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Tras el volantazo del Gobierno, qué pasa con la movilidad jubilatoria

El análisis de especialistas en derecho previsional sobre la fórmula de movilidad jubilatoria que finalmente fue sacada del dictamen de Diputados. ¿Beneficio o perjuicio para jubilados?
La movilidad jubilatoria sufriría modificaciones con la aprobación de la ley ómnibus Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ
La movilidad jubilatoria sufriría modificaciones con la aprobación de la ley ómnibus Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

El cambio en la fórmula de la movilidad jubilatoria es uno de los puntos que más rechazo había generado entre los legisladores y la población por la pretensión del Gobierno de Javier Milei de hacer las actualizaciones a través del mecanismo del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). Esto fue modificado en el Dictamen de la ley ómnibus que se trataría el próximo martes en Diputados, en el que se incluyó una nueva fórmula de movilidad jubilatoria. En un volantazo, el Gobierno quitó todo el capitulo fiscal del dictamen, incluida esta fórmula, pero quedan las facultades delegadas por un año. El análisis sobre los cambios en la movilidad que no quedaron en la ley pero podrían hacerse por decreto, por parte de dos abogados previsionales en MDZ ¿beneficio o perjuicio para jubilados?

El dictamen que hizo circular el oficialismo constaba de 458 páginas en las que se modificaban cientos de leyes. Hasta el pasado viernes -cuando el Gobierno decidió quitar el capitulo fiscal para lograr aprobar el proyecto- la iniciativa constaba de más de 500 artículos entre los cuales se encontraba la modificación de la Ley N° 24.241 de Movilidad Jubilatoria. Aunque todavía continúan las negociaciones y es incierto si el Gobierno podrá contar con quórum para la sesión y los votos suficientes para aprobar la monstruosa ley, todo indica que se votaría el próximo martes. 

Mientras el debate de la movilidad sigue pendiente, las jubilaciones siguen perdiendo. Foto: Rodrigo D'Angelo.

Lo que establecía la modificación propuesta en el proyecto de la ley ómnibus que fue quitada por el Gobierno pero podría implementarse por decreto si se aprueban las facultades delegadas por un año, era la realización del ajuste trimestral previsto para marzo en todas las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N°24.241 en base al índice de movilidad jubilatoria dispuesto en el artículo 32 de la misma. Es decir, para la prestación básica universal, prestación compensatoria, retiro por invalidez, pensión por fallecimiento, prestación adicional por permanencia y prestación por edad avanzada. 

Luego de esto, a partir de abril de 2024, el índice de movilidad jubilatoria se obtendría mensualmente conforme al último dato de inflación mensual disponible al momento de comenzar el ciclo de pago de cada mes, de acuerdo al texto del Dictamen que fue eliminado. En tanto, el proyecto establecía que los aumentos se definirían con la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos. 

Sobre estas modificaciones que finalmente fueron borradas del proyecto la abogada previsionalista, Marcela Micames explicó a MDZ que la fórmula "desde el punto de vista del jubilado, era más beneficiosa que la fórmula actual, que es absolutamente insuficiente y merece su pronta revisión" teniendo en cuenta que la jubilación mínima hoy es de $105.712,61. Asimismo, indicó que la fórmula que se proponía en el capítulo fiscal "tenía en cuenta un índice, que es el que más rápidamente impacta, tanto en la cantidad como en la integralidad del haber del jubilado", sostuvo en referencia al IPC.

La nueva fórmula podría haber sido beneficiosa si se tenía en cuenta el empalme. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

Por su parte, el abogado previsionalista Adrián Tróccoli, señaló que "la idea de obligar al Gobierno a poner IPC, era una muy buena idea. La implementación fina tenía unos problemitas que básicamente era el tema de empalme, si entraba o no entraba enero en la cuenta. Y por el otro lado, estaban definiendo cuándo se pagaba enero, cuándo no se pagaba, pero quedaba en el aire. Todo esto era para evitar litigiosidad, para evitar que si no se empezaban a pagar en abril, pero con el aumento de febrero, que era lo que se suponía, quedaba enero afuera y se comían un 20%. Caían más las jubilaciones. Y aumentaba el riesgo de litigiosidad".

