Anses apuntó contra la Justicia por la suspensión del pago de sentencias jubilatorias
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) aclaró que la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que otorga una prórroga a los jueces de primera instancia no afecta los plazos de pago de sentencias firmes.
El organismo desmintió versiones que indicaban una posible suspensión de pagos tras la Resolución N° 118/2025 del Máximo Tribunal. Explicó que la decisión de la Corte responde a un pedido de los juzgados federales de primera instancia en el marco del expediente 7975/2023, mediante el cual se solicitó más tiempo para dictar resoluciones interlocutorias en causas previsionales.
-
Te puede interesar
Pension por enfermedad: cuáles son las que acepta la Anses
Según Anses, la medida es exclusivamente interna dentro del ámbito judicial y no interfiere en el normal desarrollo de los pagos a beneficiarios con sentencias firmes. El organismo aseguró que sus plazos no han sido suspendidos y que sigue cumpliendo con las obligaciones establecidas en cada fallo judicial.
Además, el organismo nacional destacó que durante la actual gestión se ha modificado el esquema de cumplimiento de sentencias mediante la Resolución DEA 307/2024. Este cambio permitió agilizar el reajuste de haberes, pasando de una liquidación tardía a una actualización en los plazos dispuestos por la Justicia, en simultáneo con la cancelación de expedientes en stock.
Por último, el organismo reiteró que "no existe suspensión de plazo alguna en Anses para el cumplimiento de los pagos de las sentencias judiciales" y que la resolución de la Corte Suprema solo otorga un plazo adicional a los jueces de primera instancia para la emisión de sus resoluciones.