Obra Pública

La falsa idea de la proscripción que plantea el kirchnerismo sobre Cristina Fernández de Kirchner

Desde el sector duro del kirchnerismo aducen que quieren proscribir a Cristina Fernández. Judicialmente, la sentencia por la Obra Pública sería a fin de año.

Lourdes Marchese
Lourdes Marchese domingo, 24 de julio de 2022 · 17:30 hs
La falsa idea de la proscripción que plantea el kirchnerismo sobre Cristina Fernández de Kirchner
Foto: Télam

La semana pasada, recién iniciada la feria judicial de invierno Cristina Fernández de Kirchner arremetió, a través de un video, contra la Corte Suprema y parte de la Justicia Federal, sobre todo el Tribunal Oral Federal 2 integrado por Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, el cual la juzga por presunto direccionamiento en la Obra Pública en favor de Austral Construcciones, al sostener que su condena ya está escrita. Además manifestó que “los ciudadanos y ciudadanas de Argentina se encuentran en una situación de libertad condicional".

Recordemos que el juicio por la Obra Pública, que inició el 21 de mayo de 2021, una vez finalizada la Feria, comenzará con los alegatos de la fiscalía a cargo de Diego Luciani, quien en nueve jornadas solicitará penas para los acusados, entre los que se encuentra la vicepresidenta. La Unidad de información financiera, en tanto, solicitó la absolución de los imputados.

Cuando los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahiques requirieron la elevación a juicio, dieron por probada “la compleja maniobra delictiva que fue llevada a cabo entre los años 2003 y 2015 por parte de una asociación ilícita que tuvo por finalidad sustraer y apoderarse de fondos públicos a través de distintos planes criminales, entre ellos, la defraudación al Estado nacional a través de la Obra Pública vial adjudicada a la provincia de Santa Cruz y distintas maniobras de lavado de dinero con el objeto de enriquecer a la familia Kirchner”.

En tanto, dieron por probada también la intervención de los distintos imputados que permitieron lograr con éxito tal finalidad delictiva, partiendo de “quien la dirigió y sostuvo en el tiempo Cristina Fernández de Kirchner pasando por quienes tenían a su cargo la administración de los fondos estatales destinados a la obra pública vial y los direccionaron hacia Lázaro Báez, tanto desde el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios —Julio Miguel De Vido, José Francisco López, entre otros, para culminar en el individuo que fue escogido como destinatario del enriquecimiento, el amigo personal y socio comercial de Néstor y Cristina Kirchner, Lázaro Antonio Báez”.

A raíz del mensaje de Fernández de Kirchner, viralizado a través de sus redes sociales, desde distintos sectores del kirchnerismo resaltaron que lo que se busca es la proscripción de Cristina para las elecciones de 2023. Desde la abogada del Senado, Graciana Peñafort, el senador Oscar Parrilli, el exjuez de la Corte, Eugenio Zaffaroni y hasta el ministro de Justicia de la Nación Martín Soria se refirieron de forma coincidente sobre el tema.

Zaffaroni, en una entrevista radial, aseguró que sectores judiciales “quieren obtener una condena rápida contra ella, con todo un escándalo mediático. Y luego obtener una condena firme para que la Justicia Electoral diga que no puede presentarse a ningún cargo”.

Para que ocurriera lo que aseguran respecto a una proscripción de cara a las elecciones los tiempos procesales debieran adelantarse, rechazarse cualquier planteo y que la Corte se expidiera rápidamente, algo que a todas luces es imposible desde lo fáctico. 

Supongamos que si los tiempos lo permiten, y no hay postergaciones, para el mes de diciembre previo a la feria judicial el Tribunal Oral Federal 2 dicte su veredicto y que éste fuera condenatorio como cree la vicepresidenta. Recién cuando se lean los fundamentos que en general se difieren de la lectura veredicto, ahí comienzan a correr los plazos para apelar la sentencia. Es decir que esto podría ocurrir recién después de la feria de verano. Hablamos siempre de una sentencia que no está firme y que según la modificación en el Código de Procedimiento hasta que la Corte no se expida, no se puede hablar de firmeza. Una vez conocidos los fundamentos, las partes, las querellas y la fiscalía están en condiciones de apelar si no están de acuerdo con el veredicto.

Una vez que la Cámara recibe el expediente, previo a resolver, debe convocar a una audiencia con las partes, que puede ser a través de la presentación de un memorial o la solicitud de Oralidad, donde cada parte puede exponer su postura. Ya hemos visto en otros procesos que la audiencia duró varias jornadas y justamente tenía a la vicepresidenta sentada y pudo ella misma hablarle al Tribunal de Casación

Luego de esto, la sala integrada por tres jueces está en condiciones de resolver los planteos esgrimidos. Podría incluso haber planteos de recusación, lo que demoraría aún más los plazos.

Pero imaginemos que se aceleran los tiempos. Para entonces estaríamos con suerte en el mes de mayo cuando se presentan las listas (en su vídeo la vicepresidenta dijo que el juicio comenzó justo cuando cerraban las listas para las elecciones de 2019), es decir que estaría en condiciones de presentarse porque, aunque Casación rechazara los planteos (siempre suponiendo que exista condena) quedan aún recursos para ir a la Corte, que pueden ser concedidos o rechazados, nada es automático.

Supongamos que le rechazan el recurso extraordinario, entonces puede ir en queja. Al llegar al Máximo Tribunal seguramente ya habremos pasado las PASO. Y nada dice que la Corte pueda resolver con celeridad una causa de tal envergadura y con tantos imputados.

Fue la misma Cristina Fernández de Kirchner la que criticó a los cortesanos porque se demoraron tres años en resolver sus planteos, lo que demuestra que la celeridad en la justicia es una gran deuda pendiente. Por lo tanto, hablar de proscripción de cara a las elecciones, al menos parecería una visión un tanto temeraria para degradar a la justicia que no les gusta. 

Hagamos un poco de memoria histórica para aquellos que no recuerdan lo que fue la proscripción del peronismo. 

El 5 de marzo de 1956, el gobierno de facto de Eugenio Aramburu promulgó el decreto ley 4.161 para prohibir cualquier palabra o relación con el peronismo. Ya a fines de 1955, había resuelto la disolución del partido a través del dictamen 3855, y la inhibición de todos los miembros para ocupar cargos en la administración pública y la prohibición de exhibir símbolos partidarios y de mencionar públicamente a Perón y a Evita. La proscripción se mantuvo hasta las elecciones de marzo de 1973.

Creería entonces que no podríamos igualar entonces: primero porque estamos en democracia; segundo porque hablamos de una causa penal que en caso de un veredicto condenatorio debería ser confirmada velozmente, algo de imposible cumplimiento desde lo temporal.

Y suponiendo que ello se diera luego de las elecciones, en la hipótesis que se presentará y ganará las mismas, debería analizarse la situación de la inhabilitación para ejercer cargos. Y tercero porque a todas luces y pese a que la coalición gobernante, hoy está pasando por una gran crisis, aún tiene un piso de votantes. 

Hablar de proscripción de una posible candidatura de Cristina es prácticamente improbable, al menos en términos procesales. 

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