Abuso sexual

El perverso mecanismo de Aldana para abusar de sus víctimas

El tribunal que condenó al músico de rock a 22 años de prisión probó el modus operandi del líder de El Otro Yo para seleccionar a sus víctimas. 

miércoles, 11 de septiembre de 2019 · 00:58 hs

El tribunal oral que condenó al músico Cristian Aldana a la pena de 22 años de cárcel, aseguró que el músico utilizaba un mecanismo para abusar de sus seguidoras que consistía en una selección especial de sus víctimas basadas en su vulnerabilidad e inexperiencia sexual, entre otros artilugios. 

"La conducta de Humberto Cristian Aldana estaba orientada a la selección de especiales víctimas, elegidas a través del directo ejercicio de interrogatorio sobre la vinculación familiar, la existencia de abusos previos y la inexperiencia sexual propia de la corta edad de sus elegidas, aprovechando del contexto familiar de cada una que las posicionara en un particular estado de vulnerabilidad”, dice la sentencia firmada por los jueces Rodolfo Goerner, Rodolfo Bustos Lambert y Ana Dieta de Herrero.

Los magistrados también ponderaron que Aldana "era un hombre adulto, que destacaba como ídolo de las niñas sometidas, a las que les imponía una suerte de pacto de silencio bajo la cobertura de la incomprensión de los adultos de las prácticas a las que eran sometidas”.

El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 se basó para dictar veredicto en el testimonio de 83 testigos que comparecieron durante más de un año en un proceso muy trabado por las denuncias del músico y sus cambios permanente de abogados para su defensa.

Si bien la querella entendió que estaban probados seis casos de abuso sexual a menores, el líder de El Otro Yo fue condenado por cuatro, cuando las chicas tenían entre 13 y 18 años.

El tribunal entendió también que no existieron atenuantes para la conducta de Aldana y tuvieron en cuenta que las pericias médicas establecieron que, al momento de los hechos, “ sus facultades encuadraban en la normalidad”.

“En consecuencia, no se ha advertido ninguna circunstancia que pudiera llevar a dudar sobre su capacidad para comprender la criminalidad de sus actos y dirigir sus acciones conforme a dicha comprensión”, señalaron.