"Tomar en cuenta la inflación para ajustar la jubilación implica reconocer el carácter alimentario que tienen las prestaciones previsionales y como tales, cualquier prestación previsional está destinada a cubrir costos que tienen precios, que a su vez están afectados por la inflación. Así que es buena la fórmula en ese sentido", manifestó la especialista previo al volantazo del Gobierno. Asimismo, afirmó que el otro motivo por lo que la modificación sería beneficiosa "es el momento en el que se paga el aumento, verificado en la inflación y se traslada a la jubilación. Esto se denomina rezago y el que se ha determinado en la nueva fórmula es el menor rezago posible".

La jubilación mínima es de $105.712,61 y se mantendrá así en caso de no haber cambios. Foto: Anses.

De acuerdo a este punto, la especialista en derecho previsional indicó que "este traslado de la inflación a la jubilación se va a producir al mes siguiente en el cual se ha informado el aumento o la variación que se produjo en el índice de precios. La primera movilidad jubilatoria abonada con la nueva fórmula se producirá en abril con respecto a la variación que al mes de febrero se produjo en la inflación y que es informada a mediados de marzo". 

Sin embargo, lo perjudicial es el atraso de las jubilaciones, la desventaja con la que arrancan esa actualización los jubilados y pensionados. "La advertencia que hay que tener con respecto a la fórmula es el empalme, el enganche entre una fórmula y la otra" indicó Micames y consideró que "quizás lo más prudente sería que en la primera movilidad jubilatoria que pague la nueva fórmula incluya también la variación que se hubiera producido en enero 2024 y no solo la de febrero, para ser abonada por única vez en abril y así entonces no habrían problemas con respecto al empalme, más aún considerando que estamos en un año inflacionario".

Con la movilidad actual la actualización llegaría en marzo. Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

En relación al empalme y la fórmula que no fue Tróccoli expresó que si bien la propuesta era válida, el problema es la pérdida que ya hubo en las jubilaciones y de la que no se habla. "El Gobierno quería aumentar el gasto respecto a la fórmula actual, mejorar el resultado de esta fórmula de movilidad -que está lejos de ser óptima-. Pero la fórmula de movilidad jubilatoria según el IPC estaba bien, era válida. Es decir, que si el objetivo de la movilidad es que no pierdan contra la inflación, te doy aumentos con apenas un mes de atraso y la verdad es que eso debería cumplir cómodamente con el objetivo. Parecía muy razonable pero el problema es que las jubilaciones ya tienen una quita superior al 55%"señaló el especialista en derecho previsional", manifestó el especialista.

En el mismo sentido, el abogado agregó que "lo que no había en la ley de movilidad jubilatoria, o en estas reformas, es una recuperación del poder adquisitivo y no lo iba a ver nunca porque en la lógica de esta ley de movilidad era mantener siempre lo mismo. Insisto, si las jubilaciones estuvieran bien, la ley de movilidad por IPC sería genial". De todas maneras, manifestó, "todo esto quedó en el olvido porque viernes en la noche el Ministro de Economía dijo que habían tirado demasiado la soga, según mi interpretación". 

Para finalizar, Tróccoli planteó que lo que ocurrió es que "el Gobierno quería aumentar los ingresos del fisco a través de tocar algunos impuestos de ganancia, una cosa que generó mucha controversia y que les dijeran que no iban a aceptar tocar eso. Entonces, el Gobierno dijo que no le quedaba otra opción más que cancelar todo, cancelar la suba de los impuestos y la suba de las erogaciones, que serían las jubilaciones. Como resultado, los jubilados están peor que antes, sin lugar a dudas. El aumento de marzo va a estar en el orden del 30%, con una inflación en este trimestre de 80%". Por esa razón, "los jubilados en abril iban a estar mejor con la reforma que habían hecho que con esto que es mantener la situación actual", concluyó el especialista en derecho previsional.