Reveló el punto débil

Un caso desgarrador pone en jaque a los juicios por jurado

Desde que comenzó a aplicarse esta herramienta, los resultados han sido positivos y bien ponderados. Sin embargo, un caso que llegó a la Suprema Corte enciende las alertas sobre una posible falencia del sistema. De no corregirse, podría sentenciar su futuro.

Mariano Bustos
Mariano Bustos domingo, 17 de enero de 2021 · 07:14 hs
Un caso desgarrador pone en jaque a los juicios por jurado

El caso es desgarrador y pone la piel de gallina. Un hombre asesinó a golpes a su hijo de un año y nueve meses ante la mirada pasiva de la madre de la criatura. Ambos fueron sometidos a un juicio popular y condenados a prisión perpetua por homicidio agravado por el vínculo. En el caso de padre, Sebastián Tizza, fue encontrado culpable como autor material y la madre, Celeste González, condenada por homicidio por omisión considerando que no frenó la golpiza ni tomó acciones para asistir rápidamente a su hijo en un centro de atención. El problema es que para un juez de la Corte la mujer podría ser inocente y es allí donde todo el sistema entra en crisis.

Los abogados defensores de Celeste González presentaron un recurso de casación entendiendo que su representada fue injustamente condenada. El caso llegó a la Corte mendocina y el juez Omar Palermo consideró que "existe una muy alta probabilidad de que la mujer acusada por no evitar la muerte de su hijo haya sido condenada por errores judiciales". "Dicho de otro modo, se advierte la posibilidad seria de que una persona inocente haya sido injustamente condenada", esgrime en su voto el magistrado.

Esa posibilidad pone en crisis a todo el sistema de juicio por jurado porque revela las limitaciones técnico legales que existen para revisar ese tipo de situaciones. Es decir, el problema que esconden los juicios por jurados es la imposibilidad de dar vuelta una decisión tomada por el jurado pese a que existan dudas puntuales sobre la culpabilidad o inocencia.

"La salida de esta paradoja es la realización de un nuevo juicio a la acusada con un jurado que cuente con instrucciones claras que le permitan llegar a la verdad, reduciendo al mínimo las posibilidades de error", postula Palermo como opción para no tensionar el sistema de juicios por jurados que ha demostrado resultados positivos al margen de esta situación particular.

Para Palermo, pueden haber existido vicios graves en el proceso que llevó a los 12 jurados a condenar a Celeste González argumentó que esos errores pueden ser producto de instrucciones poco claras a los jurados. "Que el jurado popular constituya una herramienta fundamental de diálogo institucional entre el sistema de justicia y la ciudadanía no significa que pueda prescindirse de las reglas debido proceso legal. En este sentido, la tarea que el Poder Judicial está obligado a desempeñar sigue siendo fundamental, pues a través de las instrucciones se le suministra al jurado el camino lógico-jurídico que debe seguirse para llegar al veredicto de inocencia o culpabilidad", esgrime.

"Lo insinuado en el párrafo precedente se explica en que, en el juzgamiento de la madre de la víctima, Celeste Yanina González Zárate, se advierten una serie de vicios graves que generan la alta probabilidad de que su declaración de culpabilidad y su condena sean erróneas. Dicho brevemente, existe en el caso de autos un riesgo de error judicial, inducido por falta de instrucciones precisas al jurado, que puede tener como consecuencia dramática la condena a prisión perpetua de una persona posiblemente inocente", fundamenta.

En base a esos argumentos señala que "la realización de un nuevo juicio con todas las garantías constituye la mejor manera de defender el juicio por jurados". "Las falencias son normales en un sistema que lleva muy poco tiempo de implementación. Pero el sistema no se perfecciona ocultando sus defectos o sus problemas de funcionamiento, sino visibilizando los mismos y procurando su corrección", sostiene.

Pero la postura de Palermo se chocó con una pared técnico jurídica que fue defendida por otros dos jueces del máximo tribunal: José Valerio y Mario Adaro. Básicamente, estos explican que la sentencia del jurado no puede ser revisada salvo por cuestiones procesales específicas y que lo que deciden esos doce jueces populares por unanimidad no puede cambiarse por las "dudas" de un juez.

