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Elecciones 2023: quiénes pueden no ir a votar en las PASO

Existen distintos grupos que están exentos del voto y no en todos los casos la persona debe justificarlo.
El voto en Argentina es obligatorio desde la Ley Sáenz Peña, sancionada en 1912 Foto: Noticias Argentinas
El voto en Argentina es obligatorio desde la Ley Sáenz Peña, sancionada en 1912 Foto: Noticias Argentinas

Cerca de las elecciones, el Padrón Electoral recibe consultas constantes sobre la edad en la que los electores tienen la obligación de ejercer el sufragio. Igualmente, aunque se forme parte de la población afectada por los comicios, algunos de ellos no deberán pagar una multa si no ejercen su derecho.

Desde 1912, año en que sancionó la Ley Nº 8.871 (conocida popularmente como "Ley Sáenz Peña"), el voto es secreto y obligatorio para toda la ciudadanía empadronada. En aquel momento, el Padrón Electoral se constituía solo por hombres mayores de 18 años, dado que se conformaba en base a los conscriptos que habían cumplido con el Servicio Militar Obligatorio.

El Padrón Electoral se realiza de forma masiva e incluye a todos los electores, incluyendo a los exentos.

Luego, en 1951, se sancionó la ley que habilitó el voto femenino tras décadas de lucha por parte de distintos sectores políticos, desde el socialismo hasta el conservadurismo. Ese Padrón sufrió una nueva ampliación masiva en 2012, cuando se sancionó la Ley N° 26.774 que habilitó el voto para mayores de 16 años. Esta ley se conoció como "Ley de Voto Joven".

La primera exención de sufragar nació en las mismas Elecciones Legislativas de 1912, las primeras bajo la "Ley Sáenz Peña". El artículo 7 del capítulo III de dicha norma establece que no tienen obligación de votar aquellos empadronados que tengan más de 70 años.

Están exentos todos los mayores de 70 años y aquellos que tengan entre 15 y 17 años.

En la sanción de la norma conocida como "Ley de Voto Joven", se incluyó como electores a toda la ciudadanía de 16 y 17 años, aunque los mismos no cuentan con la obligación de hacerlo. Al mismo tiempo, con la existencia de las Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias, quedan empadronados todas aquellas personas de 15 años que cumplan los 16 antes del 22 de octubre, cuando se celebran las Elecciones Generales.

Algunos otros casos de personas que están exentas de ir a votar

Según establece la "Ley Sáenz Peña", donde se detallan los derechos y obligaciones de los electores, existen otras exenciones y prohibiciones para ejercer el derecho al sufragio. En cuanto a los exentos, se trata de "los jueces y sus auxiliares que por disposición de esta ley deben asistir en sus oficinas y tenerlas abierta durante las horas de la elección", detallado en el artículo 7 de la norma. El artículo 8, además, detalla que están exentos todos los que cumplan "funciones que esta ley atribuye a los encargados de darle cumplimiento son irrenunciables".

Además se encuentran exentos quienes "los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables", según establece la Ley N° 26.774, que modifica la "Ley Sáenz Peña". Así también "Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares".