Cancelación anticipada: la clave del IPV para que paguen los morosos
Más de la mitad de los créditos activos del Instituto Provincial de la Vivienda están en mora y cobrar esa deuda puede convertirse en un dolor de cabeza para el aparato estatal. Para alentar a los adjudicatarios morosos a cancelar sus deudas, el Ejecutivo envió a la Legislatura un proyecto -que hoy se convirtió en ley- para regularizar escrituras y cancelar de forma anticipada los créditos vigentes. La medida apunta a facilitar la escrituración definitiva de las viviendas adjudicadas, mientras que también se enfoca en mejorar el recupero financiero de la institución.
Durante el debate en el recinto, el senador radical, Walter Marcolini informó que 57% de los créditos activos en mora y que en el primer plan de regularización las arcas provinciales se alzaron con $371.300.000 entre junio de 2022 y diciembre de 2023 porque el 60% de los morosos canceló sus deudas.
Desde un sector de la oposición respaldaron la iniciativa pero hicieron foco en hacer una reforma integral del sistema de créditos del IPV. En esta línea estuvo el senador del Partido Verde, Dugar Chappel. En cambio, los senadores de La Unión Mendocina se abstuvieron de votar.
En el debate en Diputados, el radical Jorge López dio detalles sobre la mora del IPV. “De los 32.118 créditos que tiene activos el IPV, el 57% de estos créditos están en mora, lo que significa alrededor de 18.307 créditos; de esos créditos en mora, el 41% debe cuotas menores a 100 pesos mensuales, en un promedio de 33 pesos al mes”, aclaró.
“Esta herramienta permite que estas familias cancelen sus deudas. Con la anterior legislación, 20 mil beneficiarios optaron por la cancelación. Ahora, esta ley 32 mil créditos estarían en condiciones de avanzar”, agregó.
Además, López indicó que la nueva legislación de regularización ha agregado modificaciones que tienen que ver con la imposibilidad que existía para establecer el costo definitivo de la vivienda, porque había ítems relacionados con otros organismos que aún no han sido determinados. Con esta propuesta, “ya se establece ese costo y ningún beneficiario dejará de escriturar su casa por la indeterminación de algún ítem del crédito original”.
Régimen de cancelación anticipada
- Para los casos de viviendas o créditos, cuyo saldo de capital más mora total sea de hasta el monto de dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) al momento de solicitarlo, los adjudicatarios o beneficiarios del crédito podrán cancelar dicha suma con una quita del 60 %, siempre que se efectúe en un único pago y en moneda de curso legal.
- Para las viviendas o créditos que fueron otorgados hasta el 31 de diciembre de 2005 y no entran en el punto anterior, podrán cancelar el saldo de capital más mora con un descuento del 50%, siempre que se efectúe en un único pago y en moneda de curso legal.
- Para las viviendas o créditos que fueron otorgados desde el l de enero de 2006 hasta el 30 de noviembre de 2017 y no se encuentran comprendidas en el inc. a), podrán hacerlo con una quita del 40%.
- Para aquellos beneficiarios que adhieran al presente régimen y se encuentren sin mora en el pago de las cuotas correspondientes a las viviendas o créditos, obtendrán un 10% adicional en la quita contemplada en los incisos anteriores.


