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La ley que las aerolíneas no quieren que conozcas

En noviembre de 2024, una sola compañía canceló casi 400 vuelos en 30 días, dejando a miles de usuarios atrapados en aeropuertos.

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En la Argentina, volar se transformó en un castigo. Las aerolíneas, sobre todo las low cost, acumulan denuncias todos los días: cancelaciones sin aviso, reprogramaciones eternas, valijas destruidas, pasajeros varados y promociones engañosas que terminan costando el triple. Lo que debía democratizar el acceso al transporte aéreo se convirtió en una máquina de frustrar derechos.

Los casos se multiplican: en noviembre de 2024, una sola compañía canceló casi 400 vuelos en 30 días, dejando a miles de usuarios atrapados en aeropuertos. En paralelo, las noticias se repiten: familias varadas, estudiantes que pierden exámenes, trabajadores que no llegan a destino. Y lo peor: cuando intentan reclamar, descubren que no tienen herramientas reales para hacerlo.

Por eso proponemos una solución concreta: que el Congreso debata y apruebe un proyecto de ley para incorporar expresamente al transporte aéreo dentro de la Ley de Defensa del Consumidor. Solo así los pasajeros dejarán de ser consumidores de segunda.

ANAC multa, pero vos no cobrás

La ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil) tiene la potestad de sancionar a las aerolíneas. Y lo ha hecho: en 2024 multó a Flybondi, JetSMART y Aerolíneas Argentinas por demoras y cancelaciones. Sin embargo, esas multas son administrativas y van al Estado (que raramente logra cobrarlas), no a la persona que sufrió el daño.

El pasajero que tuvo que pagar hotel, comida o un taxi extra sigue soportando la pérdida. Y ahí está el absurdo: el Estado recauda (a veces), pero el consumidor no recibe un peso.

El blindaje del artículo 63

El origen del problema está en el artículo 63 de la Ley de Defensa del Consumidor, que dejó fuera al transporte aéreo. Eso obliga a los pasajeros a litigar en fueros federales, con abogados y costos imposibles, cuando cualquier otro usuario puede reclamar gratis en Defensa del Consumidor.

Este blindaje no tiene justificación constitucional. El artículo 42 de la Constitución garantiza a todos los consumidores “trato digno, información veraz y condiciones equitativas”. No hay razón para que un pasajero aéreo esté por debajo de un pasajero de colectivo o taxi.

Lo que no cubre Montreal

Algunos dicen que el Convenio de Montreal ya regula la materia. Pero ese tratado solo fija topes de indemnización en vuelos internacionales y las mayores abusos son de cabotaje:

  • Equipaje perdido: hasta 1.519 DEG (unos USD 2.000).
  • Demoras de personas: hasta 6.303 DEG (unos USD 8.000).

Montos útiles, pero limitados. Nada dicen sobre trato digno, publicidad engañosa, asistencia inmediata o cláusulas abusivas. Por eso hace falta la Ley de Defensa del Consumidor como complemento: para sancionar los abusos cotidianos que no entran en Montreal.

La herramienta que las aerolíneas temen: daño punitivo

El arma que puede cambiarlo todo se llama daño punitivo. Se trata de una multa ejemplar que el juez impone a favor del pasajero, no del Estado, cuando la empresa actúa con desprecio por los derechos del consumidor.

Con la reforma de 2023, el tope del daño punitivo dejó de ser simbólico y pasó a ser 2.100 Canastas Básicas Totales (CBT) de un hogar tipo 3. Con el valor de julio 2025 ($1.186.826), eso equivale a:

$2.492.334.600 (más de 2.400 millones de pesos).

Ese es el monto máximo que un juez podría otorgar a un solo pasajero, además de sus gastos reales.

Ejemplos con cifras reales

  • Familia varada en Aeroparque: Un vuelo Mendoza–Buenos Aires programado para las 20 h se cancela sin aviso. Una familia de cuatro personas termina pasando la noche en el aeropuerto. Gastan en comida rápida ($40.000), taxis de ida y vuelta ($25.000) y hotel de emergencia ($180.000). Hoy apenas podrían pedir un reintegro parcial, pero con la LDC podrían reclamar no solo esos $245.000 gastados, sino también daño punitivo millonario por la práctica reiterada de cancelar sin asistencia.
  • Publicidad engañosa en low cost: Un pasaje “promo” Mendoza–Buenos Aires se anuncia a $70.000. Parece accesible, pero al sumar equipaje de cabina ($25.000), equipaje despachado ($60.000), elección de asiento ($15.000) y tasas ($5.000), el costo real asciende a $175.000. Esa diferencia no es un error: es una estrategia comercial abusiva. Con la LDC, ese patrón sistemático habilitaría condenas ejemplares que irían directo al bolsillo del pasajero.
  • Práctica sistemática de cancelaciones: Una aerolínea cancela vuelos de cabotaje en temporada alta dejando a miles de pasajeros sin alternativa inmediata. Supongamos que 1.000 pasajeros presentan demandas individuales y cada uno reclama $300.000 de gastos directos más daño punitivo. Con topes de hasta $2.492 millones por pasajero, el perjuicio económico acumulado sería gigantesco. Frente a esa amenaza real, ninguna empresa puede seguir viendo el abuso como un “costo de operación”.

Lo que cambiaría para vos

Con la incorporación del transporte aéreo a la LDC (Ley de Defensa del Consumidor 24.240), el pasajero tendría acceso a:

  • Reclamos gratuitos en su provincia.
  • Tribunales de pequeñas causas y beneficio de gratuidad en la justicia.
  • Protección contra publicidad engañosa, cláusulas abusivas y trato indigno.
  • Daños punitivos directos a su favor, que hoy pueden superar los 2.400 millones.

Eso transforma al pasajero de víctima resignada en protagonista con poder real de negociación.

Esa es la ley que no quieren que conozcas, y nosotros queremos que apoyes y difundas para que haya legisladores comprometidos con los consumidores que la sancionen. Solo así los pasajeros dejarán de ser víctimas y las aerolíneas se verán obligadas a cambiar para siempre sus prácticas abusivas en los cielos.

Proyecto de Ley

Artículo único. Incorpórase expresamente el transporte aéreo de pasajeros y equipaje al ámbito de aplicación de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, con carácter de orden público.

En vuelos internacionales, la Ley 24.240 será de aplicación complementaria al Convenio de Montreal de 1999 y demás tratados vigentes, particularmente en materia de trato digno, deber de información, prácticas abusivas, reintegros y asistencia al pasajero.

Esa es la ley que no quieren que conozcas, y nosotros queremos que apoyes y difundas para que haya legisladores comprometidos con los consumidores que la sancionen. Solo así los pasajeros dejarán de ser víctimas y las aerolíneas se verán obligadas a cambiar para siempre sus prácticas abusivas en los cielos.