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La Justicia ordenó que Cristina Kirchner vuelva a cobrar la pensión de Néstor

La Cámara Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente al pedido de la expresidenta y suspendió la baja dispuesta por ANSES. La medida es provisoria y regirá hasta que se resuelva el fondo de la cuestión.

Cristina Kirchner
Juan Mateo Aberastain/MDZ

La Cámara Federal de la Seguridad Social revirtió una decisión de la jueza federal de la Seguridad Social Karina Alonso Candis y ordenó restablecer de manera cautelar la pensión de viudez que Cristina Fernández de Kirchner percibía por el fallecimiento de Néstor Kirchner. Según el fallo al que tuvo acceso MDZ, los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini Albarenque ordenaron poner bajo suspenso los efectos de la baja que ANSES había dispuesto a través de la Resolución 2024-1092.

Los camaristas consideraron que se cumplen los requisitos para otorgar la medida cautelar solicitada por la expresidenta. En su voto, el juez Russo señaló que "corresponde otorgar prevalencia al carácter alimentario del derecho cuya tutela se persigue y a la situación de desprotección en la que queda colocada la actora como consecuencia de la decisión adoptada por el organismo".

El reclamo de Cristina Fernández de Kirchner

Cristina cuestionó duramente la baja del beneficio de asignación mensual vitalicia que percibía como viuda del expresidente Néstor Kirchner. Uno de los argumentos centrales del fallo es que el acto administrativo que dispuso la baja "no exhibe, en esta etapa inicial, un nexo causal claro y suficiente entre los motivos invocados y la baja del beneficio de pensión cuya rehabilitación se pretende".

El tribunal de alzada remarcó especialmente problemático que la ex jefa de Estado percibía "prestaciones de distinta naturaleza jurídica en su origen, que habrían sido analizadas de manera conjunta" por ANSES. Sobre el peligro en la demora, requisito clave para el otorgamiento de una medida cautelar, la Cámara afirmó de manera contundente que "no puede soslayarse que la suspensión del beneficio priva a la actora de ingresos de naturaleza alimentaria, circunstancia que resulta idónea para generar un perjuicio actual y de difícil reparación ulterior".

Los camaristas dejaron en claro que quien debe evaluar la aplicación de las penas accesorias es el juez competente en materia de ejecución penal, mas no el fuero de la seguridad social. Lo anterior cobra relevancia dado que ANSES había fundamentado la quita de la pensión por la condena por la causa “Vialidad” que cumple Cristina Fernández de Kirchner.

Sin embargo, los jueces aclararon que esto "no obsta a que, verificados los presupuestos que habilitan el dictado de una medida cautelar en el ámbito de nuestro fuero, corresponda disponer, con carácter estrictamente provisorio, la suspensión de la baja del beneficio previsional cuestionado".