Es ley

El Gobierno promulgó la reforma a las licencias de conducir y la vigencia del carnet se estira a 10 años

Este martes el Gobierno promulgó la ampliación de la vigencia en los carnets de conducir. De 5 años pasó a 10.

Federico Lagiglia
Federico Lagiglia martes, 12 de noviembre de 2024 · 07:43 hs
El Gobierno promulgó la reforma a las licencias de conducir y la vigencia del carnet se estira a 10 años
Foto: Archivo MDZ

Luego de que durante la semana pasada se convirtiera en ley, este martes el Gobierno provincial promulgó en el Boletín Oficial la ampliación de la vigencia en las licencias de conducir de Mendoza. De esta forma, lo que resta ahora es la reglamentación y se espera por una actualización del sistema informático a nivel nacional para que comience a regir la nueva norma. 

“Art. 22 bis- Duración. Las licencias de conducir que se otorguen en el ámbito de la provincia para conductores no profesionales de hasta sesenta y cinco (65) años de edad, tienen una vigencia de diez (10) años. A excepción de los condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor, para reiterantes de la infracción del Artículo 52 inciso 7 de la presente Ley, y para reiterantes de la contravención del Artículo 67 bis de la Ley Nº 9099, en cuyo caso el plazo será de cinco (5) años", reza la ley que promulgó el Gobierno este martes por la mañana.

La novedad, claro está, es que a partir de que se apliquen los cambios, las renovaciones serán cada diez años. Si bien durante la semana pasada el proyecto se convirtió en ley, todas las renovaciones que se efectuaron durante los últimos días seguirán con un plazo de 5 años.

"Las licencias que se otorguen a personas que tengan una edad entre los sesenta y seis (66) años hasta setenta y cinco (75) años, tienen una vigencia de cinco (5) años. A partir de los setenta y seis (76) años la vigencia de la licencia de conducir será de tres (3) años", amplía el documento convertido en ley.

La ley vieja establecía una vigencia de 5 años hasta los 65 y en Mendoza a partir de esa edad se renovaba cada 3 años hasta los 70, edad en la que se renovaba anualmente con prueba de manejo incluida.

Requisitos para la renovación

  • Que no haya transcurrido más de un (1) año desde su vencimiento. Si transcurrió dicho plazo, se considera como tramitación de licencia nueva.
  • Abonar el arancel establecido por las normas tarifarias. Este arancel de renovación será reducido como mínimo en un 50% para los mayores de sesenta y cinco (65) años.
  • Presentar certificado de libre deuda de infracciones de tránsito.
  • Declarar bajo juramento que no se padecen o hayan padecido afecciones cardiológicas, neurológicas, psicopatológicas o sensoriales que afecten la aptitud para conducir.
  • Aprobar un examen médico psicofísico, en el que se determine su aptitud física, visual, auditiva y psíquica para conducir.
  • No se exigirá una nueva prueba de manejo a los conductores que renueven su licencia, salvo expresa indicación médica.
  • El personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que cumplan funciones de chofer o motorista estará exento de los costos de las renovaciones.”

 

Archivado en