La Justicia definió que el juicio por el hundimiento de ARA San Juan se realice en Santa Cruz
Lo definió la Cámara Federal de Casación al hacer lugar al pedido de la querella mayoritaria tras un planteo de jurisdicción formulado por las defensas y la Fiscalía.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación determinó que el juicio por el hundimiento del submarino ARA San Juan, donde perdieron la vida 44 tripulantes en noviembre de 2017, se realice en la provincia de Santa Cruz.
En un fallo dividido los jueces Mariano Borinsky y Gustavo Hornos hicieron lugar al pedido de la querella mayoritaria, representada por la abogada Valeria Carreras y las defensas oficiales de dos de los procesados, luego de señalar que allí se encontraba el juzgado natural de la Causa.
Los magistrados entendieron que más allá que toda la instrucción se realizó en la provincia de Santa Cruz, jurisdicción federal de Comodoro Rivadavia, es en ese lugar donde se logró avanzar la tramitación de la causa previo a la audiencia realizada el pasado 1 de octubre, donde se escucharon a las partes.
Para Hornos “La ley es nítida al determinar que la competencia territorial por hechos delictivos ocurridos en alta mar es la del juez del primer puerto argentino a que arribe el buque. Pero en el caso, la tragedia radica en que, tristemente, el Submarino ARA San Juan no arribó a puerto alguno ya que sufrió en su última misión una implosión cuyas causas y circunstancias han de ser determinadas en el juicio a celebrarse […] En definitiva frente a la incertidumbre que se advierte en relación a la circunscripción en la que se habría cometido el delito no cabe otra solución que la de seguir la regla subsidiaria establecida por la ley en materia de competencia y estar a la intervención del tribunal que previno; en el caso el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz”
Borinsky adhirió al criterio de su colega y tras señalar que la totalidad de la causa tramitó en Santa Cruz sostuvo que “pareciera que mantener la actual competencia se presenta como la alternativa que asegura la mejor, y más pronta, administración de justicia a la luz del principio procesal de economía procesal”.
En tanto, el camarista Javier Carbajo manifestó que el proceso oral y público debía realizarse en Mar Del Plata, tal y tomando en cuenta lo manifestado por el fiscal Mario Villar y la querella que representa Luis Tagliapietra.
Tagliapietra, quien también es familiar de uno de los tripulantes fallecidos, sostuvo que la implosión ocurrida por un problema generado por un circuito en las baterías de la nave se dio a más de 200 millas náuticas de Caleta Olivia y que varias de las víctimas viven en la ciudad de Mar del Plata.
En su voto, Carbajo señaló que su postura sobre la jurisdicción territorial de la causa para la realización del debate “no implica invalidar lo actuado en la jurisdicción federal de origen, reconociéndose la eficacia probatoria de la prueba reunida legalmente en aquella sede”
El fiscal Mario Villar, sostuvo la postura de su par del Tribunal Oral Federal de Santa Cruz, Julio Zárate y dijo que conductas negligentes que llevaron a la implosión del submarino se llevaron adelante en Mar del Plata y que había que probar esa negligencia.
En la causa se encuentran procesados por Incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de deberes del oficio y estrago culposo agravado por el resultado de muerte el contraalmirante Luis Enrique López Mazzeo, quien en el momento de la tragedia ostentaba el máximo cargo operativo en la Armada como comandante de Adiestramiento y Alistamiento; el capitán de navío Claudio Villamide, quien conducía la Fuerza de Submarinos; el capitán de navío Héctor Alonso y el capitán de fragata Hugo Miguel Correa.

