La odisea de una docente con cáncer porque Damsu no acata una orden judicial

Irma es una docente mendocina de 56 años que fue diagnosticada con un cáncer de alto riesgo y su vida depende de un tratamiento que hoy fue suspendido debido a que su obra social no acata una orden judicial. El tumor del estroma gastrointestinal que tiene es sumamente agresivo y desde 2011 fue incluido en la lista de enfermedades poco frecuentes. Desde esa fecha recibe una medicación específica que estaba siendo proporcionada por DAMSU pero que fue modificada a pesar de las indicaciones de su médico tratante y la orden judicial que tiene a su favor.
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Tras padecer anemia grave durante dos años sin causa aparente y peregrinar por distintos médicos, el diagnóstico de un tumor primario en el yeyuno llegó en el 2007. Irma fue sometida a una cirugía y recibió una medicación específica denominada Glivec por un año. Gracias a eso pudo continuar con sus actividades cotidianas pero en el 2011, la enfermedad volvió a manifestarse pero esta vez en el hígado debido a una metástasis. Desde ese momento, su médico tratante prescribió la medicación de forma ininterrumpida hasta la fecha y de por vida salvo que surja alguna innovación médica que permita modificar el tratamiento.
Desde hace 7 años, Irma se encuentra libre de la enfermedad, pero no puede abandonar el tratamiento con Glivec dadas las recidivas sufridas y problemas de intolerancia. A pesar de la buena noticia, la docente sigue transitando un proceso complejo debido a las dificultades que surgen con la obra social DAMSU y optó por judicializar su caso debido a la falta de respuestas y el peligro para su vida.
Burocracia y conflictos
"El problema comienza cuando DAMSU decide unilateralmente suministrar un fármaco de otro laboratorio distinto al Glivec y debido a antecedentes anteriores con el uso de un genérico, la paciente puede sufrir consecuencias o efectos colaterales diferentes que alteren su calidad de vida", expresó el abogado especialista en derecho a la salud, Emilio Vázquez Viera y agregó: "Tanto su médico de cabecera como el Dr. Matías Chacón, Presidente de Grupo Argentino de Tumores del Estroma Gastrointestinal /GIST (Clínica Fleming, BsAs), con quien realizó una interconsulta, recomendaron que la medicación no fuera modificada y a partir de allí todas las recetas tuvieron la palabra agregada insustituible".
El segundo Juzgado Federal de Mendoza, emitió una orden judicial con fecha del 20 de noviembre a través de la cual se hace lugar a la medida cautelar peticionada por la paciente y, en consecuencia, ordena a DAMSU a que en el plazo de dos (2) días de notificada otorgue cobertura total e integral (100%) de la medicación marca comercial Glivec, de acuerdo a lo prescripto por su médico tratante. A pesar de la disposición y emplazamiento del juez, Irma no puede acceder a la medicación y la situación empeora más ya que la reserva que tenía se terminó hace unos días, con el riesgo que eso tiene para su vida.
"Cuando fue a retirar la medicación bimestral, intentaron entregarle Ritor, pero se negó a recibirlo. En Damsu le informaron que el cambio de marca se debía a cuestiones de presupuesto y que debía aceptar la medicación ofrecida haciendo caso omiso a lo dispuesto por los médicos y la misma justicia", expresa la medida cautelar y agrega: "Las motivaciones económicas por parte de la obra social ni siquiera son tales, ya que si comparamos los valores de una y otra marca casi no existe diferencia, de acuerdo a lo informado por correo electrónico a la paciente: el medicamento de marca Ritor tiene un costo de $ 5.186.661,36, y el de marca Glivec $5.497.881,39. Lo que deja en evidencia que no se trata de una diferencia exorbitante de precio".
Dilaciones y en el medio, una vida en juego
MDZ consultó al área de legales de Damsu, quienes manifestaron que la obra social "en ningún momento denegó tratamiento alguno a la paciente y tampoco dejó de entregar la medicación por nombre genérico dando continuidad en todo momento al tratamiento de la misma. La paciente no presentó prueba alguna en relación a que no puede sustituirse la marca comercial del medicamento".
En respuesta a las afirmaciones de Damsu, el abogado Emilio Vázquez Viera destacó: "Lo que dicen no es cierto y eso se puede corroborar en el expediente. Se adjuntaron pruebas de por qué no tiene que ser genérico y sí el medicamento específico. Esa fue la prueba más determinante que tuvo en cuenta el juez. El médico oncólogo que indicó que esa medicación es insustituible, es prestador de la obra social y no un tercero. Se dieron los fundamentos y la justicia consideró justificado el pedido y ordenó a través de una orden judicial que deben proporcionarle ese fármaco. Los plazos que determinó el juez están vencidos y por más que ellos hayan apelado no significa que puedan suspender el cumplimiento de la orden judicial".
"Están en violación de la disposición del juez y pueden terminar con una denuncia penal", cerró el abogado.