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Contratos prenupciales y el nuevo paradigma del matrimonio inteligente

Los contratos prenupciales ganan terreno en Argentina como herramienta para ordenar el patrimonio antes del casamiento y evitar conflictos futuros.

Los contratos prenupciales existen en Argentina desde 2015, pero recién en los últimos años comenzaron a ganar visibilidad.

Los contratos prenupciales existen en Argentina desde 2015, pero recién en los últimos años comenzaron a ganar visibilidad.

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Lejos de ser un acto de desconfianza, los contratos prenupciales se consolidan como una forma inteligente de proteger el patrimonio y fortalecer vínculos. Qué se puede pactar, qué está prohibido por ley y por qué cada vez más argentinos los eligen antes de casarse.

El matrimonio también exige decisiones claras

Cuando una pareja decide casarse, suele centrarse en la emoción del momento. Sin embargo, el matrimonio también es un contrato jurídico con efectos patrimoniales concretos. Y esas reglas comienzan a regir desde el mismo día del casamiento, no más adelante ni ante un eventual conflicto. Por eso, cada vez más argentinos entienden que las decisiones patrimoniales deben tomarse antes del “sí”, no como un acto de desconfianza, sino como una forma moderna de definir cómo se organizará la vida económica del matrimonio: qué se compartirá, qué seguirá siendo propio y cómo evitar tensiones futuras que pueden prevenirse con claridad desde el inicio.

Los contratos prenupciales existen en Argentina desde 2015, pero recién en los últimos años comenzaron a ganar visibilidad. En la Ciudad de Buenos Aires, en 2024, de los 10.468 casamientos registrados, 3.501 firmaron acuerdos de separación de bienes, un 33,4% del total, más del doble que en 2016, según datos del Registro Civil porteño informados por la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano. En el resto del país la proporción es sensiblemente menor y aún muy desigual. Aun así, se observa una tendencia incipiente: en distintos puntos del país los prenupciales comienzan tímidamente a adoptarse y a dejar de interpretarse como un gesto de desconfianza, para empezar a verse como una previsión inteligente y una forma de transparencia emocional y patrimonial.

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Cuando una pareja decide casarse, suele centrarse en la emoción del momento.

Cuando una pareja decide casarse, suele centrarse en la emoción del momento.

En paralelo, las nuevas generaciones muestran mayor apertura a conversar sobre organización patrimonial antes del matrimonio, impulsadas por la creciente inserción laboral de la mujer y la mayor conciencia sobre autonomía económica, aunque esta transición es gradual y diversa según cada región.

Dos caminos, una decisión

En Argentina existen dos sistemas patrimoniales: comunidad de bienes y separación de patrimonios. Si no se firma un contrato prenupcial antes del casamiento, rige automáticamente la comunidad de bienes, lo que significa que todo lo adquirido durante el matrimonio se vuelve ganancial, salvo herencias, legados y donaciones. En cambio, bajo el régimen de separación de patrimonios, cada cónyuge mantiene la titularidad exclusiva de lo que adquiere durante el matrimonio.

En términos simples: lo tuyo es tuyo y lo mío es mío

Lo que SÍ se puede pactar en Argentina. Los contratos prenupciales solo pueden regular cuestiones patrimoniales, de acuerdo con el Código Civil y Comercial. Esto incluye:

  • • El listado de bienes propios que cada uno lleva al matrimonio
  • • Las deudas existentes al momento de casarse
  • • La elección del régimen patrimonial (comunidad o separación)
  • • Las donaciones entre futuros cónyuges, válidas antes del casamiento
  • • La identificación y valuación de bienes registrables o de interés económico

Todo lo permitido gira exclusivamente en torno a lo económico y patrimonial.

Lo que NO se puede pactar en Argentina. Los prenupciales no pueden incluir cláusulas de conducta, ni sanciones por comportamientos personales, emocionales, íntimos o morales. No se pueden pactar: penalidades por infidelidad, sanciones por abandono, cláusulas sobre peso corporal, exigencias de hábitos o comportamientos íntimos, penalidades morales o afectivas, ni compromisos terapéuticos o emocionales.

