Por Pablo Salinas

Opinión: En defensa del Comité Provincial Contra la Tortura

El abogado y profesor universitario, da su postura ante el proyecto de ley que quiere modificarlo.

Redacción MDZ Online martes, 28 de julio de 2020 · 21:27 hs
Opinión: En defensa del Comité Provincial Contra la Tortura
En la Legislatura buscan modificar el Comité contra la tortura de Mendoza. Foto: Gobierno de Mendoza

El Comité local contra la Tortura fue creado por la ley 8284 hoy vigente en la Provincia de Mendoza. Y dispone:

Artículo 1º - Creación: Créase la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes con sede en la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza, como organismo descentralizado, independiente y con personalidad jurídica propia, funcionalmente autónomo y financieramente autárquico. Esta Comisión será el órgano de aplicación en la Provincia de Mendoza del Protocolo Facultativo de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobado por Ley Nacional 25.932. Tendrá plena capacidad para actuar en los ámbitos del derecho público y privado en ejercicio de las funciones asignadas por la presente ley o las que se dispongan por normativa específica con independencia técnica, jerárquica y funcional respecto a cualquier otra autoridad, órgano u organismo provincial. Se guiará por los principios de confidencialidad, imparcialidad, no selectividad, universalidad y objetividad.

Artículo 2º - Composición: Integran la Comisión Provincial de Prevención el Procurador de las Personas Privadas de Libertad, quien ejercerá las funciones de Presidente del Organismo, y un Comité Local para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes integrado por representantes de organizaciones no gubernamentales. Contará con un Secretario Ejecutivo que tendrá a su cargo todos los aspectos organizativos de la Comisión. Cuando las necesidades del servicio lo exijan, el Procurador de las Personas Privadas de Libertad podrá designar un Procurador Adjunto.

Artículo 3º - Competencia: La Comisión Provincial de Prevención actuará en la defensa y protección de los derechos y garantías consagrados en los Tratados Internacionales, la Constitución Nacional, Provincial y las leyes, de toda persona que se encuentre o pueda encontrarse privada de su libertad de cualquier modo, en cualquier tipo de establecimiento bajo jurisdicción y control del Estado Provincial.

Este comité viene funcionando hace ya muchos años en defensa de la ley y por el respeto de los Tratados Internacionales, la Constitución Nacional y Provincial.

Este comité no nace de un repollo, es el heredero del Comité que integraron distinguidos hombres mendocinos: el profesor Luis Tribiño, el médico Roberto Chediak y el Padre Jorge Contreras.

Hoy lo integran personas dedicadas a la defensa de los derechos humanos como Eugenio Paris, un sobreviviente del D2 e integrante del EPM de Mendoza; Fernando Rule, un histórico referente y dirigente de los organismos de derechos humanos de la Provincia que consiguió junto a otros llevar a juicio a la pata civil de la dictadura; Ana Sosino, una trabajadora social fundadora de Selfi (organismo para la protección de los pibes de barrios populares); Guillermo Rubio un destacado abogado que vive en San Rafael y miembro de la Liga Argentina por los Derechos Humanos que vela por los derechos de las personas privadas de libertad en el sur; Richard Ermili Presidente de la APDH y también abogado; Patricia Farina y Marta Remón, educadoras en contextos de encierro; Gretel Godoy trabajadora Social; Mercedes Duberti abogada e integrante de la Asociación Xumek y Ana Totera trabajadora social recibida con altos promedios y con felicitaciones por su rendimiento académico.

Por lo tanto, eliminar este comité, al menos debería producirnos preocupación y más teniendo en cuenta que sus integrantes son ad honorem. Si, escucharon bien, son ad honorem, lo que quiere decir que tienen los deberes y obligaciones de los funcionarios públicos, pero no tienen los derechos de los mismos y hacen su trabajo para ayudar a personas vulnerables sin cobrar un solo centavo del Estado.

La propuesta de reforma pretende, entre otras cosas, reducir los miembros a cuatro y dejar uno solo por la sociedad civil y los demás funcionarios públicos que de uno u otro modo responden al ejecutivo con lo cual la esencia del Comité contra la tortura como mecanismo de control institucional sencillamente desaparecerá y con él desaparecerá el esfuerzo generacional de años tras años que produjeron el Profesor Luis Tribiño, el Dr. Chediak y el Padre Jorge Contreras.

Que pena que se intente reformar un organismos de control y reducirlo a la nada justamente con el argumento de ampliar la participación. Se produce la paradoja, en palabras del escritor uruguayo Eduardo Galeano, de que en nombre de la participación y de la amplitud justamente desaparezca la participación y la amplitud y lo que es peor a los ojos de la sociedad que de personas de a pie y sin cobrar un centavo pasemos a miembros de la elite política que seguramente no tendrán los mismos fines altruistas y filantrópicos que tienen los actuales integrantes que se ven gratificados solo por poder mejorar la vida de personas de un grupo altamente vulnerable de la sociedad.

Hago un llamado público a defender la ley 8284, a la institucionalidad y a los mecanismos de control de la Provincia de Mendoza que es reconocida en el país por no tener reelección del gobernador y por tener una alta institucionalidad.

No podemos permitir el avasallamiento de las instituciones en nombre de las mismas instituciones que se pretenden avasallar y la eliminación de un mecanismo de control en nombre de mayores controles.

El árbol muchas veces no nos deja ver el bosque y hoy no se trata de grieta ni de política, hoy se trata de defender un logro de grandes hombres mendocinos que seguramente también defenderían a sus sucesores con la misma pasión con la que yo pretendo hacerlo.

*Pablo Salinas, abogado y profesor universitario

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