Anmat prohibió la comercialización de un aceite de coco
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un aceite de coco que carece de autorización y por consecuencia es ilegal.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió a través de una publicación en el Boletín Oficial, “la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite puro de coco comestible orgánico, Producto 100% natural, Origen Malasia” por carecer de autorización de producto y establecimiento, resultando ser en consecuencia ilegales”.
La prohibición emitida por Anmat fue realizada a través de la Disposición 9024/2021 donde señala que las actuaciones se iniciaron ante la denuncia de un consumidor al Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) ya que el aceite de coco “no cumpliría con la normativa alimentaria vigente”.
A partir de la denuncia realizada, las autoridades competentes procedieron a investigar el producto mencionado y confirmaron que no exhibiría en su rótulo la información obligatoria que identifique su origen.
La Dirección de Prevención, Vigilancia y Coordinación Jurisdiccional junto a la Dirección de Fiscalización y Control a través del Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior verificaron el ingreso del producto investigado al país y tras las consultas efectuadas en las bases de datos no fue posible determinar el ingreso.
Junto con las acciones mencionadas, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Inal verificó la promoción y venta de los productos en diferentes plataformas de venta online. Por ello, notificó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria a fin de que proceda a evaluar las medidas que considere adoptar.
Luego de los procedimientos realizados, se verificó que el aceite de coco carecía de registros de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal. Al no poder ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina.
El Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del Inal recomendó “prohibir la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”.

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