Reforma judicial

Tras una tensa transición, se pone en marcha la “lotería” de la Suprema Corte

Finalmente la Suprema Corte de Justicia de Mendoza implementará el tratamiento de todas las causas a través del sorteo entre los siete miembros del tribunal.

Gianni Pierobon
Gianni Pierobon sábado, 27 de enero de 2024 · 07:00 hs
Tras una tensa transición, se pone en marcha la “lotería” de la Suprema Corte
A partir de ahora todas las causas que llegan a la Corte se sortearán entre los siete ministros del tribunal Foto: Suprema Corte de Mendoza

Luego de una transición de más de un año, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza pondrá en marcha el sistema de sorteo de todas las causas que llegan a la máxima instancia judicial de la provincia. Se trata del cambio más revolucionario que introdujo la ley de reforma del alto tribunal sancionada en octubre de 2022, en medio de un convulsionado debate legislativo. De esta manera, ya no habrá salas especializadas para los distintos fueros y el tratamiento de todos los expedientes se resolverá a través de un sorteo entre los siete jueces.

En los últimos días del 2023, los ministros dictaron tres acordadas tras alcanzar un acuerdo para implementar la última etapa de las modificaciones establecidas en la Ley 9423 que reformó el funcionamiento interno de la Suprema Corte.

La iniciativa impulsada por el entonces gobernador Rodolfo Suarez tenía como objetivo la eliminación del denominado “fórum shopping”, a través del cual un demandante podía elegir qué sala y qué miembros de la Corte tratarían su reclamo. Y el objetivo es reemplazarlo por un sistema de “colegio de jueces”.

Sin embargo, se trató de una propuesta que encontró resistencia tanto al interior del máximo tribunal como en la misma coalición oficialista, lo que dilató su tratamiento y generó que las reformas se apliquen paulatinamente.

Durante el debate legislativo del proyecto hubo cortocircuitos con el Gobierno de algunos ministros de la Corte y también diferencias internas entre los jueces “ala radical” (Dalmiro Garay, José Valerio, Pedro Llorente y Teresa Day) y el “ala peronista” (Omar Palermo, Mario Adaro y Julio Gómez).

Pero también hubo una fuerte discusión al interior de Cambia Mendoza ya que el sector del PRO liderado por Omar De Marchi, que en ese entonces era aliado del radicalismo, se opuso públicamente a la iniciativa y exigió que se introdujeran cambios, lo que obligó a que la redacción final del proyecto fuera revisada por los integrantes de la Corte, quienes acordaron con el Gobierno las reformas.

De todas maneras, el espíritu de la norma que era la eliminación del “fórum shopping” no se cambió, pero sí se dilató su aplicación. El cambio central tenía que ver con la eliminación de las tradicionales Sala I Civil y Comercial y Sala II Penal y Laboral. Las cuales además de tener fueros específicos a cargo se dividían las causas dependiendo de la quincena en la que ingresaban por sala de entradas, por lo que un particular podía elegir que tribunal trataría su reclamo.

Las modificaciones que introdujo la reforma fue que todas las nuevas causas que ingresaran serían resueltas por un tribunal que surgiría a partir de un sorteo entre los siete ministros. También determinaron que las acciones de inconstitucionalidad sean analizadas por el plenario de todos los miembros cuerpo. Sin embargo, se establecieron pasos para su puesta en marcha. La ley fue aprobada en octubre del 2022 y al mes siguiente entró en vigencia, pero solo involucrando a las causas originarias de la Corte, es decir el fuero contencioso administrativo y demandas contra el Estado.

Rodolfo Suarez fue quien presentó el proyecto en 2022.

Pero se pateó para más adelante el sorteo del resto de los expedientes que llegaban hasta el alto tribunal. El texto de la ley especificaba que a partir de julio del 2023 se debía concretar un sistema de sorteos y ponía como plazo máximo el 31 de diciembre. Sobre el límite los jueces acordaron el detalle fino de la puesta en marcha del nuevo sistema, que plasmaron en tres acordadas.

Mediante la Acordada Nº 31.428 dispusieron que a partir del 9 de febrero de 2024 la secretaria de procesos extraordinarios recepcionará los recursos provenientes de los distintos fueros. Pero entre el 1 de enero de 2024 y esa fecha la mesa de entradas de la ex Sala I tramitará los expedientes correspondientes a los fueros civil, comercial, minas, de paz letrado y tributario, familia y violencia familia. Mientras que la mesa de entradas de la ex Sala II se encargará de los que lleguen de los fueros penal, penal juvenil, contravencional y laboral.

Por otro lado, con la Acordada Nº 31.429 se dispuso que la Sala Administrativa de la Corte coordine un equipo de trabajo, con los servicios administrativos, contables, de auditoría y recursos humanos, a fin de que se eleve al Pleno del Tribunal al 1 de marzo de 2024 un proyecto de reglamentación y readecuación administrativa y contable que permita hacer efectiva una reestructuración presupuestaria.

A su vez, mediante la Acordada Nº 31.430, se aprobó el Sistema Aleatorio de Asignación de Causas (SAAC) que estableció el mecanismo del sorteo de los recursos para la etapa que se abre en el máximo tribunal.

