Legalizar no es legitimar
A veces, usamos adjetivos y verbos como sinónimos sin que ellos lo sean plenamente. Ya hemos dicho en un artículo anterior que los verdaderos sinónimos prácticamente no existen, que los términos pueden coincidir parcialmente y en algunos contextos, mientras que en otros no son intercambiables.
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Ello sucede, por ejemplo, con los adjetivos ‘legal’ y ‘legítimo’. Los dos se vinculan, desde lo etimológico, con lex, vocablo latino que traducimos por “ley”. Así, hallamos para ‘legítimo’ el valor de “conforme a las leyes”: El legítimo heredero del trono es el hijo mayor. En ese sentido, se acerca al valor de ‘lícito’, esto es, “justo, permitido, según justicia y razón”: Son legítimas esas acusaciones. Es legítimo su reclamo.
En este sentido, encontramos frases hechas como ‘legítima defensa’, ‘hijo legítimo’, ‘interés legítimo’ y ‘tutela legítima’, usadas en el ámbito jurídico, en donde la legitimidad está validada por el derecho; allí vemos que el contexto exige la utilización de ‘legítimo’ y no de ‘legal’: Actuó en legítima defensa y no será condenado; Enrique es hijo legítimo de ese matrimonio; Hará valer la Argentina su interés legítimo por las Islas Malvinas; La ley otorgó al abuelo la tutela legítima de esos nietos.
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En relación con el adjetivo ‘legítimo’ está el verbo ‘legitimar’, que toma los valores de “convertir algo en legítimo”, “probar o justificar la verdad de algo o la calidad de alguien o algo conforme a las leyes”, “ hacer legítimo al hijo que no lo era” y “habilitar a alguien, de suyo inhábil, para un oficio o empleo”.
Por otro lado, nos encontramos con el adjetivo ‘legal’, muy cercano a ‘legítimo’, pero no utilizable en los mismos contextos: “prescripto por ley y conforme a ella” y “perteneciente o relativo a la ley o al derecho”: La práctica de la medicina debe ser legal. No tiene aún la habilitación legal. En relación con este adjetivo, hallamos el verbo ‘legalizar’ con el valor de “dar estado legal a algo”: Debe legalizar su presencia en el país. También, “comprobar y certificar la autenticidad de un documento o de una firma”: No le puedo recibir esa fotocopia de su título hasta que no la haga legalizar.
Una duda que se presenta a menudo con el uso de la expresión ‘lo más (o menos)’ con un adjetivo y el término ‘posible’: ¿este último término varía o no? En estructuras como lo más sano posible, lo menos escandaloso posible, debe permanecer invariable, aunque el adjetivo que lo preceda vaya en plural, pues el vocablo ‘posible’ está modificando a la secuencia neutra ‘lo más’ o ‘lo menos’: Los lácteos deben consumirse lo más frescos posible (esto es, frescos lo más posible). Tratamos de dictar ordenanzas lo menos dañinas posible y de hacerlas lo más efectivas posible (o sea, dañinas lo menos posible y efectivas lo más posible).
Por el contrario, si, en estructuras similares, lo que precede a ‘más’ o a ‘menos’ no es el artículo neutro ‘lo’, sino un sustantivo, ‘posible’ debe concordar en número con dicho sustantivo, pues es a este al que modifica: Debe consumir los alimentos más livianos posibles. Traté de alejarlo con los términos menos duros posibles.
* Nené Ramallo es la directora del Departamento de Letras, de la Facultad de Filosofía y Letras de la UNCuyo; es lingüista, especialista en dialectología.