Elecciones

¿Qué sucede si no voy a votar en las PASO?

En ciertos casos se puede justificar la ausencia. Qué pasa si no asisto a votar y cómo presento la justificación ante esa situación.

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MDZ Sociedad jueves, 2 de septiembre de 2021 · 20:43 hs
¿Qué sucede si no voy a votar en las PASO?
“El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio”, según la Constitución Nacional. Foto: Pachy Reynoso / MDZ

El próximo 12 de septiembre se llevarán adelante en Argentina las elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias). Muchos ciudadanos se preguntan qué sucede si uno no se presenta a votar y en qué casos se puede justificar la ausencia.

Aquellos que no concurran a votar en las elecciones del 12 de septiembre, según el Código Electoral Nacional, ingresan a un registro nacional de infractores y se les aplica una multa, salvo que la persona justifique ante la justicia electoral por qué no pudo ir a votar.

"El sufragio es universal, secreto y obligatorio", sostiene el artículo 37 de la Constitución Nacional. Salvo para las personas de 16 y 17 años y los mayores de 70 años, en cuyos casos el voto es voluntario.

Los jóvenes de 16 y 17 años pueden votar de forma voluntaria.

Si una persona no va a votar porque se encuentra enferma, deberá presentar un certificado médico ante la Secretaría Electoral para justificar la ausencia. Tiene en total 60 días a partir de la elección para presentarse en la dependencia correspondiente a su domicilio. Por el contexto de pandemia, la Cámara Nacional Electoral exceptuó de ir a votar a quiénes tengan covid-19, los que sean caso sospechoso, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. En estos casos se deberá presentar certificado para justificar la ausencia. 

A su vez, quiénes hayan ido a votar y en el colegio presenten algún síntoma compatible con coronavirus también estarán exceptuados de votar. Las autoridades le informarán que así lo establece la normativa, pero si quieren votar igual no se lo pueden impedir. 

Los votantes que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde debería sufragar por motivos considerados razonables, deberá presentarse en la comisaría más cercana y pedir un certificado que acredite la distancia. En total son 60 días los que tienen para presentarlo.

Multas por infracción

En caso de no ir a votar en las PASO y no justificar el por qué, la persona deberá pagar una multa de 50 pesos. Mientras que aquellos ciudadanos que se ausenten en las elecciones generales de noviembre y no justifiquen deberán pagar una multa de 100 pesos.

 

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