CONDENA AL SACERDOTE ABUSADOR

Carolina Jacky: "El Arzobispado se ocupó del mal pastor y no de la oveja"

El sacerdote Alberto Sardá y el Arzobispado fueron condenados por una causa de abuso a una chica que, en aquel momento, tenía 15 años. Además, años después del abuso, el sacerdote comenzó a acosarla

Redacción MDZ
Redacción MDZ sábado, 2 de marzo de 2024 · 02:35 hs
Carolina Jacky: "El Arzobispado se ocupó del mal pastor y no de la oveja"
El fallo de la justicia obliga a los demandados a pagar más de 13 millones de pesos por daños y perjuicios Foto: ALF PONCE MERCADO / MDZ

La mujer hoy tiene 40 años y denunció, en 2020, haber sido abusada sexualmente por un cura cuando era menor. Luego de 15 años, el mismo sacerdote empezó a seguirla y allí comenzó el acoso. El fallo de la justicia obliga a los demandados a pagar más de 13 millones de pesos por daños y perjuicios, en contexto de Violencia de Género y abuso de poder. Carlos Lombardi y Carolina Jacky son los abogados que tomaron el caso en defensa de la mujer. Jacky dio detalles del caso en MDZ Radio 105.5 FM.

“Esta mujer ya no es la niña, sino una mujer de 40 años que llegó con tratamiento psicológico, psiquiátrico a partir de una historia que sucedió hace más de 20 años, pero que vuelve porque vuelve a aparecer en su vida el sacerdote” comenzó Jacky y detalló que el cura la ubicó en la calle y empezó a aparecer en repetidas oportunidades. “Esto es acoso. La sentencia habla de abuso y acoso”.

La abogada contó que presentaron la demanda civil donde “se reclama el daño, se ofrecen las pericias psicológicas, psiquiátricas, todo lo necesario para demostrar que ese daño que se produjo con el abuso sexual y con el acoso, todavía persiste en la víctima”. Agregó que “lo primero que hicimos, cuando nos llegó el caso, fue preguntarle a los profesionales que la trataban si estaba en condiciones de entrar en un proceso judicial y dijeron que no. Tuvimos que esperar casi un año para presentar la demanda. Después de 20 años, una víctima abuso sexual no está en condiciones de entrar en un proceso judicial”.

La defensa de los demandados, el sacerdote Alberto Daniel Sardá y el Arzobispado, tuvieron argumentos en común basados en el cuestionamiento a la víctima: ¿Por qué si le pasó eso no hizo la denuncia penal?.” “Como si la víctima tuviera la obligación de hacer la denuncia penal”, sentenció la abogada de la víctima. 

Además, relató la difícil situación que atravesó la mujer a sus 15 años: “Cuando fue decirle a su familia lo que acababa de pasarle con el párroco de la iglesia, con el cual iba a ser confirmada, la familia le dijo que el diablo le entró en el cuerpo y la llevaron al sacerdote para que le sacara el demonio de adentro. Así como me escuchás. Llevaron a esa niña abusada sexualmente frente a su abusador y se la entregaron de nuevo” y sentenció “paremos un poco”. Jacky añadió: “Esa niña, ahora mujer, no tuvo la oportunidad de tener la atención. Cuando pudo ir a hacer tratamientos psicológicos, psiquiátricos y armar su vida, aún cuando hizo la consulta jurídica no estaba en condiciones, de acuerdo a los profesionales de la salud, para iniciar un juicio y atravesar lo que significa un juicio”.

Una vez que la justicia receptó la demanda, dictó la prohibición de acercamiento y las medidas de protección hacia esta mujer. Según Carolina Jacky “los jueces y la Cámara Civil, que actuó en algunas apelaciones que hicieron las partes, actuaron perfectamente”. Sin embargo, “la defensa de esta gente planteaba el tema penal. Tuvimos ahí el problema de la prescripción”. Y agregó que “las cortes de algunas provincias han entendido que no corre la prescripción en estos casos, pero hay otras cortes que sí entienden que corre la prescripción. Nuestra corte tiene fallo dividido al respecto”. A pesar de esto, la abogada aseguró que “el derecho convencional dice que, aún existiendo prescripción, para dar una respuesta efectiva y eficiente a la víctima, se haga la investigación y se determine si el hecho se produjo, o no, aunque no haya sanción penal”.

Sin embargo, nunca se investigó nada. “De entrada plantearon la prescripción y la justicia penal dijo ‘está prescripto, no se investiga’. No se le da ninguna respuesta a la víctima. Y lo que la víctima necesita, a mi criterio, es que la verdad que ella está manifestando, se pruebe”. Por ejemplo “si una persona roba un banco, se lleva el dinero ¿prescribe el delito? Se quedó con la plata. No cumple la pena penal, pero ¿es ladrón o no es ladrón?”

Lombardi y Jacky, en su momento, pidieron la prohibición de traslado para el sacerdote porque aseguran que es una práctica habitual en estos casos. “Eso no corrió, pero sí la prohibición de acercamiento”. Y agregó que durante la primera etapa, la jueza que estaba a cargo del juzgado, “nos impuso una mordaza, un bozal legal. Ese bozal legal lo sacó la cámara después de que lo apelamos. Porque las convenciones internacionales que están en la Constitución Nacional, permiten que uno pueda adelantar sobre ese abusador o ese violador, lo que uno le está denunciando porque eso permite que otras personas abusadas o violadas, que se han quedado calladas, puedan decir: ‘a mí también me pasó’”.

Para finalizar, acudió a una parábola del catolicismo: “La jueza fue como la buena samaritana, y el Arzobispado como los fariseos. Como católica recuerdo muy bien la parábola del buen samaritano de Jesús. En este caso, el Arzobispado se ocupó del mal pastor, y no de la oveja”. Y cerró la entrevista expresando que “católica que soy me duele que el Arzobispado diga ‘está prescripto y no se pudo probar’. No se probó porque, estando prescripto, no se investigó”.

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