Paquete fiscal: cambio clave para Autónomos y alivio en Bienes Personales
El Gobierno nacional envió anoche al Congreso el borrador de la nueva versión de la Ley Bases y la Ley Fiscal. Dentro de ese nuevo paquete se incluyen desde la delegación de facultades al Poder Ejecutivo para avanzar con la reforma del Estado y la eliminación de fondos fiduciarios, la lista de empresas públicas a privatizar total o parcialmente y la declaración de emergencia para cuatro sectores de la economía. Al mismo tiempo, se presentó el proyecto que modifica el impuesto a las Ganancias (desde ahora sobre los Ingresos) tanto para los trabajadores en relación de dependencia como para Autónomos, lanza una amplia moratoria impositiva y previsional, establece un blanqueo de activos y cambios en los límites del Monotributo.
Las magnitud de los cambios que propone el Gobierno no solo va a exigir debate en el Congreso hasta que se consagre la redacción final del proyecto de ley, sino también explicaciones y precisiones técnicas, De ahí que conviene repasar minuto a minuto que conocemos sobre cada una de las medidas.
Impuesto sobre los Ingresos personales (antes Ganancias)
Los trabajadores en relación de dependencia comenzarán a pagar el impuesto a los Ingresos Personales (antes Ganancias sobre la cuarta categoría) a partir de $1.800.000 para los solteros y en el caso de casados con dos hijos a cargo desde $2.300.000.
Hay que tener en cuenta que se trata de un límite calculado en sueldos brutos y no estará alcanzado por el impuesto el aguinaldo. También se definió que no habrá aplicación retroactiva tanto por el impuesto que habría correspondido pagar en enero, febrero y marzo de este año, como para el último trimestre del 2023 donde no se retuvo Ganancias sobre la cuarta categoría por la suspensión por decreto que habían decidido Alberto Fernández y Sergio Massa en medio de la campaña electoral.
También hay cambios en las escalas que ahora arrancan en 5 % y suben a 9 % a partir de ingresos de $ 2.400.000 y a 12 % en $ 3.6000.000 como ejemplo.
La actualización del mínimo no imponible en Ingresos personales (antes Ganancias) se va hacer anualmente a partir de enero de 2025 siguiendo el Indice de Precios al Consumidor del Indec, pero el Gobierno queda facultado a modificarlo durante el 2024 en el caso que se registren alteraciones macro que modifiquen la ecuación del impuesto sobre los salarios.
Es el mismo esquema que se había fijado para la actualización del mínimo no imponible de Ganancias sobre salario en el gobierno de Mauricio Macri y que despues fue dejado de lado por Massa cuando se aceleró mas la inflación en el gobierno de Alberto Fernández y Cristina Fernández de Kirchner al punto que en un año se actualizó cuatro veces por decreto.
Al mismo tiempo quienes tributen el impuesto cedular que se triibuta sobre las rentas producto de dividendos, compra-venta de títulos valores, inmuebles y transferencia de derechos sobre inmuebles tambien pagarán alícuotas menores que arrancan, igual que el impuesto sobre los Ingresos personales, desde 5 %.
Dos cambios clave: alivio para Autónomos y el principio del fin de Bienes Personales
El proyecto de ley fiscal que Javier Milei envió a los bloques aliados en el Congreso tiene dos guiños directos a sectores que hasta ahora habían sido abandonados a la hora de llevar algún alivio tributario. Sin dudas, el cambio más grande que se registra es en el mínimo no imponible de Ganancias para la categoría de los Autónomo-Responsable Inscripto.
El salto en la presión tributaria para quienes debían salir del Monotributo y pasar al Régimen General como autónomos siempre fue sideral y en gran parte eso se debió a que por una mera voluntad recaudatoria el Estado siempre mantuvo en niveles muy bajos el mínimo no imponible en Ganancias para esa categoría.
Hasta ahora el piso de cálculo del impuesto a las Ganancias para Autónomos arrancaba en algunos casos en $ 435.000, pero durante todo el año pasado mientras se subía el mínimo no imponible para la Cuarta Categoría hasta llegar a eliminarlo, el de los contribuyentes del régimen general se mantuvo en $ 180.000.
La inequidad entre ambos sistemas fue tremenda durante años y de hecho la salida del Monotributo por excederse de los límites de facturación siempre fue vista como una condena letal por los contribuyentes.
La ley fiscal ahora prevé una actualización del mínimo no imponible para Autónomos que multiplica los niveles actuales y lo acerca al cálculo de los trabajadores en relación de dependencia. Así para un Autónomo soltero y sin hijos el mínimo final real pasaría a $ 1.159.000 y para un casado con hijos $ 1.644.000.
Es decir, que el mínimo anualizado llegaría a dejar afuera del impuesto a una ganancia neta de $ 13.000.000 para solteros y de $ 19.000.000 para casados.
Como complemento directo del blanqueo que se lanza dentro de la ley y que contempla hasta la posibilidad de ingresar al sistema sin pagar impuestos, siempre que se conserven las condiciones de blanquear activos que no estén involucrados en procesos delictivos, hasta U$S 100.000, se introduce una modificación doble al impuesto a los Bienes Personales.
Por un lado se crea una categoría de ingreso especial a BP por cuatro años y hasta la eliminación del tributo, algo similar a una disposición que había establecido Mauricio Macri en el blanqueo que lanzó a comienzos de su gobierno pero que después fue derogado por Alberto Fernández, al menos en lo atinente al final de Bienes Personales.
Además, se establecen nuevos límites a Bienes Personales y un nuevo mínimo no imponible que impactará directamente en la clase media. A partir de la sanción de la ley el MNI de BP pasará a $ 100.000.000 y en el caso de tratarse de la casa habitación de la familia el activo quedará exento de pagar el tributo hasta $ 350.000.000, una actualización lógica tras la devaluación de todos los dólares que sirven de referencia real para el mercado inmobiliario.


