ATP de ANSES: ¿Cómo saber si lo cobro?
Los empleados de empresas privadas cuya facturación de agosto 2020 haya caído frente al mismo mes de 2019 y los trabajadores de actividades críticas podrán inscribirse al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y a la Producción (ATP) que impulsó el Gobierno Nacional.
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El Estado pagará desde 1 hasta 1.5 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (entre $16.875 y $25.312) a los empleados de empresas privadas y desde 1.25 hasta 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (entre $21.093 y $33.750) a los trabajadores de actividades que fueron afectadas por la pandemia de Covid-19.
La inscripción para la etapa 7 del Programa ATP será en los últimos días de octubre, para que estos trabajadores puedan cobrar sus haberes en forma completa durante noviembre.
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Para el pago, se tomará como referencia el salario del mes de julio de 2020 y se realizará a través de la ANSES, directamente en la cuenta bancaria del empleado.
Requisitos para inscribirse y cobrar el ATP
El listado de requisitos oficiales para percibir el ATP de ANSES es:
- Realizar actividades en sectores considerados críticos o tener una cantidad relevante de empleados contagiados por el Covid-19, que no estén trabajando por ser consideradas personas de riesgo o que tengan obligaciones de cuidado familiar relacionados al Covi-19.
- Pertenecer a un sector que todavía no fue habilitado a funcionar, de acuerdo a la situación epidemiológica de cada provincia.
- Tener una facturación menor que la de julio 2019.
- El beneficio no será válido para aquellos empleados que cobren más de $140.000 brutos.
¿Cuáles son los sectores considerados críticos?
Los sectores que el Gobierno considera prioritariamente afectados por la pandemia son:
- Entretenimiento
- Turismo
- Cultura
- Salud
- Deportes
- Venta de artículos regionales de cuero
- Talabartería y marroquinería
- Alquiler de equipos de transporte
- Algunos servicios ligados al transporte aéreo.
Beneficios adicionales del ATP
El ATP trae consigo una serie de beneficios adicionales para quienes fueron dispuestos a percibirlo:
- Postergación o reducción de hasta el 95% del pago de los aportes patronales: a este beneficio podrán acceder también quienes realicen actividades consideradas críticas. El resto de los sectores accederá a la postergación de las contribuciones.
- Créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos: quienes lo necesiten, tienen tiempo para solicitarlo hasta el 31 de octubre, excepto los trabajadores de la cultura que podrán hacerlo hasta el 31 de diciembre.
- Sistema integral de prestaciones por desempleo: podrán acceder las personas que cumplan las condiciones establecidas en los artículos 113 y 114 de la Ley 24.013 y en la Ley 25.371. El monto será entre $6.000 y $10.000, y podrán solicitarlo:
- Trabajadores permanentes: que tengan al menos 6 meses de trabajo con aportes en los últimos 3 años anteriores al despido o finalización del contrato.
- Trabajadores eventuales y de temporada: que hayan trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año, antes de la finalización del trabajo.