Ante la caída de la recaudación el Gobierno fijó un nuevo anticipo de Ganancias
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un pago adelantado de 15% sobre el Impuesto a las Ganancias, aplicable a empresas que hayan declarado facturación por más de $600 millones el año pasado y no pagaron el tributo por pérdidas anteriores.
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La medida se tomó en momento en que el Gobierno busca cerrar un nuevo acuerdo en Washington con el Fondo Monetario Internacional (FMI), una dura negociación en la que el organismo financiero multilateral exige un mayor recorte del gasto y baja del déficit fiscal, además de una devaluación para sincerar en algún sentido el tipo de cambio.
Pero también es una respuesta del Ejecutivo a la menor recaudación por baja de la actividad económica, por lo que una vez más apunto al sector empresarial, como fuente de recursos, en lo que trajo a la memoria el llamado impuesto a la riqueza en 2021.
La Resolución General 5391/2023 de la AFIP, publicada ese viernes en el Boletín Oficial indica que "los sujetos alcanzados deberán considerar la declaración jurada del impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2022, en el caso de que el cierre de ejercicio hubiera operado entre agosto y diciembre de 2022, ambos inclusive”.
Los detalles
El pago a cuenta se debe determinar al aplicar el 15% sobre el resultado impositivo, sin tener en cuenta la deducción de los quebrantos de ejercicios anteriores, una suma que deberá ingresarse en tres cuotas.
Se aclara que quedan excluidas del pago a cuenta "aquellas personas jurídicas que cuenten con un certificado de exención del impuesto a las Ganancias -vigente en los períodos comprendidos en los párrafos primero y segundo del artículo 2°-, en los términos de la Resolución General N° 2.681, sus modificatorias y complementarias".
Además, se especifica que el pago a cuenta corresponde al período fiscal 2022, no obstante, aquellos contribuyentes cuyos cierres de ejercicio hubieran operado entre enero y julio de 2023, ambos inclusive, "deberán considerar la declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2023".
Serán, entonces, tres pagos mensuales y consecutivos, según el siguiente calendario: