La absurda multa que habrá que pagar en caso de no votar este domingo
Este domingo se llevarán a cabo elecciones en las provincias de Mendoza, Tucumán y San Luis, donde se espera una importante participación de la ciudadanía en las urnas. En Argentina, el sufragio es considerado un deber cívico de carácter obligatorio. Aquellos que no cumplan con esta responsabilidad podrían enfrentar multas estipuladas por la legislación argentina.
Por lo tanto, es relevante conocer las implicaciones y los montos de estas multas con el objetivo de fomentar la participación activa y el cumplimiento de este deber ciudadano en las próximas elecciones en Mendoza, Tucumán y San Luis.
Quienes no acudan a votar deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral, y en caso de no tener una razón se deberá pagar una multa y la persona ingresará al Registro de Infractores.
Los valores de estas multas van de los $50 a $500 a aquellas personas mayores de 18 años y menores de 70. Además, quienes no pagen la multa no podrán realizar trámites o gestiones ante organismos nacionales y provinciales durante un año.
Para saber si tenés multas pendientes, debés ingresar a la página del Registro de Infractores; en la página deberás indicar el DNI, género y distrito electoral.
Fuente: Registro de Infractores
¿Quiénes no están obligados a votar?
La Ley de Ciudadanía Argentina 26.674 explica que existen ocho condiciones que permiten a una persona no votar.
- Mayores de 16 y menores de 18
- Mayores de 70
- Jueces y auxiliares que el día de los comicios presten servicios
- Las personas que se encuentren a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde deben votar y justifiquen su alejamiento.
- Enfermos o imposibilitados que puedan demostrar su condición
- Personas que formen parte de organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones el día de la elección.
- Quienes se encuentren en el exterior.
Por otro lado, esta ley obliga a los electores entre 18 y 70 años de edad a votar. "Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito", explica la Ley 26.674.
"Son electores los argentinos nativos y por opción, desde los 16 años de edad, y los argentinos naturalizados, desde los 18 años de edad", explica la norma.