Quiénes tendrán un fin de semana largo por el feriado del 28 de septiembre
El Día del Empleado de Comercio se celebrará el lunes 28 de septiembre: alcanza al personal del CCT 130/75 y no obliga a cerrar los locales.
La celebración permitirá que una parte de los trabajadores mercantiles tenga un fin de semana de tres días.
El último fin de semana de septiembre tendrá un feriado para una parte del mercado laboral argentino. El lunes 28, los empleados de comercio alcanzados por el convenio mercantil celebrarán su jornada anual, trasladada desde el sábado 26, aunque la medida no rige para toda la población.
El cambio fue acordado el 7 de septiembre por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias que representan a la actividad. Participaron la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA). El acta trasladó por única vez la conmemoración de 2026 al lunes siguiente.
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Quiénes tendrán descanso el lunes 28 de septiembre
La medida alcanza a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. Allí se incluye a buena parte del personal de comercios minoristas y mayoristas, supermercados, shoppings y empresas de servicios encuadradas en la actividad mercantil. No se trata de un feriado nacional para todos los habitantes ni figura como tal en el calendario oficial argentino. Por lo tanto, bancos, organismos públicos, escuelas y actividades ajenas a ese convenio mantendrán su funcionamiento habitual, salvo que adopten una disposición propia.
La fecha original está establecida por la Ley 26.541, que fijó el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio. La norma dispone que el personal del sector no preste tareas durante esa jornada y le otorga los mismos efectos legales que a un feriado nacional. Como en 2026 el día cae sábado, las partes utilizaron su autonomía colectiva para trasladar la celebración y permitir un descanso de tres días a quienes no trabajan durante el fin de semana.
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Qué comercios podrán abrir durante la jornada
El acuerdo no establece un cierre obligatorio de supermercados, centros comerciales ni locales de cercanía. Los establecimientos podrán abrir si son atendidos por sus propietarios o si cuentan con empleados mercantiles que acepten trabajar. Por ese motivo, el funcionamiento dependerá de la decisión de cada empresa y de la disponibilidad de personal. Algunos negocios podrían cerrar, reducir sus horarios o trabajar con dotaciones más pequeñas, mientras que otros mantendrán su actividad habitual. La Cámara Argentina de Comercio confirmó que la apertura no queda impedida por la celebración.
El alcance tampoco depende de que el trabajador esté afiliado al sindicato. El punto central es su encuadramiento laboral dentro del CCT 130/75. Quienes pertenezcan a otros convenios colectivos, incluso si prestan servicios en una empresa vinculada con el comercio, deberán verificar qué régimen se aplica a su relación laboral. La celebración sectorial no concede automáticamente el día libre a todos los trabajadores de una compañía o establecimiento.
Cuánto cobrarán quienes trabajen ese día
Los empleados mercantiles que no presten servicios cobrarán su salario con normalidad. La ausencia no debe afectar el presentismo ni generar descuentos. Si trabajan, corresponde aplicar el tratamiento previsto para los feriados: deberán percibir la remuneración habitual más otra cantidad igual por esa jornada, lo que representa un recargo del 100%.
Además, el lunes 28 no puede utilizarse como franco compensatorio del descanso semanal. Esas condiciones quedaron incorporadas en la circular difundida por FAECYS.