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La Anmat prohibió la venta de dos aceites de oliva comercializados en Mendoza

Los dos aceites no contaban con los requisitos mínimos de la Anmat.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y comercialización de dos marcas de aceite de oliva por no contar con los registros mínimos. Los dos son elaborados en la Región de Cuyo, uno en San Juan y otro en la provincia de Mendoza.

A través de la Resolución 10736/2024, publicada en el Boletín Oficial, la Anmat prohibió y quitó del mercado la marca "aceite de Oliva Sabor Clásico Extra Virgen, marca Olivos San Cayetano, Elaborado y Fraccionado por Establecimiento, RNE: 13004677, RNPA: En trámite, Hab. Municipal 855 933 A 2011, Origen: Maipú, Mendoza”.

El aceite de oliva producido en Mendoza no contaba con los registros mínimos. Foto: Anmat

La investigación del aceite de oliva mendocino comenzó cuando un particular denunció al producto manifestando que la ingesta le habría causado malestar estomacal. Ante esto, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos consultó sobre su Registro Nacional de Establecimiento (RNE), el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) y el número de habilitación municipal.

Los organismos informaron que el RNE se encuentra dado de baja y y que tanto el RNPA como el número de habilitación municipal son inexistentes. En este sentido, por tratarse de un "producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado", se procede la suspensión de su producción y elaboración.

El aceite de oliva producido en San Juan se comercializaba en Godoy Cruz, Mendoza. Foto: Anmat

Por otro lado, a través de la Resolución 10734/2024, se prohibió la elaboración de la marca  “Aceite de oliva extra virgen marca Valle Gran; cont. 900 ml; Lote: 1802; consumir preferentemente antes de Mayo 2025; Elaborado: RNPA 180001695; Fraccionado: FECOAGROS; Rodríguez s/n, Santa Lucía, San Juan, Argentina; RNE 18000615”. El mismo tampoco cumplía la normativa vigente.