Presenta:

Mi pobre lunita tucumana

La decisión de suspender las elecciones en Tucumán para elegir al nuevo gobernador tiene sus discusiones al minuto. Nadima Pecci legisladora provincial opina en MDZ.
Juan Manzur, candidato a vicegobernador de la fórmula del Frente de Todos. Foto: Foto: Youtube
Juan Manzur, candidato a vicegobernador de la fórmula del Frente de Todos. Foto: Foto: Youtube

“Todo hombre que tiene poder se inclina a abusar del mismo; él va hasta que encuentra límites. Para que no se pueda abusar del poder hace falta que, por la disposición de las cosas, el poder detenga al poder”. Esta frase de Montesquieu, padre del republicanismo, cobro hoy materialidad con la medida cautelar de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que suspende las elecciones en Tucumán y San Juan. En ambos casos por un intento de los caudillos locales de “abusar del poder” pretendiendo un enroque eterno entre las candidaturas de gobernador y vice, burlando así el principio democrático de alternancia.

En el caso particular de Tucumán, asistimos a un nuevo intento de forzar la interpretación de la constitución local conforme sus necesidades electorales, y digo nuevo intento porque en este mismo proceso electoral, además se desobedeció la manda constitucional que obliga a los tucumanos a votar en agosto, acomodando la fecha de los comicios a la conveniencia política de los quienes son señores en Tucumán desde hace décadas.

Hoy la Corte ha puesto evidencia las enormes falencias institucionales que suceden en el interior del país, gracias a la lenta pero eficiente colonización de los tres poderes y a la ingeniería electoral diseñada para favorecer a los aparatos clientelares y nepóticos, difíciles de vencer por la meritocracia y la austeridad. Esta ingeniería que el propio oficialismo se encargó de plasmar en la constitución que hoy pretende avasallar, olvidando que en la obsecuencia del gobernador de turno fabricaron una constitución a la medida de Alperovich, siendo el mismísimo Manzur quien presidio la Convención Constituyente.

Convención Constituyente Tucumán en 1816.

En ese entonces, siguiendo los intereses de quien llevaba las riendas de la provincia cual patrón de estancia, se introdujo – además del nefasto sistema de acoples – una cláusula constitucional que expresamente disponía la facultad del vice de postularse a gobernador luego de dos periodos en esa función. Así quedo redactado el cuestionado artículo 90: “El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en sus funciones y podrán ser reelectos por un período consecutivo. El Vicegobernador, aun cuando hubiese completado dos períodos consecutivos como tal, podrá presentarse y ser elegido Gobernador y ser reelecto por un período consecutivo.

Si el Gobernador ha sido reelecto para un segundo período consecutivo no puede ser elegido nuevamente, sino con el intervalo de un período. Lo mismo resulta de aplicación para el cargo de Vicegobernador” Si bien a redacción del artículo debería haber sido más clara, igualmente sí se pueden sacar conclusiones. En primer lugar, que el art. 90 establece la posibilidad expresa de que el vicegobernador - aun cuando hubiera ocupado dicho cargo durante dos periodos – si pueda presentarse como candidato a gobernador, es decir el constituyente consideró necesario establecerlo de manera expresa por lo que, al omitir expresarse sobre dicha posibilidad para el caso del gobernador, debiera entenderse que este no puede presentarse como vicegobernador luego de dos periodos como gobernador, lo que, conjugado con el principio de periodicidad y de alternancia no debiera dejar lugar a dudas.

En segundo lugar, parece claro que esta distinción (entre la posibilidad que se da al vicegobernador y que se niega al gobernador ) cumple con el requisito de razonabilidad constitucional, y en este caso se basa en que, por las funciones y naturaleza del rol de vicegobernador, existe la posibilidad de que éste asuma las funciones de gobernador, lo que construiría de hecho un tercer periodo. Siendo imposible en el otro caso.

Elecciones suspendidas en Tucumán.

Está claro entonces que la maniobra ha redundado en una inconstitucionalidad es flagrante, solo invisible para los locales, incapaces del ver desnudo al emperador. Por suerte, aún queda vivas las llamas de la república en nuestro país, a pesar del
intento de mediático de pretender vedar la función del control constitucional de la CSJN y el sistema de frenos y contrapesos.
Es muy burdo que quienes ejercen el poder quieran renegar del sistemas que los controla. Eso sí sería un "golpe blando".

Ahora Manzur (al igual q CFK) se va a autopercibir "proscrito", tal vez se baje, talvez se podría declarar "cuestión abstracta",
tal vez se presente como un consensuado candidato a presidente por el PJ, tal vez se suspenden las elecciones para todos los cargos bajo el argumento del artículo 43 inciso 13, (que ordena a votar todos los cargos el mismo día) y tal vez tengamos elección más o menos en junio.

Lo que es cierto es que esta el poder detuvo al poder.

Nadima Pecci, Legisladora provincial por Tucumán..

Nadima Pecci, Abogada – Mg. Derecho Parlamentario. Legisladora provincial.