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Claves sobre el nuevo cepo al dólar para las compras con tarjeta y cómo pueden afectarte

Ayer la AFIP aprobó la Resolución General Nº 3.378 que establece una percepción (cobro) de una tasa de 15% sobre el monto total de los consumos en el exterior que realicen con tarjetas de crédito. Aquí te contamos en qué consiste la medida, por qué se toma y sus consecuencias.

En twitter: @Fede_Manrique

La AFIP movió las piezas de su tablero para tratar de restringir la única ventanilla hasta ahora libre para consumir en dólares: las compras con tarjeta de crédito en el exterior. Ya había restringido el uso de tarjetas de débito en el exterior, frenado las extracciones desde cajeros automáticos, elevado las tasas de interés y hasta impidiendo el pago anticipado o consumo prepago con tarjetas de crédito. Todo esto, en sintonía con los bancos emisores. Pero ayer se dio otro paso, seguramente un avance que tiene mucho que ver con tus futuras vacaciones.

Ayer la AFIP aprobó la Resolución General Nº 3.378 que establece una percepción (cobro) de una tasa del 15% sobre el monto total de los consumos en el exterior que realicen con tarjetas de crédito. Aquí te contamos en qué consiste la medida, por qué se toma y sus consecuencias.

1-¿En qué consiste la resolución 3.378 de la AFIP?

- A partir de octubre, cuando se liquiden los consumos de septiembre, la AFIP va a cobrar una tasa del 15% sobre el consumo con tarjeta de crédito que los argentinos hagan en el exterior. Esta nueva contribución se agregará de forma automática en tus consumos y figurará como un sobrecargo en el resumen de tu tarjeta. Esto implica que si gastas U$S100 en el exterior con tu tarjeta de crédito, en tu resumen vendrá el consumo en dólares pesificado al tipo de cambio oficial ($465), más un recargo del 15% ($69). Así entonces, terminarás pagando $534 por cada U$S100 consumidos con tarjeta.



2-¿Impuesto o adelanto?

Para suavizar la medida, la AFIP sostiene que este recargo del 15% no es un impuesto sino un pago adelantado que luego puede ser deducido del pago del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales. Esto implica que la AFIP te lo va a cobrar de forma automática desde el resumen de tu tarjeta, siempre que consumas en el exterior, y vos como contribuyente cuando pagues Ganancias o Bienes Personales vas a poder deducirlo. En la práctica, si pagaste ahora vas a pagar menos después.

La AFIP aclara que si una persona con sus consumos con tarjeta de crédito paga más de lo que debería aportar al fisco por sus ingresos (Ganancias) y bienes, se le hará una nota de crédito fiscal o bien se le reintegrará el dinero. Aunque no se aclararon los plazos. En este caso, los antecedentes de atrasos que tiene la AFIP con la devolución del IVA a los exportadores no es un dato alentador.


3-¿Y si soy monotributista o por mis ingresos no pago Ganancias?

 -En estos casos, igual van a sufrir y pagar en sus resúmenes la tasa extra del 15% de la AFIP sobre los consumos con tarjetas de crédito en el exterior. La diferencia, en este caso, es que la AFIP dice que reintegrará lo retenido.  La resolución 3.378 no establece plazos ni condiciones para estas devoluciones. Se dice que los contribuyentes deberán reclamar la devolución, pero no hay plazos. 

4-¿Por qué se hace esto desde la AFIP?

Por la misma razón que se aplica restricciones a la compra de dólares en el mercado interno. El cepo busca restringir la fuga de capitales. Se intenta que el Banco Central no pierda más reservas, ya que estas son usadas por el Gobierno para pagar vencimientos de deuda y financiar gasto público. Según la propia AFIP, esta medida afectará a unos 168.000 usuarios o titulares de tarjetas de crédito que, sólo en el último año y medio, efectuaron consumos en el exterior por unos $7.400 millones. Se estima que por mes se fugan unos U$S400 millones por el uso de tarjetas de crédito en el exterior.

5-¿Cuál es el alcance y las consecuencias?

El alcance es indiscriminado. No hay discriminación por países ni tipo de usuario o tarjeta de crédito. Afecta a todas las tarjetas de crédito emitidas en el país y habilitadas para hacer consumos en el exterior. Tampoco se establece plazo de duración. Arranca ahora y se extenderá hasta que la AFIP lo decida.

En la práctica esto generará un nuevo desdoblamiento cambiario. A partir de esta medida, surge el "dólar tarjeta de crédito", que es la cotización oficial mas la tasa del 15%. Así por cada U$S1 gastado en el exterior se convertirá y pagará a $5,33 en tu resumen de tarjeta, cuando hasta ahora se pagaba a $4,60. Esto es premeditado, ya que lo que busca el Gobierno es hacer más caros para el argentino promedio los consumos en el exterior para desalentar la salida de divisas. Si es más cargo gastar con tarjetas de crédito, más argentinos van a pensar dos veces antes de viajar o vacacionar fuera del país.