Los insólitos valores que se cobran por el agua mineral para la minería y el petróleo
Mendoza está en pleno debate sobre qué hacer con la crisis hídrica profunda que vive y el agua es el elemento clave del futuro. Tanto que hay restricciones y los únicos fondos que hay para hacer obras tendrán ese destino: o Portezuelo del Viento u otras obras hídricas.
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El agua es lo más valioso, pero no siempre. Según el presupuesto del Departamento General de Irrigación hay actividades donde ese recurso renovable (o no tanto) no es tan oneroso. Incluso para quienes lo venden. Así, por ejemplo, para las empresas de agua mineral que hay en la provincia la "materia prima"; es decir el agua de montaña, es lo más económico y gastan más en marketing que en su producto.
Para el año 2022 el canon que deben pagar las empresas que envasan agua mineral es de 150 pesos por metro cúbico de agua. Es decir por cada 1.000 litros de agua. Es decir 0,15 centavos por cada litro de agua. En un negocio un litro de agua supera los 100 pesos. Además, hay un mínimo para cada empresa y pagan ingresos brutos. Pero quien administra el agua y cobra por la explotación de ese recurso es Irrigación. "Fíjese la obligación tributaria de abonar la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($150,00) por m3 de agua mineral que se envase, la que en su tributación no podrá ser inferior al monto fijado por este presupuesto para el tipo de uso que sustitutivamente le hubiera correspondido, si fuere el caso", dice la disposición.
Minería y petróleo
Otra de las actividades que demandan uso intensivo de agua y que generan polémica son las extractivas, como la minería (que no hay en Mendoza) y el petróleo. Irrigación puso el canon de uso del agua para la minería y el petróleo en 60 pesos cada 1.000 litros de agua. Es decir que es más barato que el agua para envasar. Claro, son calidades de agua distintas también. En en caso de que las empresas hagan fractura hidráulica, deben pagar 100 pesos por cada mil litros de agua que utilicen.
"PESOS SESENTA ($60,00) (TARIFAS 238 y 239) Fijase un canon por cada m3, de agua superficial o subterránea, utilizada con la finalidad de exploración, perforación y reparación de pozos petroleros, como también con la finalidad de explotación, plantas de tratamiento de crudo o recuperación de pozos petroleros", dice el Presupuesto. La normativa interna obliga a que se priorice el "agua de formación" para el fracking. Es decir que no se use agua limpia. Igual por ahora en Mendoza ninguna empresa está realizando esa práctica.
Si se detecta uso irregular de agua en esas actividades, se prevén multas de 750 mil pesos.