La Corte confirmó que le quitarán los celulares a los presos en las cárceles
En una votación dividida, los jueces del máximo tribunal ratificaron la prohibición del uso de teléfonos celulares para los presos de las cárceles mendocinas. La quita se realizará durante 6 meses.
La Suprema Corte de Justicia de Mendoza ratificó este lunes la prohibición del uso de teléfonos celulares para los presos de las cárceles mendocinas. En una votación dividida, tres jueces resolvieron que se sustraigan los dispositivos móviles a los reclusos, medida que se había implementado durante la pandemia de coronavirus. El retiro de los dispositivos se realizará de manera gradual en un plazo de 6 meses a partir de ahora.
La autorización para que los detenidos de las cárceles de Mendoza puedan utilizar dispositivos móviles se había implementado en 2020, el marco de la pandemia de covid-19, debido a que los reclusos no podían recibir visitas en los penales.
En enero de este año, el juez de Ejecución Penal, Sebastián Sarmiento, dictó una resolución rechazando una solicitud para extender este beneficio hasta el 31 de diciembre de 2025 y estableció que el retiro de los dispositivos debía ser realizado de manera gradual en un plazo no inferior a los seis meses. A su vez, condicionaba la sustracción a que los pabellones contaran con teléfonos públicos.
Sin embargo, esta medida había sido apelada por el Ministerio Público Fiscal, que solicitó que la quita de los celulares se realice de forma inmediata y que su sustracción no sea paulatina. Y también fue objetada por la Defensoría General de la Provincia que reclamaba por la continuidad de la autorización del uso de los teléfonos, argumentando que la medida había mejorado el comportamiento de los detenidos.
El caso terminó escalando hasta la Suprema Corte y los jueces Dalmiro Garay, Teresa Day y José Valerio fueron los encargados de resolver sobre el uso de celulares en las cárceles provinciales.
El tribunal por mayoría resolvió admitir el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal y en consecuencia dejar sin efecto el Punto IV apartado D de la resolución de fecha 10 de enero de 2024 del Juzgado Penal Colegiado N° 1. Garay y Day votaron en este sentido, mientras que Valerio votó en el mismo sentido que lo dispuesto por el juez Sarmiento.
Ese apartado determinaba que solo podía retirarse los equipos telefónicos celulares en los sectores de alojamiento donde se encuentre instalado y en condiciones operativas un sistema de Telefonía pública, debiendo garantizar al menos un equipo por cada pabellón, ala, o sector de cada establecimiento carcelario.
Por otra parte, los jueces rechazaron los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Público de la Defensa y por la Asociación Civil Verdad y Justicia.
Los detalles de la resolución de la Corte
El ministro Dalmiro Garay explicó que las partes involucradas habían cuestionado esencialmente el punto que condicionaba la posibilidad de retiro de los celulares a que el Servicio Penitenciario pusiera teléfonos públicos o semi-públicos en los pabellones o lugares que disponía el juez.
"Lo que hemos entendido, haciendo lugar a la apelación del Ministerio Público Fiscal, que esa condición, primero está fuera de la ley, porque ninguna ley exige eso dentro de los estándares de comunicación que tiene el servicio, y en segundo lugar hay informes dentro del mismo expediente que determinan que ese tipo de servicio de telefonía, que es ya bastante viejo, no se puede prestar en los complejos de Mendoza", manifestó el magistrado.
Resaltó que de esta menera queda vigente la obligación de retirar los celulares en un plazo de seis meses, desde ahora, o de que quede firme en el caso de que esto fuera apelado. A su vez, indicó que "hemos hecho mucho hincapié en la necesidad de restablecer el sistema de visitas presenciales a la modalidad pre-pandemia. Recordemos que la posibilidad de tener celulares en las cárceles se dio con la crisis del COVID, se habían suspendido las visitas presenciales. Entonces, el mismo juez en ese momento dispuso la posibilidad de hacerlo, aun cuando la ley lo prohíbe, porque tenemos que recordar que la ley prohíbe tener celulares en las cárceles. Esa decisión del juez estaba motivada en la imposibilidad de tener visitas".
Remarcó que al haberse restablecido la normalidad sanitaria debe retomarse el sistema de visitas de periodicidad semanal, y también establecer, por un mecanismo distinto como un celular o una computadora, el permiso a los internos tener alguna comunicación regulada por el Servicio Penitenciario, pero no con la posibilidad de tener personalmente cada uno un celular en las cárceles.
"En el plano de lo legal, lo que lo que estamos haciendo nosotros hoy es declarar que está vigente la norma que prohíbe celulares en las cárceles, con ciertas excepciones que las puso el doctor Sarmiento. Por ejemplo, la posibilidad de que las internas que tienen hijos tengan los celulares para poder comunicarse. En resumen, lo que se ha hecho hoy es declarar que está vigente esa prohibición y ratificar las decisiones del doctor Sarmiento en cuanto al plazo que le da y la necesidad de restablecimiento semanal de las visitas presenciales en todos los establecimientos carcelarios de la provincia", concluyó Garay.
Por otra parte, el subsecretario de Justicia de Mendoza, Marcelo D' Agostino, celebró al resolución de la Corte y destacó que a partir de ahora comienza a correr el plazo de 6 meses para el retiro de los celulares en las cárceles. A su vez, recordó que ya se venía restringiendo el ingreso de nuevos dispositivos a los complejos penitenciarios.