Corte Suprema: respetar la tradición republicana para garantizar la estabilidad
Modificar la Corte Suprema no solo afecta al Poder Judicial. Compromete el equilibrio institucional, la previsibilidad y la confianza en las reglas del juego.

Palacio de Tribunales
Archivo MDZUna vez más, la Corte Suprema de Justicia de la Nación queda atrapada en el centro de una embestida parlamentaria. En esta ocasión, el kirchnerismo redobla la presión y propone ampliar el tribunal a nueve miembros, con “mayoría de mujeres” pero con la exigencia de quedarse con al menos tres designaciones.
Se trata de una nueva condición impuesta por el senador José Mayans, jefe del bloque de Unión por la Patria y actual presidente del PJ, en su ofensiva para moldear el máximo tribunal a medida de su espacio. Frente a esta avanzada, resulta fundamental que el oficialismo actual no ceda ante el intento de alterar el delicado equilibrio institucional que garantiza la vigencia de la República.
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Modificar la Corte afecta el Poder Judicial
La Corte de cinco miembros, establecida por ley y consolidada a lo largo de más de un siglo de vida constitucional, ha demostrado ser un modelo eficaz para garantizar independencia, agilidad y legitimidad. Sostener esa estructura no implica aferrarse al pasado: es preservar una tradición republicana que refuerza la confianza pública y envía señales claras de estabilidad política y jurídica, condiciones indispensables para que la Argentina recupere la previsibilidad que necesita para crecer.
Desde su efectiva conformación en 1862, la Corte ha funcionado con cinco jueces durante 140 de los últimos 163 años. Si bien la Constitución Nacional de 1853 preveía originalmente una Corte de nueve jueces y dos fiscales, esa disposición nunca se aplicó, ya que el tribunal no llegó a conformarse antes de la reforma de 1860, que dejó su integración librada a la ley. Esa definición llegó con la Ley N.º 27, del 16 de octubre de 1862, que estableció una Corte de cinco miembros. Las excepciones fueron breves y coincidieron con momentos de fuerte concentración del poder: en 1960 se amplió a siete; en 1966 se volvió a cinco; en 1990 se amplió a nueve, hasta que la Ley N.º 26.183, impulsada en 2006 por el primer gobierno de Néstor Kirchner, restableció los cinco miembros. Paradójicamente, hoy es ese mismo espacio político es el que insiste en modificar nuevamente su composición. Para un presidente economista como Javier Milei, hay un dato elocuente: la Corte tuvo cinco miembros durante el 85,88 % de su existencia. Esa persistencia no es casual: refleja una tradición republicana que ha sido garantía de estabilidad y equilibrio institucional.
Por supuesto, esto no implica desconocer los vaivenes económicos que ha atravesado nuestro país incluso bajo esa estructura: la estabilidad institucional, por sí sola, no resuelve desequilibrios macroeconómicos. Sin embargo, sí constituye una condición necesaria para generar confianza, atraer inversiones y sentar las bases de un desarrollo sostenido. Por eso, frente a la tentación de alterar la integración de la Corte para responder a intereses coyunturales, conviene recordar la lección de Ulises: atarse al mástil de la Constitución, resistir el canto del kirchnerismo y sostener el rumbo firme hacia una República sólida, previsible y confiable.
No es la primera vez que este espacio intenta modificar la Corte por motivos políticos. Durante la transición de Duhalde y luego bajo Néstor Kirchner, se impulsó el juicio político a cinco de los nueve jueces de entonces. Solo dos fueron destituidos; los otros tres renunciaron. En 2006 se redujo el número a cinco. Durante el gobierno de Alberto Fernández y su vicepresidenta se intentó repetir ese esquema, con un nuevo juicio político y un proyecto para llevar el número de integrantes del tribunal a veinticinco, cifra sin precedentes ni sustento técnico. Reformulado, ese proyecto obtuvo media sanción con una propuesta de quince miembros. El objetivo no fue mejorar la justicia, sino alterar la correlación de fuerzas en el tribunal. Una Corte adaptada a los intereses del poder de turno no es más democrática: es más frágil.
La Corte Suprema no está incompleta por tener cinco miembros
La Corte está aún sin funcionar plenamente porque hay dos vacantes no cubiertas por falta de consenso. La Constitución exige una mayoría de dos tercios del Senado para designar jueces. No se trata de una traba burocrática, sino de una garantía de equilibrio. Cuando ese consenso no se logra, no se puede pretender burlarlo con decretos ni reformas de ocasión: la única salida republicana es el diálogo.
También es falso que una Corte más numerosa funcione mejor. A más jueces, más demora, menos previsibilidad y mayor dificultad para formar mayorías estables. La Corte no delibera como el Congreso: debe fallar con claridad y coherencia. Más nombres no significan más diversidad, sino mayor riesgo de reparto político, debilitando la independencia judicial.
En este marco, la igualdad republicana incorpora una dimensión insoslayable. Cubrir las dos vacantes con mujeres de reconocida idoneidad no solo es posible: es necesario. No se trata de imponer cupos, sino de honrar el principio de representatividad real. La paridad se logra con mujeres que acrediten solvencia jurídica y compromiso con la Constitución, y de esas, la Argentina tiene muchas.
En tiempos de incertidumbre, sostener una Corte de cinco miembros no representa una rigidez del pasado: es uno de los pilares sobre los que se asienta una República madura. La justicia no es un compartimento estanco: es parte de la infraestructura básica del desarrollo. Cuando funciona bien, impulsa inversiones, protege derechos y ordena el conflicto dentro del marco de la legalidad. Defender esa lógica es, en definitiva, defender la República.
* Jimena de la Torre. Consejera de la Magistratura Nacional. y fundadora de Abogados en Acción.