"Las preocupaciones de los jueces de revisión, sus dudas «no son suficientes para anular el veredicto del jurado por arbitrario", afirma Valerio y explica que también para esa instancia aplica la regla establecida en la ley 9106  de que los jueces técnicos no deben actuar como el jurado N° 13. Allí se establece que "sólo los doce miembros del jurado que deliberan y dictan el veredicto en forma unánime, con el que en definitiva se declara culpable o no culpable al acusado en nombre del pueblo".

"Esta regla en instancia de revisión implica la no intromisión en el veredicto, esto es en la decisión del jurado, por parte del tribunal revisor. Así, aquella decisión del jurado popular sólo podrá ser revocada bajo el argumento de que es arbitraria o que no puede ser respaldada por la prueba producida cuando es imposible la conclusión a la que llegaron", sostiene y remarca que en el caso en análisis no se da ninguno de esos dos hechos.

"Si no hay errores en la imputación, como debe suponerse, no hay forma de determinar la base sobre la que el jurado llegó a su conclusión. Pero esto no exime al tribunal de revisión de la necesidad de articular las bases sobre las cuales considera que la conclusión alcanzada por el jurado fue arbitraria. No es suficiente que se haga referencia a una vaga inquietud o a una duda persistente basada en su propia evaluación de las pruebas. Mientras que una 'duda persistente' puede ser un poderoso detonante de un escrutinio minucioso de la prueba, no es, sin mayor articulación de las bases para dicha duda, una base adecuada sobre la cual interferir con las conclusiones del jurado", finaliza desmereciendo los argumentos planteados por Omar Palermo para pedir un nuevo juicio para revisar la condena de Celeste González.

Incluso agrega que al jurado se le dieron elementos para analizar la posible situación de violencia de género del caso y que las evidencias que ponderaron los integrantes permite arribar al veredicto condenatorio al que llegaron.

La disyuntiva que se presenta y que torna aún más complejo el asunto es que si se da lugar al planteo de Palermo se abre la puerta a que todas las condenas por jurado sean recurridas y exista la posibilidad de revisarlas. Pero al blindar las sentencias populares como plantea Valerio se corre el riesgo de impedir que se revierta un fallo contra un inocente.

El caso

En una primera instancia tanto Tizza como González estaban acusados de haber matado a su hijo por omisión. Es decir por no haberlo hecho atender y fallar como progenitores del niño. Sin embargo, la madre luego declaró ante el Ministerio Público que fue Tizza quien le causó las lesiones fatales al bebé de un año y nueve meses. En concreto, dijo que "al ingresar al cuarto donde estaba su hijo llorando, vio cómo Tizza lo golpeaba". En base a ese testimonio al padre se lo acusó de lesionar y causa la muerte, mientras que a la madre de no realizar las acciones necesarias para salvarlo.

Según consta en el expediente González explica suficientemente qué hizo después de los hechos de violencia. Allí explica que "atendió al niño luego de agresión de Tizza -interrumpida, como se dijo, mediante su intervención-, le dió agua, advirtió que vomitaba y lo cambió y limpió; y cuando transcurrido un tiempo el niño se desvaneció, ella intentó revivirlo mediante ejercicios de respiración boca a boca mientras esperaba que los busquen para ir al hospital".

Se encontraban en una zona rural en horas de la noche y González no tenía vehículo por lo que tuvo que esperar a que llegase al lugar el tío que la llevaría al hospital.

"No puede afirmarse sin más que la mujer tenía capacidad de llevar a cabo una acción de salvamento si estaba expuesta a soportar la violencia de Tizza. Para que el resultado muerte pueda imputarse a una omisión como si hubiera sido causada por esta última, es necesario que se tenga por cierta en el juicio la hipótesis de que, de haberse llevado a cabo la conducta debida, el resultado no se hubiera producido solo puede imputarse a González la muerte de su hijo si pudo probarse con una probabilidad rayana a la certeza que de haber llevado al niño al hospital antes de lo que lo hizo la muerte de V. no se hubiera producido o al menos sus posibilidades de salvamento hubieran aumentado considerablemente. Pues bien, ni las pruebas producidas en el debate ni las instrucciones acercadas al jurado apuntan a determinar si el niño se hubiera salvado en caso de haber llegado antes al hospital. Como puede advertirse, se trata de un déficits de enorme trascendencia, pues constituye la prueba decisiva para la imputación del homicidio como delito consumado y, sin embargo, nada se dice al respecto", manifiesta Omar Palermo para fundar su postura y pedir que se vuelva a realizar un juicio por jurado contra González atendiendo concretamente a esas situaciones.

El fallo completo

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