Homeschooling: ¿un derecho de los padres o un riesgo para los hijos y la educación?
Debate abierto: la educación en familia, gana más adeptos por libertad pedagógica; expertos advierten sobre calidad, socialización y control público real.

Para un número creciente de familias argentinas, el aula se ha trasladado al hogar.
Archivo MDZ¿Puede una familia decidir por sí sola retirar a un niño de la escuela para que reciba la educación en el hogar?, ¿Prevalece la libertad de los padres sobre la obligación del Estado de garantizar la escolarización? El homeschooling, una tendencia que crece silenciosamente en Argentina, enciende cuando se habla del tema un profundo debate legal y social que pone en jaque los fundamentos del sistema educativo y los límites de la autoridad parental.
Para un número de familias argentinas, el aula se ha trasladado al hogar
El homeschooling, o educación en el hogar, ya no es un fenómeno lejano y anglosajón, sino una opción concreta para padres que, por diversas razones, rechazan el sistema escolarizado tradicional. Algunos alegan una profunda disconformidad con los "muchas veces obsoletos sistemas tradicionales de enseñanza", buscando alternativas que se adecúen mejor a sus exigencias actuales. Otros fundamentan su decisión en convicciones morales y religiosas, reclamando su derecho a educar a sus hijos en coherencia con su propia cosmovisión, en un ejercicio de lo que consideran la "legítima y natural autoridad parental".
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Sin embargo, esta decisión, que los padres enmarcan en la libertad de enseñanza garantizada por la Constitución Nacional, choca frontalmente con la legislación vigente y la contundente respuesta de algunos tribunales. En un país donde la escolaridad es obligatoria, la educación en casa por elección familiar se encuentra en un vacío legal que la justicia ha interpretado de forma restrictiva, priorizando siempre un principio rector: el interés superior del niño.
Las dos caras del debate: libertad parental vs. obligación estatal
En el corazón del conflicto conviven dos visiones del derecho a la educación. Por un lado, los defensores del homeschooling sostienen que su derecho a "enseñar y aprender", consagrado en el artículo 14 de la Constitución, no se limita a las instituciones formales. Apoyándose en juristas como Bidart Campos, argumentan que este derecho incluye la libertad de elegir el lugar, ya sea un establecimiento o el "propio hogar". Asimismo, invocan tratados internacionales con jerarquía constitucional, como el Pacto de San José de Costa Rica y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que reconocen el derecho de los padres a que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. Para ellos, "no debe confundirse el derecho a la educación con el derecho a la escolarización".
Frente a esta postura, el Estado argentino y su sistema normativo presentan una barrera casi infranqueable. La Ley de Educación Nacional (26.206) establece la escolaridad obligatoria desde los cuatro años hasta finalizar la secundaria. Si bien la ley reconoce la "educación domiciliaria", la define estrictamente como una modalidad temporal para alumnos que, por razones de salud, no pueden asistir a clases por 30 días o más. Su objetivo no es reemplazar al sistema, sino garantizar la continuidad para una eventual reinserción. La ley no contempla el homeschooling como una opción de vida elegida por la familia. Del mismo modo, la educación a distancia está reservada para mayores de 18 años o situaciones de excepción, como una pandemia.
La justicia dicta sentencia: prevalece la educación del niño
Ante el vacío legal, han sido los tribunales quienes han delimitado las fronteras. Los fallos, aunque escasos, han sido concluyentes y han rechazado sistemáticamente la práctica. Casos en Neuquén y Salta muestran un patrón claro: la justicia aplica un riguroso "escrutinio del interés superior del niño", un método recomendado por el Comité de Derechos del Niño para sopesar los derechos en pugna. Otros como en La Pampa, los padres han sido absueltos de la contravención ya que no se pudo probar la vulneración de derecho del niño.
Las sentencias judiciales destacan varios riesgos fundamentales del homeschooling en su estado actual:
- Falta de acreditación y limitaciones futuras: los jueces advierten que una educación no reconocida por el Ministerio de Educación de la Nación impide obtener un título oficial. Esto, argumentan, privaría al niño de la posibilidad de acceder a estudios universitarios o a trabajos que lo requieran, generando "consecuencias dañosas para el presente y futuro".
- Incumplimiento de contenidos curriculares: en los casos analizados, los padres no lograron demostrar que su modalidad cumpliera con los contenidos curriculares mínimos exigidos por el sistema escolar. Los tribunales consideran que esta garantía es esencial para una formación integral.
- Riesgo para la socialización: se considera que la escuela es un espacio insustituible para la socialización con pares, un aspecto central en la formación de la persona que la educación en el hogar no puede asegurar.
- Desprotección del menor: retirar a un niño del sistema formal es calificado como una "gravísima omisión" que podría colocarlo en una situación de "desamparo por falta de escolarización".
En definitiva, los tribunales han concluido que el derecho y la obligación del niño a la escolarización prevalece sobre la opinión que los padres puedan tener del sistema educativo formal.
Una vía intermedia: ¿es posible un homeschooling regulado?
Pese a la negativa judicial, el debate no está cerrado. Los propios fallos dejan entrever que la postura podría ser diferente si existiera un marco regulatorio. Si los padres pudieran acreditar los conocimientos de sus hijos mediante exámenes estatales u otros mecanismos de validación, la discusión cambiaría de eje.
La experiencia internacional, como el caso Wisconsin vs. Yoder en Estados Unidos, muestra que otros sistemas jurídicos han encontrado formas de compatibilizar el interés del Estado con la libertad religiosa y educativa de las familias. Aunque las tradiciones jurídicas son distintas, la comparación invita a reflexionar sobre una posible "tercera vía".
La legislación argentina no habilita el homeschooling por elección
La libertad de los padres de elegir, como se ha visto, muchas veces encuentra límites, y la frontera entre lo que está permitido y lo que está prohibido en numerosas oportunidades es delimitada con claridad por la Justicia.
La discusión, en última instancia, no se trata de una lucha de "los padres contra el estado", sino de encontrar una "armónica conciliación" entre derechos fundamentales. Mientras tanto, la pregunta sigue abierta: ¿es el sistema actual la única forma de garantizar una educación de calidad, o es momento de explorar alternativas que, con los debidos controles, respeten la creciente diversidad de modelos familiares?. El homeschooling, ¿no amerita una ley que la regule?, ¿la escolarización con presencialidad es sinónimo de educación?, ¿podría considerarse como una modalidad más del sistema educativo argentino?.
* Mg. Juan Manuel Ribeiro, especialista en educación.