __________, con domicilio en (domicilio completo), localidad (nombre de la localidad), provincia (nombre de la provincia), y domicilio electrónico en (correo electrónico), se presenta ante Uds., a fin de reclamar lo siguiente:

Hechos

Que en fecha (día/mes/año), siendo las (hora), he sido víctima de un accidente en la vía pública: (detalle concreto del accidente y lugar exacto).

Los datos sobre la mecánica del accidente se encuentran descriptos en las actuaciones labradas por personal policial o municipal a las cuales remito.

Daños a la salud

Como lo ordena el art. 1746 del CCyC, se me debe reparar las lesiones físicas o psíquicas sufridas: (describir daños, extensión y consecuencias; también daños no patrimoniales y pérdida de ingresos por incapacidad o tratamiento).

Daños a mis bienes

Como lo ordena el art. 1740 del CCyC, se me debe reparar los siguientes daños: (automotor, moto, bicicleta u otros; detallar daños y cuantía; puede incluir pérdida de ingresos por inmovilización del vehículo).

Prueba documental

  • Certificados, prescripciones, estudios e informes médicos que acreditan las dolencias y el monto dinerario para su reparación.
  • Dos presupuestos, facturas, fotos y gastos efectuados que acreditan los daños a mis bienes.
  • Constancia de denuncia policial o municipal, en original y copia.
  • Título, factura u otro documento que pruebe la propiedad de los bienes dañados.
  • Fotografías del bache, badén, tacha o perno que originó el accidente.

Derecho

Baso mi reclamo en el art. 1757 CCyC, que impone responsabilidad por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas. La responsabilidad es objetiva. La falta de señalización adecuada constituye la omisión que genera el daño. No eximen de responsabilidad ni la autorización administrativa ni el cumplimiento parcial de técnicas de prevención.

Petición

  • Solicito que, en forma inmediata y urgente, se me indemnice con la suma de $ ______ (pesos ______) más intereses legales desde la fecha del evento.
  • Caso contrario, iniciaré las acciones judiciales correspondientes para obtener los daños y perjuicios que me corresponden.

Firma: _______________