La Corte absolvió a Macho y a Blas en una causa por un corte de calles
En otro fallo que seguramente traerá repercusiones políticas, la Suprema Corte de Justicia decidió este miércoles absolver a los dirigentes sindicales Raquel Blas y Roberto Macho, en una causa iniciada en 2016 por haber cortado el tránsito durante una protesta gremial y por la cual, en 2018, habían sido condenados a la pena de tres meses de prisión en forma condicional. La sentencia absolutoria fue emitida por la Sala II y llevó la firma de los jueces Omar Palermo y Mario Adaro, con el voto en disidencia de José Valerio.
Blas y Macho habían sido denunciados y posteriormente condenados por haber encabezado una manifestación de los gremios ATE, SITEA y la CTA que cortó la calle Peltier, frente a la Casa de Gobierno, el 24 de febrero de 2016. La denuncia había sido encuadrada en el delito de entorpecimiento del tránsito vehicular, contemplado en el artículo 194 del Código Penal.
En agosto de 2018 la Justicia condenó a ambos dirigentes, muy enfrentados en su momento al gobierno de Alfredo Cornejo, a la pena de tres años de cárcel, decisión que fue impugnada por los abogados defensores de los gremialistas por considerar, entre otros puntos, que se habían registrado arbitrariedades en la valoración de la prueba y porque, en definitiva, no se había podido comprobar que efectivamente Macho y Blas habían sido los responsables de haber interrumpido el tránsito en la calle en ese momento.
Hace días nada más, la misma sala del máximo tribunal había sido objeto de la críticas furibundas de Cornejo luego de que se conociera el fallo absolutorio de Darío Maravilla, quien había sido denunciado hace dos años por evadir un control policial. “No existe desobediencia cuando el sujeto no acata la voz policial, voz de alto, que le imponía su propia detención, siempre y cuando el accionar del imputado es sin fuerza y sin mediar violencia”, sostuvieron Adaro y Palermo, también en esta ocasión con la disidencia de Valerio.
Minutos nada más tardó Cornejo en descargar su malestar en Twitter una vez conocida esta sentencia. “La Suprema Corte de Justicia de Mendoza consagró un peligroso antecedente: un hombre fue sobreseído luego de que, conduciendo un vehículo, hizo caso omiso a la orden de detención de un policía”, escribió. Y siguió: “Si escapar a la orden policial de detención es posible de manera impune, estamos frente a un problema de seguridad que va a repercutir negativamente en la sociedad mendocina. Pero lo que es peor, se está fijando un mal precedente para futuros casos de desautorización policial”. Todo hace prever que en este nuevo caso, la reacción será la misma.
La apelación de la causa de Macho y Blas llegó a la Corte, que resolvió la absolución basándose en tres argumentos, al menos, a través de los fundamentos que trascendieron de la sentencia firmada por Palermo. Para este juez “el caso presentaba problemas en relación a la autoría de Blas y Macho y la participación de las 600 personas que ocuparon la calle. Esos problemas debían resolverse explicando cómo podía acusarse a dos personas por un hecho realizado por otras personas adultas y autoresponsables”. Asimismo el magistrado entendió que “Blas y Macho ejercían legítimamente derechos constitucionales, y por ello se encontraban al amparo de una causa de justificación” y además, a su entender, “la protesta fue pacífica, breve, que interrumpió solo parcialmente el tráfico vehicular, pues existían numerosas vías alternativas para circular, y que el corte en cuestión no tuvo lugar en horario pico”. El fondo de la absolución, tanto para Palermo como para Adaro, estuvo centrado en que “en las manifestaciones sociales en un sistema democrático y republicano se debe proteger la expresión de desacuerdo con los gobernantes”.
Esta es la segunda absolución que logran estos dos mismos dirigentes por parte de la Justicia en causas similares. La anterior había llegado hace tres años, por parte de un juez federal, luego de que habían sido condenados en primera instancia a la pena de tres años y 15 días de prisión por un corte del ingreso al Aeropuerto producido en otra protesta de 2014.