Polémica en Diputados

Aborto: cuáles son los puntos en los que se retrocedería si avanza el proyecto de La Libertad Avanza

El proyecto busca derogar la ley que garantiza el derecho al aborto legal, seguro y gratuito a las personas gestantes. Retrocede en lo penal, eliminando el aborto no punible y aumentando condenas.

Micaela Blanco Minoli
Micaela Blanco Minoli sábado, 10 de febrero de 2024 · 07:26 hs
Aborto: cuáles son los puntos en los que se retrocedería si avanza el proyecto de La Libertad Avanza
La propuesta podría obligar a parir a niñas que hayan sido violadas. Foto: Télam

La derogación de la Ley N°27610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) impulsada por un sector legislativo de La Libertad Avanza plantea una serie de retrocesos en materia Civil y Penal. La iniciativa de autoría de Rocío Bonacci -hija de José Bonacci, referente del partido Unite- busca dar marcha atrás en el aborto legal y criminalizar tanto a las mujeres que decidan realizarse una IVE como a los médicos que lo garanticen.

Hasta este jueves por la noche la propuesta llevaba la firma de cinco legisladores de La Libertad Avanza, que integra la autora. Los nombres de Oscar Zago, Manuel Quintar, Lilia Lemoine, María Fernanda Araujo, Beltrán Benedit aparecían en el proyecto de Ley aunque algunos como Lemoine salieron rápidamente a declarar que si bien habían expresado su apoyo, su firma -dijo- fue puesta sin su consentimiento.

Tras la polémica generada y luego de declaraciones del vocero presidencial, Manuel Adorni, que aseguró que prohibir el aborto “no es parte de la agenda del Presidente”, casi todos los firmantes del proyecto dieron marcha atrás. Tanto en el sistema electrónico de la Cámara baja como en el texto original los cinco firmantes del proyecto para derogar la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fueron eliminados, quedando solo la firma de la libertaria Bonacci.

Aunque la iniciativa no cuente con apoyo oficialista, principalmente porque entre las filas libertarias no consideran que el momento sea el adecuado, el proyecto de Ley ya fue derivado a las comisiones de Legislación General, Legislación Penal, Mujeres y Diversidad y Acción Social y Salud Pública. El objetivo de la propuesta no busca solamente derogar la ley que garantiza el derecho a decidir a las mujeres y personas gestantes sino que también aspira a modificar el Código Penal para criminalizar a los efectores de salud, aumentando las penas para quienes practiquen interrupciones de embarazos.

Entre los fundamentos de quienes quieren arremeter contra la Interrupción Voluntaria del Embarazo, aprobada por el Congreso el 30 de diciembre del 2020 y promulgada el 14 de enero de 2021, se mencionan cifras descomunales como la divulgada por Rodolfo Barra, Eduardo Menem y Cristina Guzmán en su artículo titulado "2024: año de la defensa de la vida, la libertad y la propiedad" publicado por el portal Infobae en el que afirman que "en la República Argentina se matan a alrededor de 100.000 niños por año como consecuencia de la práctica del aborto autorizado".

Se calcula que cada año 22.000 mujeres mueren a causa de abortos no seguros. Foto: Afp.

Sin embargo, los datos oficiales dicen otra cosa. Según un informe del proyecto Mirar que monitorea la implementación de la norma desde la sociedad civil y en base a datos del Ministerio de Salud, desde que entró en vigencia la ley de IVE, 250.000 personas accedieron a un aborto legal y seguro en instituciones públicas de salud en todo el país. Asimismo, la Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (Dnssr) a través del Grupo de Trabajo de Acceso a IVE/ILE difundió el año pasado un relevamiento que comprende información de enero a octubre 2023 y que identificó 75.581 interrupciones del embarazo en todo el país.

Punto por punto, las modificaciones propuestas

La redacción nueva propone la derogación de la Ley 27610 que en su artículo 1° establece la regulación del “acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y de personas con otras identidades de género con capacidad de gestar y a fin de contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible”. A ello, el proyecto de Ley presentado por la diputada Bonacci suma la modificación del artículo 85 del Código Penal de la Nación. En el mismo, cambia la denominación de “persona gestante” por “mujer”, desconociendo el derecho a identidad de género, establecido en la Ley 26.743

Foto: NA.

Asimismo, el proyecto de Ley establece penas para médicos "de reclusión o prisión de uno a cuatro años si obraren con consentimiento de la mujer", mientras que el Código Penal actual propone penas de prisión de tres meses a un año para el que cause un aborto “con consentimiento de la persona gestante, luego de la semana catorce (14) de gestación”. En tanto, en la nueva propuesta, si el hecho fuese “seguido de la muerte de la mujer", la pena podría llegar a los seis años. 

La propuesta normativa también elimina el artículo 85 bis, que preveía una pena de prisión de tres meses a un año “e inhabilitación por el doble del tiempo de la condena” para aquel funcionario público o funcionaria pública, autoridad del establecimiento de salud o profesional que “dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados”. 

Sin embargo, el punto central de retroceso en el proyecto de Ley presentado es que modifica el artículo 86 del Código Penal, que establece que no es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana 14. Además, ese artículo establece que no será punible el aborto practicado con el consentimiento de la persona gestante en caso de que fuera producto de una violación y en caso de que estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la persona gestante. 

Foto: Télam.

En cambio, la nueva redacción solamente aclara que el aborto será no punible solo para evitar el peligro inminente para la vida de la madre, “siempre que el peligro no pueda ser evitado por otros medios”. Por lo que, de tratarse y aprobarse esta norma, ni siquiera las mujeres, niñas y personas gestantes que hayan sido víctimas de una violación podrán interrumpir su embarazo. Y, en caso de que lo hicieran, podrían ser penadas. "El proyecto presentado no sólo deroga la ley de  sino que elimina del código penal las causales de riesgo para la salud y violación. Pretende que el CP sea más restrictivo que en 1921. Quieren volver a contar muertes por abortos clandestinos", explicaron desde la cuenta de X #EsLey

Por último, el proyecto de Ley modifica el artículo 88 del Código Penal. Actualmente, el mismo establece una pena de prisión de tres meses a un año para aquella persona que practique  un aborto después de la semana 14 y en caso que no este puesta en riesgo la vida de la persona gestante y que ese embarazo no fuese producto de una violación. En la redacción del proyecto presentado, aumenta la pena de prisión de un año a tres para aquella "mujer que causare su propio aborto o que consintiera que otro lo causare".  

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