Reglamentación

Cannabis medicinal: otorgaron 41 permisos para autocultivo en el país

A la espera de nueva reglamentación de la ley de cannabis medicinal, el municipio rionegrino de San Antonio Oeste entregó las primeras habilitaciones para el autocultivo con fines terapéuticos.

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MDZ Sociedad martes, 21 de julio de 2020 · 19:25 hs
Cannabis medicinal: otorgaron 41 permisos para autocultivo en el país
La cannabicultora María Eugenia Sar y su nieto Joaquín.

El municipio de San Antonio Oeste, en Río Negro, entregó los primeros 41 permisos de autocultivo con fines terapéuticos del país y así se convirtió en pionero en poner en funcionamiento una ordenanza que habilita esta práctica.

En esa localidad está en marcha una campaña de recolección de firmas para que una norma similar sea aprobada por la Legislatura provincial por iniciativa popular, con el objetivo de que el derecho reconocido para los vecinos de San Antonio Oeste, Las Grutas y el Puerto de San Antonio Este, no se convierta en un privilegio.

“Se certifica que María Eugenia Sar se encuentra debidamente inscripta en el Registro de Cannabicultores de uso medicinal”, dice el documento que acredita que esta profesora de letras de 57 años podrá seguir cultivando cannabis para tratar legalmente el Síndrome de Tourette que padece su nieto Joaquín (9).

El certificado fue extendido por el Consejo Asesor de Políticas relacionadas al Cannabis Medicinal que sella al pie con su particular logo: el tradicional símbolo de la actividad farmacéutica (una serpiente enroscada en un caduceo alado) con una hoja de cáñamo atrás.

“San Antonio Oeste es el único municipio que otorga permisos”, confirmó el coordinador del área de política de drogas de la Asociación Pensamiento Penal, Andrés Bacigalupo, quien está encabezando un estudio al respecto.

Según este especialista, hay otras siete comunas que sancionaron ordenanzas sobre autocultivo que no están en funcionamiento: los bonaerenses de Lamadrid, Hurlingham, San Vicente, Rivadavia, Berazategui y Lomas de Zamora; y el rionegrino de Viedma.

La norma faculta a “sembrar, cultivar o guardar cannabis medicinal en las cantidades que determine el médico tratante a cualquier paciente o familiar hasta el segundo grado de una persona que presente patologías diagnosticadas por profesionales con matrícula habilitante en o no puedan cultivar.

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