La Corte salvó de una millonaria sanción a dos ex funcionarios de un municipio
En un fallo dividido, los jueces Mario Adaro y Omar Palermo anularon la sanción que impuso el Tribunal de Cuentas al ex Secretario de Gobierno y la ex Directora de Hacienda de Santa Rosa.
Los jueces Omar Palermo y Mario Adaro anularon la sanción que había impuesto el Tribunal de Cuentas contra los dos ex funcionarios del municipio del Este.
ALF PONCE MERCADO / MDZLa Suprema Corte de Justicia de Mendoza anuló una millonaria sanción del Tribunal de Cuentas a ex funcionarios de Santa Rosa por pagos no justificados realizados en 2013. En un fallo dividido, los jueces Mario Adaro y Omar Palermo salvaron al ex Secretario de Gobierno y Administración y al ex Secretaria de Hacienda del municipio del Este, mientras que el ministro José Valerio había respaldado la sanción.
La resolución de la ex Sala II del máximo tribunal provincial anuló la sanción establecida en el Fallo N° 16.673 del órgano de control que había aplicado un cargo por la suma de $1.206.906,68 a Diego Maures, en su calidad de Secretario de Gobierno y Administración de Santa Rosa, y a María Valeria Cabañez, en su calidad de Directora de Hacienda.
Se trata de dos ex funcionarios de Santa Rosa de la gestión del ex intendente peronista Sergio Salgado. La sanción se aplicó a partir del análisis del Ejercicio 2023 de las cuentas de la comuna y el órgano de control determinó que se efectuaron pagos por parte del municipio por $875.000 y los responsables no aportaron documentación respaldatoria de los mismos.
Vale remarcar que estos montos corresponden a valores de hace casi una década atrás, por tratarse de una análisis del ejercicio municipal 2013 y un fallo del Tribunal de Cuentas del 2016.
Cabañez y Maures acudieron a la Suprema Corte para anular la sanción advirtieron que se trataba de un fallo arbitrario porque “no se realizaron las acciones necesarias para verificar la justificación del gasto y rectificar los pagos”.
A su vez, expresaron que a partir de febrero de 2014 se desvincularon de sus cargos públicos, dejando de ser funcionarios del municipio y que ello les ocasionó indefensión al desconocer el avance del juicio de cuentas. Alegaron que no se defendieron por haber existido problemas en la casilla de notificaciones municipal a lo que se sumó la desidia de los funcionarios que les precedieron y que debían aportar la documentación.
Fallo dividido de la Corte
La ex Sala II de la Suprema Corte de Justicia analizó la acción impulsada por los ex funcionarios santarrosinos y a través de un fallo dividido anuló la sanción impuesta por el Tribunal de Cuentas. Los jueces Mario Adaro y Omar Palermo votaron a favor de la nulidad del fallo del órgano de control, mientras que el ministro José Valerio había respaldado la medida.
Adaro planteó que existió una “falta de certeza” acerca de que los dos ex funcionarios hubieran sido notificados del emplazamiento que exige la normativa. “Se encuentra probado que eran funcionarios cuentadantes por el Ejercicio 2013 en el Municipio de Santa Rosa, y que cesaron en sus funciones a partir de febrero del año 2014”, consideró.
Agregó que el acto que debía notificarlos por el juicio de cuentas tuvo lugar en diciembre del 2015 “cuando ya hacía largo tiempo habían cesado en sus funciones, por lo que no es posible soslayar tal contexto al momento de valorar la prueba que ellos mismos aportaron a esta causa, en tanto el instrumento público requerido como sustento de la cuenta debía permanecer y ser custodiado en su ámbito municipal de pertenencia”.
Por estos motivos, el ministro de la Corte consideró que correspondía hacer lugar a la demanda por encontrarse “gravemente viciado el obrar administrativo” del Tribunal de Cuentas.
El ministro Palermo adhirió a esta postura y se impuso como mayoría la decisión de estos dos jueces del “ala peronista” de anular el fallo del Tribunal de Cuentas.
De todas maneras no se trató de una decisión unánime, ya que el juez Valerio había respaldado la sanción aplicada por el órgano de control. El magistrado indicó que “la supuesta indefensión invocada por los actores no se encuentra debidamente acreditada” y añadió que “tampoco se advierte que, de haber acontecido, les haya ocasionado ningún perjuicio defensivo”.
Sin embargo, se impuso la postura mayoritaria y la Corte salvó a estos dos ex funcionarios de Santa Rosa de pagar $1.206.906,68, a valores de hace más de 10 años.


