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Espías virtuales: Patricia Bullrich lanzó un protocolo para intervenir en las redes sociales

La nueva normativa que autorizó Patricia Bullrich estipula cómo es el proceso para crear identidades digitales ficticias para infiltrarse en sitios sospechados de cometer delitos.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, autorizó el nuevo protocolo para regular la intervención de agentes encubiertos en las plataformas digitales.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, autorizó el nuevo protocolo para regular la intervención de agentes encubiertos en las plataformas digitales.

NA

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, lanzó un protocolo para desplegar agentes encubiertos digitales en el marco de causas judiciales que investiguen delitos complejos, donde los sospechosos se valgan de los sitios web y las redes sociales para cometer sus crímenes.

Espías en las redes

"Hoy en día las organizaciones criminales, cada vez con mayor frecuencia, operan a través del ciberespacio, por lo que los agentes encubiertos y los agentes reveladores tienen que intervenir en el espacio digital en innumerables delitos (pornografía infantil, narcotráfico, terrorismo, etc.). Los agentes Encubiertos Digitales constituyen una herramienta poderosísima en la lucha contra el delito complejo”, manifestaron desde el Ministerio de Seguridad nacional a través de una comunicación oficial.

La medida fue publicada en el Boletín Oficial a través de la Resolución 828/2025 firmada por la ministra de Seguridad. En términos prácticos, el texto presenta un nuevo marco normativo para el desarrollo de las tareas de los "agentes encubiertos digitales" y "agentes reveladores digitales" de las fuerzas federales cuando su intervención es requerida por la Justicia.

Patricia Bullrich
Patricia Bullrich autorizó el nuevo protocolo para agentes encubiertos en las plataformas digitales.

Patricia Bullrich autorizó el nuevo protocolo para agentes encubiertos en las plataformas digitales.

Nuevo protocolo de Patricia Bullrich

Dicho protocolo apunta a regular los criterios para la designación de los agentes, y define las medidas de seguridad para quienes se infiltran en la esfera digital. Hasta el momento, la intervención de agentes encubiertos estaba reglamentada por la Ley N° 27.319 de Investigación, prevención y lucha de los delitos complejos. Sin embargo, esta no hacía mención a su rol en el mundo virtual.

"Desde la sanción de la Ley N° 27.319, se ha desarrollado en forma exponencial la utilización de sitios web y redes sociales para la comisión de diversos delitos, lo que impone la necesidad de actuar en tales escenarios", advierte la resolución, y agrega: "En razón de ello, resulta necesario incorporar protocolos específicos para las figuras de agente encubierto digital y agente revelador digital, de modo de adaptarse a las nuevas formas de criminalidad detectadas".

Entre los principales puntos de la normativa, se incluye la creación de un "Registro de avatares" cuyo fin es planificar la generación y uso de identidades ficticias para brindar apoyo en las investigaciones penales. Así, los perfiles que se creen para obtener información de los posibles delincuentes y organizaciones criminales quedarán bajo la supervisión del Ministerio de Seguridad.

Cómo funciona

De acuerdo a la nueva normativa, el procedimiento que debe seguir la activación de un agente inicia con el oficio judicial que ordena su intervención. Entonces, la Unidad Especial de Agentes Encubiertos requiere a la fuerza policial o de seguridad interviniente la propuesta de un agente que cumpla con los requisitos de idoneidad y capacitación, según estipula la Ley 27.319.

Luego, la Dirección Nacional de Normativa y Relaciones con los Poderes Judiciales y los Ministerios Públicos debe analizar la propuesta y decidir su aceptación o rechazo. En caso negativo, se pide otra postulación hasta designar un agente, que luego deberá elegir el avatar -los datos biográficos ficticios- que utilizará para cumplir su misión y debe elevar una nota de aceptación del cargo.

Esa información queda registrada por la Unidad Especial bajo un código de seguridad único que mantiene bajo custodia reservada. A su vez, se prevé que el Registro Nacional de las Personas (Renaper) pueda cargar los datos ficticios en las bases correspondientes, y emitir la documentación física o digital respaldatoria, en caso de que se necesite.

La protección de la identidad ficticia es obligatorio para todos los funcionarios públicos que intervienen en el proceso, y se advierte que filtrarlo puede acarrear sanciones y otras responsabilidades penales.

Finalmente, el protocolo establece que el uso de la identidad ficticia queda limitado exclusivamente a la misión judicialmente encomendada. Al finalizar su tarea, las autoridades deben suprimir la identidad ficticia de todas las bases de datos. Solo de manera excepcional, se permite que el agente continúe utilizando la identidad falsa si se justifica para su seguridad personal o una nueva investigación.

La lucha contra el ciberdelito

El nuevo protocolo es otro paso en la especialización de las fuerzas de seguridad en las plataformas digitales luego de que Patricia Bullrich creara en 2024 la Unidad de Inteligencia Artificial Aplicada a la Seguridad (UIAAS) y habilitara a las fuerzas federales a realizar ciberpatrullajes para prevenir delitos de amenazas y otras formas de intimidación o coacción; operaciones comerciales con origen en hechos ilícitos, comercialización de instrumentos públicos, entre otros crímenes.

Esa tarea, que luego se amplió a las estafas piramidales y a delitos de intermediación financiera no autorizada mediante la utilización de criptoactivos, fue incluido formalmente en la reforma del Estatuto de la Policía Federal (PFA), que autorizó estas acciones sin necesidad de orden judicial.

A través del Decreto 383/2025, la normativa estipuló que la fuerza cuenta con estas facultades siempre y cuando existan “circunstancias objetivas” que hagan presumir un delito o "ante la imposibilidad de esperar a que se tramite una orden judicial".

Así, una persona sospechada de un delito podrá ser "conducida a la dependencia policial que correspondiese, con noticia al juez con competencia de turno y demorada por el tiempo mínimo necesario para establecer su identidad, el que en ningún caso podrá exceder de 10 horas", según la nueva normativa, que incluye el derecho a que el detenido pueda comunicarse "en forma inmediata con un familiar o persona de su confianza".

La medida despertó polémica y críticas por parte de la oposición, que denunció una vulneración de las garantías de intimidad, libertad de expresión y protección de datos personales, algo que trasciende las prerrogativas del Poder Ejecutivo.