La mujer que denunció a D'Agostino por abuso sexual pidió su imputación y detención
La abogada de la expareja del exfuncionario provincial solicitó a la fiscal que avance con la acusación más grave, luego de su imputación por amenazas y tenencia de arma de fuego.
La mujer que denunció al ex subsecretario de Justicia, Marcelo D’ Agostino, pidió este miércoles a la fiscalía que impute por abuso sexual al ex funcionario y que disponga su detención.
El pasado 10 de abril, D’ Agostino fue denunciado por su ex pareja por abuso sexual reiterado y violencia de género y tras la acusación presentó su renuncia al cargo de subsecretario de Justicia en el Gobierno de Alfredo Cornejo.
Tras los primeros avances en la investigación, el ex funcionario fue imputado por la fiscal Valeria Bottini por coacción en contexto de violencia de género y por tenencia de arma de fuego. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal por el momento no decidió avanzar en una eventual imputación por el delito de abuso sexual.
En ese marco, la abogada Elena Quintero, quien representa a la denunciante, presentó este miércoles una solicitud de imputación y detención contra D’ Agostino.
Concretamente la querella exigió a la fiscalía que realice la formulación de imputación formal contra el ex funcionario provincial y ordene su detención “en razón de encontrarse plenamente configurados los presupuestos legales que habilitan la adopción de medidas de coerción personal”.
Remarcó que existen motivos suficientes para sospechar la participación punible de D’ Agostino en los hechos denunciados, los cuales revisten relevancia penal y resultan subsumibles en las figuras típicas de abuso sexual con acceso carnal reiterado, en concurso real con el delito de lesiones graves dolosas agravadas. Indican que la denuncia y las pruebas aportadas dan cuenta de “la ejecución de actos de naturaleza sexual con acceso carnal realizados sin el consentimiento válido de la víctima”.
Los argumentos de la querella
La defensa de la denunciante destaca en su presentación que este tipo de agresiones, por su propia naturaleza y fenomenología, suelen consumarse en ámbitos de estricta intimidad y, por ello, fuera de la percepción de terceros.
“La exigencia de pruebas directas, gráficas o documentales, así como la pretensión de constatar signos físicos de resistencia, se apoyan en estereotipos discriminatorios que desnaturalizan la dinámica propia de estos ilícitos”, expresa.
Frente a esta ausencia de testigos presenciales, sostiene que “la declaración de la víctima deja de constituir un mero indicio para erigirse, dogmáticamente, en la prueba central, sustancial y dirimente del proceso, con entidad suficiente para desvirtuar por sí sola la presunción de inocencia, siempre que sea sometida a un riguroso test de credibilidad conforme a las reglas de la sana crítica racional”.
Asimismo, expone los fundamentos que acreditan la veracidad del testimonio de la supuesta víctima de abuso sexual.
Advierte que se “verifica la ausencia absoluta de incredibilidad subjetiva”, agrega que “la verosimilitud del testimonio se encuentra sólidamente acreditada a partir de su coherencia interna y de su robusta corroboración periférica” y señala que “se constata una persistencia sostenida e inquebrantable en la incriminación, manifestada en la estabilidad y firmeza del relato a lo largo de todo el devenir temporal y procesal”
“Frente a la contundencia de este cuadro de sospecha, subordinar el avance de la acción penal y la formulación de la imputación a la producción previa de una pericia psicológica a cargo del Equipo Profesional Interdisciplinario carece de sustento normativo y configura la introducción de un requisito de procedibilidad ilegítimo. Las pericias psicológicas tienen como finalidad evaluar el daño en la salud mental o la extensión de las secuelas del trauma, pero no pueden sustituir la función valorativa, indelegable, del órgano acusador en cuanto a la noticia criminis que se ha puesto en su conocimiento”, sostiene la abogada de la ex pareja de D’ Agostino.
Pedido de detención por riesgos procesales
Por otro lado, remarcó que la necesidad de la detención preventiva se basa en los riesgos procesales alegando que el acusado posee un “poder institucional” como ex subsecretario de Justicia que podría incidir en el normal desenvolvimiento de la investigación penal. Esto es a raíz de los vínculos con fuerzas de seguridad y contactos institucionales de alto nivel, tanto provinciales como federales.
Asimismo, hace hincapié en que “la expectativa cierta de enfrentar una pena de prisión efectiva severa, sumada a dichos recursos, torna el peligro de fuga en un riesgo real, concreto e inminente, frente al cual la detención preventiva aparece como la única medida idónea”.
La querella también remarca que existe un peligro de entorpecimiento probatorio y riesgo de encubrimiento estructural, así como también el riesgo de supresión u ocultamiento de prueba, como las posibles amenazas a testigos.
“La permanencia del imputado en libertad no solo compromete seriamente el normal desarrollo de la investigación penal, sino que coloca en situación de vulnerabilidad extrema a la víctima y a los testigos, frustrando los fines preventivos y garantistas que orientan el sistema de medidas de coerción personal”, concluye la presentación ante la fiscalía.