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Cuántos días te corresponden de vacaciones según tu antigüedad

A pocas semanas de las vacaciones de invierno en las escuelas mucha gente se está preguntando cómo se pagan las vacaciones según la ley argentina y desde cuándo se comienza a tener este derecho.
Foto: Gentileza Hugo Muñoz
Foto: Gentileza Hugo Muñoz

Estamos cada vez más cerca de las vacaciones de invierno en los colegios, por lo que también estamos cerca de las dudas de los más grandes sobre cuántos días de vacaciones corresponden según el tiempo que se ha trabajado. Las vacaciones varían según cada lugar de trabajo, pero se rigen bajo una ley que estipula el tiempo de vacaciones.

Las vacaciones según la ley están vinculadas directamente con la antigüedad que se tenga en el trabajo.

La ley determina claramente que a partir de los seis meses comienzan las vacaciones, igualmente, antes de este período ya existen algunos días disponibles según las semanas que se lleve en el puesto.

Ya están por comenzar las vacaciones de invierno en las escuelas

Este es el caso de aquellos trabajadores que no lleguen a los seis meses en el puesto: 

  • Entre cuatro y siete semanas de trabajo: un día
  • Entre ocho y 11 semanas de trabajo: dos días
  • Entre 12 y 15 semanas de trabajo: tres días
  • Entre 16 y 19 semanas de trabajo: cuatro días
  • Más de 20 semanas de trabajo: cinco días

Al momento en el que se llega a los seis meses de trabajo, ya se alcanza las dos semanas. A partir de este momento, suben según corresponda con el paso de los años:

  • Más de seis meses y hasta cinco años de trabajo: 14 días
  • Más de cinco años y hasta diez años trabajo: 21 días
  • Más de diez años y hasta 20 años trabajo: 28 días
  • Más de 20 años de trabajo: 35 días
Los empleados podrán decidir tomarse sus vacaciones en diferentes momentos del año

Es importante destacar que la seguidilla de días deberá comenzar en la primera jornada de trabajo semanal del empleado. Esto quiere decir que, si uno trabaja de lunes a viernes, las vacaciones deberán empezar un lunes. Según la ley, el empleador deberá permitir que el trabajador pueda fraccionar sus vacaciones, por lo que podrá tomárselas en distintos momentos del año a su conveniencia. Se debe garantizar la posibilidad de que uno se pida al menos dos tercios del total que le corresponda.

Obviamente, estas vacaciones son, en todos los casos y sin excepciones, pagas, esto significa que no se debe dejar de percibir el salario por tener los días libres. Este dinero se debe abonar por adelantado antes de que el empleado se tome los días que le correspondan y tienen que estar discriminadas en el recibo de sueldo.