Los reglas de la nueva “lotería” de jueces en la Corte

El SAAC fue desarrollado por la Dirección de Informática de la Corte y entró en vigencia el 1 de enero de 2024. Tiene por objetivo dotar de una aplicación de sorteos que garantice los principios de “aleatoriedad, equidad en la carga de trabajo, transparencia, explicabilidad y auditabilidad”.

Lo hizo siguiendo la premisa del sistema de sorteo para el funcionamiento del “colegio de jueces” que determinó la Ley 9.423. La norma fijó la distribución en salas de tres ministros. “Al ingreso de cada acción o recurso, siempre que la causa no sea competencia del pleno, se designará por medio de sorteo auditable a los/as tres (3) Ministros/as del Colegio de Jueces/zas que habrán de dictar la sentencia, los autos y decretos que deban ser resueltos en la causa. El/la Ministro/a sorteado/a en primer término tendrá a su cargo la dirección del proceso. El citado sorteo también determinará el orden de la emisión de cada voto y del ejercicio de las competencias”.

El sistema contará de 17 módulos que regirán todo el proceso. El primero tendrá que ver con la registración de fueros, ya que ha sido diseñado “multifuero” lo que permite que distintos ámbitos judiciales puedan utilizarlo para llevar a cabo los sorteos de sus expedientes. En este proceso se registran los fueros cuyas oficinas llevarán a cabo los sorteos.

Por otra parte se podrá registrar diferentes tipos de sorteos, cuyos ejemplos serán los siguientes:

  • Sorteo Unipersonal, en el cual el Sistema sorteará un solo Juez/a de la oficina donde se está llevando a cabo el sorteo
  • Sorteo Colegiado, en el cual el Sistema sorteará tres Jueces/zas de la oficina donde se está llevando a cabo el sorteo
  • Sorteo Plenario, en el cual el Sistema sorteará siete Jueces/zas de la oficina donde se está llevando a cabo el sorteo
  • Sorteo de Resolución de Exclusión, en el cual el sistema sorteará la cantidad de Jueces que fueran necesarios dependiendo de la cantidad de Jueces para los que se planteó una exclusión en el sorteo de origen

En tanto, el sistema permite configurar los Tipos de Sorteos que pueden llevarse a cabo en un Fuero determinado. Por ejemplo el Fuero Suprema Corte de Justicia puede hacer sorteos de tipo Colegiado y Plenario, pero no puede hacer sorteos de tipo Unipersonal. Mientras que el fuero Penal puede hacer sorteos de tipo Unipersonal y Colegiado, pero no puede hacer sorteos de tipo Plenario.

También se registran tipos de exclusiones por expediente, temporales o permanentes y por un fuero determinado. Además se permite la registración de las Oficinas del Fuero; de los siete jueces; su asociación; de materias del fuero; su asociación a las oficinas;

Otro de los aspectos que regula el sistema es el sorteo regular, que es aquel que se lleva a cabo en una Oficina respecto de un Expediente registrado en la misma Oficina. Y además el sorteo de nuevo expediente.

En este sentido, para llevar a cabo el sorteo se debe indicar el expediente que se quiere sortear y el Tipo de Sorteo que se quiere llevar a cabo (Colegiado, Plenario, …). “El Sistema obtendrá a todos los Jueces y Juezas titulares de la Oficina y, solo de ser necesario, también obtendrá a todos los Jueces y Juezas suplentes de la Oficina. Tanto para Jueces y Juezas titulares como suplentes la aplicación identificará si son sorteables o no sorteables observando las exclusiones registradas oportunamente para cada Juez o Jueza”, detalla la acordada.

Agrega que “para cada Juez o Jueza obtenido, la aplicación cuenta la cantidad de Sorteos Regulares en los que resultó sorteado como presidente o como vocal en los últimos 365 días. En el caso de que un Juez o Jueza tuviera una cantidad de sorteos inferior a un umbral determinado respecto del promedio, la aplicación le asigna ese promedio para, de esta forma, equiparar la probabilidad de resultar sorteado de todos los Jueces y Juezas titulares de la Oficina. Esta situación podría darse en el caso de la incorporación de un nuevo Juez o Jueza a la Oficina o en el caso de una licencia prolongada”. Habrá un algoritmo de selección aleatorio que aplica de ser necesario un factor de compensación.

En tanto, para el sorteo de un expediente que ya fue sorteado previamente se intentará obtener los mismos Jueces o Juezas que resultaron sorteados en el sorteo anterior del Expediente. “Si al momento de realizar el Sorteo, un Juez o Jueza ya no fuera sorteable en el Expediente debido a una exclusión, la aplicación obtendrá mediante el mismo método de sorteo, otro Juez o Jueza titular o suplente (cuando no fuera posible obtener un Juez o Jueza titular) para completar la cantidad de Jueces o Juezas necesarios según el Tipo de Sorteo”.

La aplicación desarrollada también tiene previsto el sorteo de la resolución de exclusión y la anulación, indicando el motivo por el cual es anulado, ya que no podrán ser modificados.

Archivado en