Corte de luz programado: el nuevo procedimiento que debe implementar Edenor y Edesur
Ambas distribuidoras tendrán que notificar interrupciones del servicio en el plazo establecido por el Gobierno. Cómo es el procedimiento y qué se debe informar.
El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó un procedimiento de difusión sistemática y personalizada que exige notificar interrupciones del servicio con al menos 48 de horas de antelación. A través de la Resolución 696/2023, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo lanzó el "Procedimiento de Difusión de Cortes Programados de Suministro Eléctrico," que las distribuidoras Edenor y Edesur deberán implementar sin excepción.
El instructivo exige que las empresas notifiquen –con al menos 48 horas de anticipación– todo corte de luz derivado de alguna obra de reparación, mantenimiento u optimización planificada por la compañía.
En la comunicación que deberán reenviar 24 horas antes del inicio de cada interrupción, estas distribuidoras tendrán que informar: fecha del corte y zonas afectadas, motivo (la actividad técnica que lo provocará) y tiempo estimado de duración, indicando horario de inicio y de reposición.
También, deberán incluir una serie de precauciones que el usuario afectado tendrá que tomar para preservar la integridad de sus instalaciones y artefactos eléctricos, de acuerdo con el texto oficial
Además, ambas distribuidoras deberán notificar los cortes programados a través de la aplicación corporativa para celular, o de las vías de comunicación declaradas por los usuarios.
También tendrán que publicar y actualizar sistemáticamente los datos de todos los cortes programados en sus sitios web, así como informarlos en medios de comunicación, gráficos, radiales, televisivos y en redes sociales.
En cuanto al procedimiento aprobado por el ENRE, deberán difundirlo en sus sitios web, mencionarlo en sus facturas y colocar al menos un afiche alusivo en la puerta principal y en otros espacios visibles de sus oficinas de atención al público, según estableció el ente regulador.
Ahora, las empresas tienen veinte días hábiles administrativos (a contar desde este jueves) para implementar el procedimiento.