La opinión de especialistas sobre el veto de Javier Milei a la actualización jubilatoria
El lunes por la mañana, el Gobierno nacional de Javier Milei publicó el veto a la reforma de actualización jubilatoria que había sido sancionada por el Congreso Nacional días atrás. El decreto 782/2024 publicado en el Boletín Oficial retrocede con el aumento de las jubilaciones con el argumento del negativo impacto fiscal de la medida. Desde MDZ dialogamos con Marcela Micames y Adrián Tróccoli, especialistas en derecho previsional sobre la decisión oficial.
Con la norma que retrocede en la reforma de actualización jubilatoria votada por ambas cámaras del Congreso de la Nación, el presidente Javiel Milei convocó al Poder Legislativo a “actuar con sensatez institucional, de forma responsable, cuidando de no emitir disposiciones cuya aplicación sea inconveniente para las cuentas públicas”. El desfase que provocó la inflación no estuvo contemplado en la ley que acaba de derogar el presidente, pero tampoco en el Decreto de Necesidad y Urgencia N°274/24 que rige actualmente. Sin embargo, la Ley votada por el Congreso y vetada este lunes, es defendida por los jubilados, porque recomponía una parte de los haberes jubilatorios.
Desde la perspectiva de la abogada previsionalista, “las jubilaciones quedaron sumamente atrasadas por la falta de recomposición suficiente en el año 2022 y 2023”. En la misma línea Tróccoli analizó que en los fundamentos del decreto se vislumbra una especie de quiebre entre el gobierno y el estado. "El decreto dice: los gobiernos anteriores hicieron esto y nosotros no nos podemos hacer cargo porque no hay plata. Pero que no haya sido problema de tu gobierno no significa que no sea un problema del Estado", sostuvo.
En ese sentido, Micames, explicó que “para este año, el DNU recompone y complementa la fórmula de movilidad anterior aplicando el índice de inflación, sin embargo para el mes de Enero/2024 aplicó un valor menor: sólo 12,5% frente al 20,6% que fue la suba de precios real medida para ese mes. Esto importa un 8% menos en la recomposición jubilatoria, la cual también se ha quedado ‘debiendo’ a los jubilados y es un valor que ademas se acrecienta con cada aumento posterior que no lo considera. La ley que acaba de vetar el poder ejecutivo, al menos preveía corregir ese faltante de enero pasado, aplicando un 8.01%".
Por su parte, Tróccoli coincidió con el diagnóstico del decreto de veto pero cuestionó que no haya una resolución de fondo al problema de los haberes jubilatorios. "Coincido tanto en que a los jubilados se les sacó plata, que se les bajó el haber, como en que no puede sacarse de los recursos de Anses y que no puede darse elementos distrosivos como da esta modificación a la ley de movilidad -porque es un aumento extra, una vez por año que sería distorisvo-. Pero hay que corregir. No coincido en que no se puede hacer nada, mejor dicho, tendría que haber una ley que establezca cuanto se le debe a cada uno y como se le puede pagar. Podría no ser un pago actual incluso, como otras leyes que han salido", sostuvo el abogado.
Al mismo tiempo que publicaba el veto, el gobierno nacional oficializó otro decreto para otorgar un bono de $70.000 a los jubilados. Para la especialista “el bono es un parche. Como tal carece de toda entidad formal y sustancial. Es completamente discrecional, tanto en su otorgamiento como en su monto. Absolutamente discriminatorio porque sólo recompone a algunos y excluye a muchos otros. Su monto está congelado desde principios de este año, con lo cual claramente su incidencia cada vez es menor. De hecho el aumento previsto por la ley que ahora se ha derogado precisamente absorbía el valor del bono que quedaba subsumido dentro de una fórmula que sí iba a revestir carácter de legal y formal”, señaló Micames.
La especialista en derecho previsional consideró que “los jubilados claramente están siendo castigados y relegados de la economía general del país. Frente a una canasta básica familiar que supera los 900.000 pesos un haber mínimo de apenas 300.000, esto es la tercera parte de lo que una familia necesita para vivir, evidentemente deja sometidos bajo la línea de pobreza a millones de personas en situación de pasividad”.
Micames recordó que la definición de ser jubilado es que se presupone que la persona no puede trabajar. Por lo tanto, “este ingreso de pasividad necesariamente debe ser suficiente y abarcativo para cubrir los riesgos de la subsistencia, cosa que en modo alguno cumple una prestación que apenas representa un tercio de la Canasta Básica Total”, dijo la abogada.
En tanto, Tróccoli adelantó que deberían comenzar a salir fallos tras el decreto publicado este lunes. "Este período de seis años de pérdidas tiene que ser corregido por el tercero de los poderes que todavía no opinó: la Justicia", concluyó.