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El matrimonio también es un contrato jurídico con efectos patrimoniales concretos.

El matrimonio también es un contrato jurídico con efectos patrimoniales concretos.

En otros países —especialmente Estados Unidos— existen cláusulas muy conocidas, como la famosa “cocaine clause” entre Nicole Kidman y Keith Urban, que establecía sanciones económicas ante recaídas en adicciones, además de cláusulas sobre fidelidad sexual, hábitos personales o incluso cambios de peso. Son disposiciones que generan titulares por lo llamativas que resultan, pero en Argentina serían nulas. Aclaración importante: Las parejas pueden tener, en su intimidad, acuerdos personales o morales sobre expectativas afectivas o pautas de convivencia. Pero esos acuerdos pertenecen a la esfera privada y no son válidos ni exigibles judicialmente dentro de un contrato prenupcial.

La legislación argentina es clara: el divorcio es incausado, no se analiza culpa y la infidelidad no genera sanciones. Además, los prenupciales no pueden regular materias que afecten derechos reconocidos por la ley y por el derecho de familia. Por eso, ningún contrato prenupcial puede establecer consecuencias económicas basadas en conductas personales o íntimas, ya que quedarían invalidadas.

¿Cuándo tiene sentido firmarlo?

Los prenupciales resultan especialmente útiles cuando:

  • • Uno de los cónyuges tiene bienes previos, sociedades o emprendimientos
  • • Existe propiedad intelectual o activos tecnológicos
  • • Hay hijos de relaciones anteriores
  • • Uno recibirá herencias o donaciones relevantes
  • • Se trata de segundas nupcias
  • • Se busca evitar litigios complejos

Incluso si un bien es propio, todo lo que produzca durante el matrimonio —sus frutos, rentas o ganancias— puede considerarse ganancial sin un acuerdo claro o sin un régimen de separación de patrimonios. También ocurre que quienes desean volver a casarse y creen profundamente en el amor sienten temor por experiencias previas. Los prenupciales brindan seguridad y ordenan expectativas.

Tres pasos concretos para empezar

  1. Firmarlo antes del matrimonio. Una vez casados, el régimen patrimonial solo puede modificarse tras un año de vigencia.
  2. Asesoramiento profesional especializado. Un abogado experimentado anticipa escenarios y garantiza acuerdos equilibrados.
  3. Entenderlo como parte del proyecto común. Prever no debilita el amor: lo fortalece.

Del imprevisto a la claridad.

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La legislación argentina es clara: el divorcio es incausado, no se analiza culpa y la infidelidad no genera sanciones.

La legislación argentina es clara: el divorcio es incausado, no se analiza culpa y la infidelidad no genera sanciones.

El nuevo paradigma del Matrimonio Inteligente

En mis 26 años de experiencia profesional, he acompañado cientos de separaciones y divorcios, y algo es claro: la gran mayoría no se planifica ni se anticipa. Muchas rupturas se producen por decisiones intempestivas, hechos inesperados o cambios emocionales repentinos que sorprenden incluso a quienes creían tener un vínculo sólido. Por eso, lejos de pensar en una “organización del divorcio” como si fuera un evento programable, mi enfoque es otro: entender que el verdadero cuidado está en las decisiones que se toman antes, cuando la relación está bien y hay diálogo.

Ese es el sentido profundo del Matrimonio Inteligente: no se trata de prepararse para el fracaso, sino de construir desde la claridad. Anticipar reglas patrimoniales transparentes cuando hay diálogo y confianza no debilita el amor, lo protege. Permite que la pareja se concentre en lo verdaderamente importante —el proyecto de vida compartido— sin que las indefiniciones económicas generen tensiones evitables.

Casarse con inteligencia es casarse con los ojos abiertos: sabiendo qué se comparte, qué se preserva y cómo se cuida el vínculo desde todas sus dimensiones.

* Dra. Gabriela Jacquin. Abogada. Directora Estudio Jurídico Jacquin & Asociados.