Cárceles: la Corte advirtió que faltan plazas para casi 800 presos
En el fallo que declaró constitucional la prisión perpetua, volcó cifras acerca de la sobrepoblación carcelaria: señaló que hay 4.858 personas alojadas y 4.069 plazas. En este contexto, es más probable que en treinta y cinco años se encuentre la muerte antes que la libertad", advirtió Omar Palermo.
La Corte provincial resolvió que es constitucional la prisión perpetua, pero advirtió que los presos no acceden hace más de una década (desde 2008) al derecho de la conmutación de penas y puso también el ojo en el problema crónico del hacinamiento carcelario.
El ministro Mario Adaro volcó en la sentencia del caso Martearena datos actualizados de la carencia de lugares en los establecimientos penales de la provincia. Especificó que, hasta mediados de setiembre, había 4.858 personas alojadas y 4.069 plazas. O sea, un déficit de casi 800 camas.
Adaro hizo referencia en el fallo a datos de la propia intranet del Servicio Penitenciario Provincial y mencionó un informe de la Dirección de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia, que funciona bajo la órbita de otro ministro de la "minoría" dentro de la Corte: Omar Palermo.
En el informe de esta dirección se señalan "entre otras falencias, la actual situación de sobrepoblación en los distintos establecimientos carcelarios", sostuvo Adaro; y recordó que desde la Corte "se emitieron decisiones mediante las cuales se dispusieron una serie de medidas tendientes a paliar la actual situación para las personas privadas de su libertad".
En este sentido, se refirió a la acordada 29.510, que estableció un acuerdo entre la Suprema Corte de Justicia, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Publico de la Defensa sobre la situación de las personas privadas de libertad en contexto de pandemia.
El punto de las condiciones materiales de encierro fue desarrollado también por el ministro Palermo. "La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado con toda claridad los graves problemas que presenta el encarcelamiento en la región. A ello deben sumarse: las dificultades particulares que genera la convivencia en lugares cerrados con iluminación y ventilación deficiente, con baños dentro o fuera de la celda en precarias condiciones, camastros insuficientes y colchones en pisos; el desarrollo de una vida de encierro bajo condiciones estructurales insuficientes que no alcanzan en cantidad ni calidad a todas las personas encarceladas, como el acceso a la salud, medicación, la posibilidad de tratamientos con continuidad, la educación; el cuadro general de situación, la insuficiencia de personal de custodia y del resto de las áreas necesarias, cuya capacidad de trabajo y modalidad de intervención se ven condicionadas y superadas por la demanda y la cantidad de personas encarceladas", detalla Palermo.
Y agrega: "Todo ello conduce a una institucionalización deshumanizante que tiene efectos físicos, psicológicos y sociales devastadores sobre las personas privadas de libertad. En este contexto, es más probable que en treinta y cinco años se encuentre la muerte antes que la libertad".
Para Palermo, "lo expuesto demuestra la inconveniencia político-criminal del plazo de treinta y cinco años de encierro como presupuesto para la obtención de la libertad condicional".
"Sin embargo, esta crítica no es suficiente para declarar sin más su carácter inconvencional", aclaró este ministro, quien, como todos, votó a favor de la constitucionalidad de la prisión perpetua.