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Cannabis medicinal y cáñamo industrial: aprueban regulación para productores y proyectos existentes

Mendoza publicó dos regímenes clave en el Boletín Oficial: adecuación simplificada para titulares nacionales y permisos agrícolas e industriales del cáñamo.

Avance en la regulación del cannabis medicinal y el cáñamo con un régimen transitorio y permisos definitivos.

Avance en la regulación del cannabis medicinal y el cáñamo con un régimen transitorio y permisos definitivos.

Foto: Shutterstock

En un movimiento regulatorio que busca ordenar y dinamizar una economía emergente, el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial de Mendoza publicó este jueves en su Boletín Oficial dos resoluciones fundamentales que completan el marco jurídico para la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial en la provincia.

Estas normas —la Resolución N° 709 y la Resolución N° 710— establecen, respectivamente, un puente transitorio para operadores ya existentes y un camino definitivo para nuevos proyectos, siempre bajo el paraguas de la Ley Provincial N° 9617.

Régimen de Adecuación Simplificada

La Resolución N° 709 responde a la necesidad de integrar de manera ordenada a quienes ya cuentan con autorizaciones nacionales vigentes, evitando así interrupciones en sus actividades. El mecanismo diseñado es el “Régimen de Adecuación Simplificada”, de carácter voluntario y transitorio.

Los destinatarios son dos grupos específicos: los titulares de autorizaciones de cultivo y fitomejoramiento (categorías A y H) emitidas por el INASE (Instituto Nacional de Semillas) que acrediten operaciones previas en Mendoza, y las personas o empresas integrantes de proyectos de investigación bajo la Ley Nacional 27.350.

El trámite, que debe iniciarse en un plazo máximo de seis meses, requiere la presentación de un Plan de Adecuación Progresiva. Este documento constituye la piedra angular del proceso, en el cual el solicitante deberá detallar cronogramas, estrategias tecnológicas y medidas de seguridad para alcanzar, de forma gradual, todos los estándares provinciales de calidad, trazabilidad y control.

La Autoridad de Aplicación —el Registro Provincial de Cannabis y Cáñamo— evaluará la solicitud en 60 días hábiles y, de aprobarla, emitirá un Certificado de Adecuación con validez de 12 meses. Durante ese período, los operadores podrán continuar sus actividades bajo supervisión, gozando de prioridad administrativa para luego solicitar los permisos definitivos. La norma es clara respecto de las consecuencias del incumplimiento: el certificado podrá ser suspendido o revocado, y no se autorizará el inicio de actividades productivas sin él.

El camino definitivo: permisos agrícolas e industriales para el cáñamo

Mientras la Resolución 709 funciona como un período de gracia, la Resolución N° 710 establece el procedimiento completo y permanente para operar dentro del marco mendocino. Esta disposición aprueba formularios, aranceles y requisitos para obtener Permisos Agrícolas (cultivo y comercialización) e Industriales (procesamiento y derivados), específicamente para la cadena del cáñamo industrial y/u hortícola.

Los permisos tendrán una vigencia de hasta cinco años, renovables, y conllevan obligaciones estrictas de trazabilidad, presentación de declaraciones juradas de stock y notificación de cualquier eventualidad. Un elemento logístico crucial es la Guía de Transporte (Anexo IV), documento obligatorio para cada movimiento de semillas, grano o fibra dentro del territorio provincial.

La resolución también establece una coordinación explícita con el régimen nacional. Así, los proyectos que ya posean licencias de la Agencia Regulatoria Nacional (ARICCAME) deberán inscribirse en el registro provincial, cumpliendo con ambas normativas.

Ambas resoluciones enfatizan el uso obligatorio del “Sistema Ticket”, una plataforma electrónica que centralizará todas las presentaciones, comunicaciones y notificaciones entre los actores y el Registro Provincial. Este sistema busca agilizar la tramitación y garantizar la transparencia.

La supervisión y el control serán constantes. El Registro Provincial se reserva el derecho de realizar inspecciones, solicitar auditorías y verificar el cumplimiento de los planes presentados. Las sanciones por incumplimiento van desde multas y suspensiones hasta la revocación definitiva de los permisos, especialmente en casos que impliquen riesgos para la salud pública o la seguridad.

Voces del sector: entre la expectativa y la precariedad

Representantes de la ONG Clínica del Cannabis Mendoza reconocen el avance regulatorio, pero subrayan las contradicciones y vacíos que persisten.

“El cáñamo en el país está muy atrasado en la regulación y lo que han hecho es regularlo… es la actividad que casi nadie está haciendo por esto mismo”, señalan desde la organización. Destacan que las resoluciones permiten inscribirse a quienes quieran cultivar cáñamo y a los proyectos productivos de semillas ya aprobados por el INASE, “que hoy casi no existe… existía, lo desapareció la desregulación y ha vuelto a funcionar”.

Para esta ONG, que representa a usuarios y cultivadores terapéuticos, “hay mucha inseguridad jurídica por los cambios”, aunque valoran como positivo el hecho de que se regule el cáñamo. Su mayor expectativa está puesta en otro instrumento: “Están haciendo el Reprocann provincial; ese será un gran cambio para los cultivadores locales… es lo que ayudará a las ONG y a los cultivadores a salir de ese gris jurídico”, concluyen, con la esperanza de que ese futuro régimen local de cultivo personal y solidario les otorgue, por fin, un marco de protección y reconocimiento claro.

Con la publicación de estas resoluciones, Mendoza consolida un marco regulatorio operativo para el cannabis medicinal y el cáñamo industrial, estableciendo procedimientos específicos que articulan la normativa nacional con los estándares provinciales. Un paso en definir reglas claras dentro de una industria en pleno desarrollo a nivel nacional.