Guía para calcular tu aguinaldo y saber cuándo lo cobrás
El Sueldo Anual Complementario (SAC), también conocido como aguinaldo, es un salario adicional que perciben todos los trabajadores y se paga en dos partes: la mitad en junio y la otra mita den diciembre.
De acuerdo con la Ley 27.073, el empleador debe pagar el aguinaldo antes del 30 de junio y antes del 18 de diciembre, pero la misma ley indica que se pueden extender hasta al menos 4 días de la fecha.
En algunos casos, se paga más del 50% a mediados de diciembre y el restante a fin de mes. Esto tiene que ver con que, generalmente, en el último mes del año hay aumentos salariales y el empleador debe esperar a fin de mes para saber cuál fue el mejor salario del año que percibió el empleado.
¿Cómo se calcula el aguinaldo?
Según el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para calcular el aguinaldo hay que aplicar la fórmula “salario / 12 x los meses trabajados” (salario dividido 12 por los meses trabajados)
- Trabajadores con menos de seis meses de antigüedad: el trabajador empezó en marzo de 2017 y su salario es de 3.000 pesos, por lo que el aguinaldo de junio es de 1.000 pesos. Se divide el sueldo por 12 y se multiplica por 4 ya que solo se trabajaron 4 meses (marzo, abril, mayo y junio).
- Trabajadores con menos de seis meses de antigüedad: el trabajador ingresó a su empleo hace 4 años y su salario es de 5.000 pesos, por lo cual el medio aguinaldo de junio es de 2.500 pesos. Se divide el mejor sueldo del año por 12 y se multiplica por 6.
“Si durante el semestre la trabajadora no trabajó todos los meses (ya sea porque empezó a trabajar recientemente o porque se extinguió el contrato) hay que pagarle el proporcional a los meses trabajados”, explicaron desde la página del Gobierno.
Aguinaldo en las pequeñas empresas
La Ley 24.467 promulgada en el año 1995 contempla que las pequeñas empresas pueden dividir el SAC hasta en 3 periodos siempre y cuando lo establezcan los convenios colectivos entre el empleado y empleador.
Un ejemplo es el caso de los trabajadores gastronómicos de hoteles y restaurantes. El Convenio Colectivo 389/2004 dispone que el aguinaldo se puede abonar hasta en 3 períodos: cada período se comprenderá por un cuatrimestre y el sistema adoptado deberá ser anunciado por el empleador dentro del primer trimestre de cada año.

