Blanqueo: el Gobierno habilitó la opción de pedir una tarjeta de débito para gastar los dólares declarados
A diez días de que finalice la primera etapa de blanqueo de capitales, el Gobierno nacional dio un paso hacia "la convivencia de monedas", tal como había adelantado el ministro de Economía, Luis Caputo, en su streaming. En este marco, el Banco Central (BCRA) emitió la Comunicación "A" 8106 en la que establece que los titulares de las Cuentas Especiales de Regularización de Activos (CERA) podrán pedirles a los bancos que les emitan una tarjeta de débito para gastar los dólares ingresados al país.

Te puede interesar
ARCA: cómo evitar las multas de $400.000 por incumplimientos fiscales
No solo habilita la opción de plásticos, sino también de "otros medios de pago", lo que le abre las puertas a las billeteras virtuales para que puedan entrar en juego.
La medida establece que si la cuenta es en dólares, los gastos deberán ser directamente en esa moneda, sin una operación cambiaria. Y esta, es la principal diferencia con la operatoria actual, en la que los consumos en divisas, y a la hora de pagar, el monto se convierte a pesos.
De esta manera, la principal diferencia de estos plásticos respecto de las tarjetas bimonetarias, ya que estas últimas están asociadas a una cuenta de las mismas características y es el cliente quien decide en qué moneda -peso o dólar- pagará.
Además, la Comunicación fijó como tope de gasto U$S100.000. Dinero que saldrá de la cuenta CERA en cualquier compra debidamente documentada. En tanto, aquellos consumos que superen este límite deberá optar por una de las alternativas disponibles para inversiones productivas a través de bienes muebles.
Un dato no menor es que los bancos deben trabajar para desarrollar y poner en marcha estas tarjetas especiales para el blanqueo.
¿En qué se puede invertir para el blanqueo?
- Títulos públicos: emitidos por Estado nacional, provinciales, municipales y/o CABA
- Certificados de participación: fideicomisos para inversión productiva, inmobiliaria, infraestructura y financiamiento pymes
- Cuotapartes de fondos comunes de inversión abiertos y cerrados
- Acciones colocadas por oferta pública
- Obligaciones negociables
- Cheques de pago diferidos
- Pagarés bursátiles
- Títulos públicos/valores en fondos de riesgo de sociedades de garantía recíproca.
- Operaciones onerosas: proyectos inmobiliarios iniciados a partir del 8 de julio de 2024 o que, a dicha fecha, tengan un grado de avance inferior al 50%
- Vehículos que cumplan con las condiciones propuestas por la resolución.
- Contratos de locación de obra o símil naturaleza.
Además, en el caso de los bienes muebles, los fondos declarados podrán tener como destino inversiones productivas entra las que se encuentran maquinaria agrícola, maquinaria vial, maquinaria para la construcción y para la industria en general; pick ups; automóviles de cualquier tipo; motocicletas de cualquier tipo; bienes de consumo durables como lavarropas, televisores, etc; celulares; bombas y compresores; bienes tecnológicos como estaciones, antenas, routers, chips; computadoras; vehículos; grupos electrógenos; instrumentos de medición; buques de carga; herramientas eléctricas; y bienes tecnológicos como monitores; entre otros.
