Rechazaron el pedido de libertad de Elías Piccirillo y mantuvo su prisión domiciliaria
Tras la audiencia en Comodoro Py, los jueces Boico y Farah descartaron que existan razones nuevas para levantar la prisión preventiva del financista y ordenaron acelerar las medidas pendientes y que vuelva a analizarse el pedido para cambiar el domicilio donde cumple el arresto.
Luego de escuchar personalmente a Elías Piccirillo y a sus abogados durante la audiencia realizada la semana pasada en Comodoro Py, la Sala II de la Cámara Federal Porteña confirmó que seguirá detenido bajo la modalidad de prisión domiciliaria al considerar que aún subsisten riesgos procesales que impiden concederle la libertad.
El rechazo al cese de la prisión preventiva
Los camaristas Roberto Boico y Eduardo Farah rechazaron el planteo con el que la defensa del empresario buscaba el cese de la prisión preventiva. Durante la audiencia del pasado martes, Piccirillo insistió en que nunca intentó escapar del allanamiento en el que fue detenido, negó haber destruido evidencia y sostuvo que la investigación ya no puede verse afectada por su libertad. También pidió cumplir el arresto en el departamento de su pareja, Florencia Epelbaum, en el barrio de Núñez, para estar más cerca de su hija y por cuestiones familiares vinculadas con la salud de su padre.
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En el fallo al que tuvo acceso MDZ, el camarista Boico señaló: "No advierto que existan razones novedosas (...) que aconsejen modificar su estado actual de detención", y recordó que la Cámara ya había morigerado la prisión preventiva al concederle el arresto domiciliario precisamente porque la instrucción se encontraba avanzada, a lo que agregó que desde entonces aparecieron nuevos elementos que refuerzan la necesidad de mantener dicha medida.
Entre esos elementos, la cámara mencionó la incorporación de otras causas conexas que complican al ex de Jesica Cirio con medidas de prueba aún pendientes para determinar si existieron maniobras de intimidación hacia los querellantes. A lo anterior se suma una pericia considerada clave: el análisis del teléfono celular secuestrado al empresario, cuyo contenido todavía no fue incorporado al expediente.
La respuesta de los jueces a los argumentos de la defensa
Durante la audiencia, la defensa buscó desmontar varios de los argumentos utilizados por el juez Ariel Lijo y por el fiscal Franco Picardi. Los abogados Alejandro Montiel y Fernando Diez sostuvieron que Piccirillo no intentó fugarse durante el allanamiento, que jamás eliminó información de su teléfono y que el único peritaje pendiente corresponde a una prueba de descargo que, precisamente, no podría ser entorpecida por el imputado. Además, cuestionaron la solidez de la imputación y remarcaron que los informes socioambientales acreditan su arraigo.
El magistrado Farah respondió punto por punto. En su voto sostuvo que la defensa no logró demostrar que Piccirillo se hubiera presentado espontáneamente durante el allanamiento ni que hubiera colaborado con la investigación entregando sus dispositivos electrónicos. Por el contrario, recordó que las constancias del expediente indican que el imputado no estaba en el domicilio declarado cuando llegó Gendarmería y que las cámaras de seguridad lo registraron corriendo con un teléfono celular que luego no fue hallado al momento de su detención.
Farah también rechazó otro de los ejes centrales de la estrategia defensiva: que la gravedad de los delitos no puede justificar, por sí sola, una prisión preventiva. A su criterio, la propia ley obliga a ponderar "la naturaleza y gravedad de los delitos imputados" y "las características de la acción imputada y de los medios empleados" para evaluar el riesgo de fuga o de obstrucción del proceso.
La gravedad de la causa y el pedido de cambio de domicilio
La causa tiene como pilar una maniobra que para la Cámara es de extrema gravedad. Se trata del procesamiento ya ratificado por esa misma sala, en el cual Piccirillo habría organizado junto con policías retirados y en actividad un operativo ilegal destinado a incriminar a su exsocio Francisco Hauque. La hipótesis sostiene que en el vehículo de la víctima fueron colocados un arma de fuego y más de un kilogramo de cocaína para provocar una detención basada en pruebas plantadas e inducir a un juez a iniciar un proceso penal falso.
Por otra parte, los camaristas tuvieron otra respuesta ante el pedido de la defensa de mudar el arresto domiciliario desde Banfield hasta el departamento de su pareja Florencia Epelbaum en Núñez. Boico y Farah entendieron que el planteo nunca fue debidamente analizado porque el juez Ariel Lijo no produjo la prueba necesaria para verificar las condiciones del inmueble ni las razones familiares invocadas.
Ante ello, le encomendaron al magistrado que sustancie correctamente ese pedido, reciba la opinión del fiscal Franco Picardi y reúna la información necesaria antes de resolver nuevamente.
