Multas de hasta $100 millones: endurecen sanciones por desmontar flora y bosques nativos
La Dirección de Áreas Protegidas de Mendoza determinó un nuevo cálculo para establecer las multas correspondientes por dañar la flora y los bosques nativos en la provincia.
La Dirección de Áreas Protegidas de Mendoza endureció las sanciones por infracciones de desmonte en de flora y bosque nativo en el territorio provincial. Determinó un nuevo cálculo para establecer las multas correspondientes, que serán de hasta 100 millones de pesos.
A través de la Resolución Nº 467, publicada este lunes en el Boletín Oficial, se aprobó el proyecto de modernización del cálculo de infracciones de desmonte de flora nativa y bosque nativo.
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La solicitud fue presentada por el Departamento de Flora Nativa de la provincia que propuso la actualización y metodología de cálculo de cobro de infracciones correspondientes a flora nativa y bosques nativos. Remarcó que actualmente se aplica la Resolución Nº 419/18, cuyos valores máximos de multas han quedado desactualizados en relación con el daño generado.
Nuevo cálculo de infracciones
Advirtieron que actualmente la metodología de cálculo de la infracción puede generar diferencias entre las sanciones aplicadas a los administrados que necesitan ser homogeneizadas para una aplicación correspondiente, y no contempla la diversidad de casos, gravedad según sea la afectación de la flora o bosques y ubicación de la misma dentro o fuera de áreas protegidas o la reincidencia.
El nuevo procedimiento elaborado por el Departamento de Flora Nativa establece que la evaluación del cálculo de la multa tendrá en cuenta la superficie afectada y se complementará con índices ambientales verificables, coeficientes de circunstancias atenuantes y un coeficiente de penalización por reincidencia.
Según resaltan desde el Gobierno provincial, el sistema garantiza consistencia con los valores aplicados, pero se destaca por aportar mayor transparencia, objetividad y replicabilidad en la graduación de sanciones, teniendo en cuenta la legislación vigente.
De cuánto serán las multas
Las sanciones previstas en esta resolución son aplicables a las actividades de desmontes y rolados que afecten cobertura vegetal nativa en sectores fuera del polígono del Piedemonte, que se encuentra regulado por la Ley N° 9414.
La norma establece un valor de 500 Unidades Fijas o Unidades fiscales por hectárea afectada. En tanto, fija que el máximo valor de multa es de 200.000 UF.
Actualmente, el valor de la Unidad Fija en Mendoza es de $500, lo que establece un cálculo de multa de $250.000 por hectárea afectada y un máximo de $100 millones de multas.
A la hora de evaluar el daño ambiental y la sanción aplicable se tendrán en cuenta una serie de factores dependiendo si se trata de un desmonte, rolado o incendio.
También si abarca un área protegida o un bosque nativo y el tipo de cobertura y el hábitat de fauna y flora amenazada.
En tanto, se establece un coeficiente de circunstancias atenuantes (CCA) que permite ajustar la sanción en casos donde el impacto pueda estar justificado o mitigado. Esto abarca obras de infraestructura, servicios públicos esenciales, proyectos con evaluaciones de impacto ambiental aprobadas, pero que incumplen lo indicado en la DIA.
Otro aspecto a considerar son los casos en que los infractores que acatan la suspensión preventiva y regularizan su situación, presentan planes de compensación ambiental/restauración. Los descargos serán analizados por Departamento de Flora Nativa, y Asesoría letrada.



