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El lado B de los que se bañan en los canales de riego

Son un riesgo que año tras año el Gobierno trata de evitar. Hubo incluso accidentes fatales. Pero quienes defienden la práctica, dicen que es la única opción que tienen para refrescarse, hablan de la situación económica y aseguran que la Policía no los molesta.

Ignacio de Villafañe sábado, 21 de diciembre de 2019 · 00:01 hs
El lado B de los que se bañan en los canales de riego
El balneario del Parque Durante los días de calor el canal que costea el carril Civit, en el Parque General San Martín, se llena de nadadores clandestinos. Foto: Pachy Reynoso

Lo llaman "el balneario del Parque". Otros agregan "la playa de los pobres". Se trata del canal que costea el carril Civit, en el Parque General San Martín, desde San Francisco de Asís hasta las inmediaciones del estadio Malvinas Argentinas. Cada verano, durante las jornadas de calor mendocino, la postal se repite. A lo largo de toda su extensión hay vecinos de la zona que evaden las advertencias y prohibiciones para zambullirse en las aguas de riego y nadar de punta a punta.

En los últimos dos años 20 personas murieron por bañarse en cauces de la provincia. El Departamento General de Irrigación no se cansa de dar a conocer el riesgo que implica hacer uso indebido de los canales pero así y todo el mensaje no logra llegar a todos los destinatarios.

El Código Contravencional también hace lo suyo. Hay sanciones estipuladas como multas, trabajo comunitario y hasta penas de arresto para aquellos que son encontrados nadando en lugares no permitidos. Sin embargo, hay lugares como "el balneario del Parque" donde sus "usuarios de larga data" -gente que lleva más de diez años visitando el lugar- aseguran que tales normas no solamente no se aplican sino que la policía siquiera los molesta.

Los chicos lucen sus habilidades con orgullo
Los chicos lucen sus habilidades con orgullo

La polémica cala hondo en la composición del tejido social mendocino. Por un lado están los riesgos evidentes que implica esta práctica arraigada en la cultura local. Por otro, el testimonio de los "propios nadadores de zanjón", tal como se ve en el video que acompaña esta nota, que dicen que es lo único que tienen para hacer frente a las altas temperaturas, que viven en casas sin piletas de ningún tipo y que la plata, "con la situación económica actual", no alcanza ni para pagar un balneario privado ni un pasaje de colectivo hasta espacios habilitados como Luján Playa, en Blanco Encalada.

Bañarse en el canal está prohibido
Bañarse en el canal está prohibido

Son los peligros comprobados -corrientes fuertes por debajo de la superficie, piedras de diversos tamaños, etc.- contra lo que otros podrían llamar "sentido común". "No pasa nada acá", dice un hombre de 26 años, "no se por qué lo prohiben, el agua me llega hasta la cintura y nos cuidamos entre todos", agrega.

Tardes en familia
Muchos ni siquiera nadan. Solo pasan la tarde en familia.

Al lado, una nena de 9 años escucha la conversación y se entera de que las obras que se están realizando sobre avenida San Francisco de Asís incluyen el entubado del canal y que cuando ello ocurra ya no se podrá bañar como lo hace actualmente. "¿Cómo que lo van a cerrar?", pregunta, "nosotros no podemos ir a una pileta", se queja a punto de quebrar en llanto.

Un verdadero evento social
Los cauces agrupan a multitudes.

Irrigación, por su parte, es tajante respecto a la necesidad erradicar estas prácticas. Su nueva campaña de este año subraya el mensaje con la frase "Verano sin muertos de calor" y muestra la imagen de un niño que extiende su mano bajo el agua mientras de fondo se escuchan los gritos desesperados de otra persona que pide por su rescate urgente. La realidad, sin embargo, es que así planteado el mensaje parece no llegar a todos los que hace falta.

Algunos saltos son más peligrosos que otros
Algunos saltos son más peligrosos que otros.

En lo que respecta al texto de la ley 9.099 que establece el nuevo Código Contravencional de Mendoza, en su artículo n° 124 establece que: “el que usare para bañarse cauces de agua, canales de riego, represas, diques derivadores, tomas y cualquier obra hidráulica de la Provincia, no autorizado para ello por la autoridad correspondiente, será sancionado con multa desde doscientas (200) U.F. hasta quinientas (500) U.F. o arresto desde dos (2) días hasta cinco (5) días, o trabajo comunitario de cinco (5) días”.

Además, agrega: “Si el que realizare la conducta descrita en el párrafo anterior fuese menor de edad, los padres, tutores o cuidadores de los mismos que hubieren omitido cumplir con el deber de vigilancia, serán sancionados con la misma sanción prevista para el tipo contravencional”.

Mirá el video y sacá tus propias conclusiones.

 

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