De cuánto será el nuevo aumento salarial para policías y penitenciarios
El Gobierno de Mendoza otorgó un aumento salarial para los policías y penitenciarios de la provincia. A través de un decreto se creó un adicional que establece un incremento del 10% con el objetivo de brindar las mismas condiciones salariales que al resto de la Administración Pública, ya que el personal de seguridad no tiene paritarias.
Te puede interesar
Sin colaboración del Gobierno, avanza la causa contra Evo Morales
La medida se aplicó mediante el decreto Nº 937, publicado este martes en el Boletín Oficial. Lleva las firmas del gobernador Rodolfo Suarez y de los ministros Víctor Ibañez (Gobierno, Trabajo y Justicia), Víctor Fayad (Hacienda y Finanzas) y Raúl Levrino (Seguridad).
En concreto se creó el Adicional Personal de Seguridad para los agentes de la Policía de la Provincia de Mendoza incluidos en la Ley Nº 6722 y para los agentes del Servicio Penitenciario incluidos en la Ley N° 7493.
La suba salarial se abonará a todo el personal policial y penitenciario que cumple funciones en forma normal, habitual y permanente y consistirá en el importe que resulte de aplicar un porcentual del 10% sobre la Asignación del Cargo del Jefe de la Policía.
El decreto especifica que este adicional tendrá carácter remunerativo no bonificable; computable para el cálculo del Sueldo Anual Complementario (SAC), comúnmente conocido como aguinaldo.
Este plus salarial se pagará en dos tramos y sobre el porcentual de su base de cálculo, 5% a partir del mes de mayo y 5% adicional a partir del mes de julio del corriente año, completando así el 10%.
Según se aclara en la norma, este beneficio para el personal policial y penitenciario de la provincia se otorgó a raíz de que a la mayoría de los sectores de la Administración Pública se les dio un adicional remunerativo no bonificable a la par del incremento salarial acordado en paritarias.
“Siendo que el Personal Policial y Penitenciario no se encuentra alcanzado por las normas de negociación colectiva del sector público, resulta necesario otorgarle las mismas condiciones salariales que a los sectores de la Administración Pública Provincial”, aclara en sus considerandos el decreto Nº 937.
Suba del Adicional por Título
Por otra parte, las autoridades provinciales también establecieron cambios respecto al Adicional por Título que cobran estos agentes. Se aclaró que estas modificaciones tendrán vigencia a partir de los haberes del mes de may y advierten que el objetivo es “incentivar la capacitación y profesionalización de las Fuerzas de Seguridad”.
Especifica que se abonará al personal policial que realizare algunos de los siguientes estudios terciarios, universitarios o de postgrado:
1- Título de Técnico en Seguridad Pública o equivalente: cinco por ciento (5%) sobre la asignación de la clase del grado de Comisario.
2- Título de Licenciado en Seguridad Pública o equivalente: veinte por ciento (20%) sobre la Asignación de la Clase del Cargo de Jefe de la Policía.
3- Títulos de post-grado relacionados con la problemática de la seguridad pública: veinticinco por ciento (25%) sobre la Asignación de la Clase del Jefe de Policía.
En tanto, el Adicional por Título para penitenciarios se abonará al personal que hubiere alcanzado algunos de los siguientes estudios:
1- Título de Técnico en Seguridad Penitenciaria o equivalente y títulos técnicos con un plan de estudio inferior a cuatro (4) años pertenecientes al tercer nivel, quince por ciento (15%) sobre la asignación de la clase del grado que revista.
2- Título de Licenciado en Seguridad Penitenciaria o equivalente y títulos Universitarios de grado con un plan de estudios de cuatro (4) años ó más, veinte por ciento (20%) sobre la asignación del Cargo del Jefe de la Policía.
3- Títulos de Posgrados relacionados con la problemática penitenciaria, veinticinco por ciento (25%) sobre la asignación del Cargo del Jefe de la Policía.
4- Títulos secundarios o equivalentes correspondientes a planes de estudio no inferiores a cinco (5) años y títulos de enseñanza media, polimodal o capacitación que demanden un mínimo de tres (3) años de estudio y que habiliten para el ingreso a las universidades o establecimientos superiores de nivel terciario, diez por ciento (10%) sobre la asignación de la clase del grado que revista.
Por otra parte, en el artículo 9º del decreto se aclara que estos adicionales tendrán vigencia también para los beneficiarios del Régimen de Retiros y Pensiones del Personal Policial y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Mendoza.

