Diputados aprobó el proyecto de ley para habilitar desalojos de casas del IPV
La Cámara Bajo aprobó por 31 votos afirmativos contra 8 negativos la iniciativa que busca avanzar con el recupero de viviendas tras su desadjudicación por falta de pago, abandono o uso irregular del inmueble.
El proyecto de ley habilita el recupero de viviendas tras la desadjudicación por falta de pago, abandono o uso irregular del inmueble.
Prensa GobiernoLa Cámara de Diputados de Mendoza aprobó este miércoles el proyecto de ley que habilita los desalojos de casas del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) tras la desadjudicación por falta de pago, abandono o uso irregular del inmueble.
La propuesta impulsada por el Gobierno provincial obtuvo media sanción durante la sesión de hoy y obtuvo 31 votos afirmativos contra apenas 8 negativos. Entre los que se opusieron se encontraron los legisladores de los distintos bloques peronistas. Ahora el expediente será debatido por el Senado provincial.
El proyecto de ley que presentó el Ejecutivo provincial modifica las normativas para acelerar los procesos de desadjudicación y recuperación de viviendas sociales ante casos de falta de pago, abandono o uso irregular de los inmuebles. La propuesta advierte que el IPV continuará con controles para detectar y sancionar a incumplidores.
Desde el Gobierno provincial advirtieron que se han detectado supuestos de incumplimiento por parte de los beneficiarios, ya sea por mora persistente o por abandono del inmueble, desnaturalizando la función social de la vivienda y perjudicando a miles de ciudadanos en lista de espera
La iniciativa resalta que “en aquellos supuestos en los que el Instituto Provincial de la Vivienda haya resuelto una desadjudicación podrá iniciar juicio de desalojo”.
Qué dice la Ley
El proyecto aprobado elimina la necesidad de homologación judicial previa de las resoluciones administrativas de desadjudicación emitidas por el IPV. La iniciativa sostiene que estos actos administrativos cuentan con presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria, siempre que se haya respetado.
También se modifica el Código Procesal Civil, Comercial y Tributario donde se incorpora a los procedimientos de desalojo los supuestos de intervención del IPV para accionar frente a beneficiarios desadjudicados.
Concretamente incorpora un nuevo inciso al artículo 232 del Código Procesal Civil habilitando una vía procesal específica para las desadjudicaciones resueltas administrativamente por el IPV.
Desde el IPV indicaron que en 2024 hubo 20 viviendas desadjudicadas (no recuperadas), en 2025 hubo 18 viviendas desadjudicadas (no recuperadas), y en lo que va de 2026 ya hay 28 viviendas desadjudicadas (no recuperadas). Por lo tanto, con estas modificaciones propuestas se propone actualizar la propia Ley del IPV, con la intención de fortalecer el rol social del organismo, tratando de garantizar la correcta ocupación de viviendas IPV.
Durante el debate legislativo, los diputados remarcaron la importancia de darle garantías a quienes resultan adjudicatarios pero entendiendo que deben cumplir con sus responsabilidades, aspectos que fueron incorporados a la redacción del proyecto.


